El conflicto en la aplicación de la norma tributaria, conocido comúnmente como fraude de ley tributario, es una figura intermedia entre la elusión fiscal legítima y el fraude fiscal más grave. Su apreciación exige, con frecuencia, un análisis técnico riguroso que solo un peritaje especializado puede aportar con solidez.
Qué es el conflicto en la aplicación de la norma tributaria
Regulado en el artículo 15 de la Ley General Tributaria, se produce cuando se utilizan formas jurídicas artificiosas o impropias para el resultado obtenido, sin motivo económico distinto del ahorro fiscal, aunque formalmente no exista ocultación de datos. La Administración puede recalificar la operación exigiendo la tributación que hubiera correspondido a los actos o negocios usuales o propios para ese resultado económico.
El papel del peritaje en la valoración del motivo económico
Determinar si una operación tuvo un motivo económico real, más allá del ahorro fiscal, exige a menudo un análisis técnico-financiero que un peritaje puede aportar: comparación con estructuras habituales del sector, análisis de la lógica de negocio subyacente, y cuantificación de las ventajas operativas reales (más allá de las fiscales) que la operación pudo generar.
Casos donde el peritaje resulta relevante
- Reestructuraciones societarias donde se cuestiona si el motivo económico alegado es real o meramente formal.
- Operaciones de financiación intragrupo con condiciones que se apartan de lo habitual en el mercado.
- Estructuras de holding constituidas justo antes de una venta ya negociada, sin actividad de gestión real posterior.
Cómo el peritaje puede reforzar (o debilitar) la defensa del contribuyente
Un análisis pericial que documente adecuadamente las ventajas operativas reales de una operación (no solo las fiscales) fortalece significativamente la defensa frente a una recalificación por conflicto en la aplicación de la norma. Por el contrario, si el análisis técnico no encuentra ninguna ventaja real más allá del ahorro fiscal, el propio peritaje puede confirmar los indicios que sustentan la posición de la Administración.
Diferencia con el peritaje en delito fiscal
A diferencia del peritaje en un procedimiento por delito fiscal, centrado en cuantificar una cuota defraudada mediante ocultación, el peritaje en fraude de ley se centra en analizar la sustancia económica real de una operación formalmente lícita mediante presentación completa de información a la Administración, sin ocultación de datos.
Preguntas frecuentes
¿El fraude de ley tributario es un delito?
No en sí mismo; es una figura administrativa que permite a Hacienda recalificar una operación, distinta del delito fiscal, aunque en determinados supuestos puede acompañarse de sanción según las reformas normativas vigentes.
¿Cómo puede un peritaje demostrar que sí existía motivo económico?
Mediante el análisis de la lógica de negocio, la comparación con operaciones habituales del sector, y la cuantificación de beneficios operativos reales derivados de la operación, más allá del componente fiscal.
Defenderse frente a una posible recalificación por conflicto en la aplicación de la norma exige un análisis técnico riguroso del motivo económico real. En ValiTax realizamos este tipo de peritaje, en coordinación con el equipo de defensa fiscal de LRB Tax & Legal.


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