Perito judicial tributario ante el TSJ y la Audiencia Nacional: cómo actúa en el contencioso fiscal

Documentación y expediente para valoración pericial tributaria

El recurso contencioso-administrativo fiscal: cuándo llega el turno del perito

El recurso contencioso-administrativo tributario es la vía judicial que se abre cuando el contribuyente ha agotado la vía económico-administrativa (TEAR/TEAC) sin obtener una resolución favorable. Se interpone ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la comunidad autónoma correspondiente (cuando la cuantía no supera 150.000 euros o cuando el asunto versa sobre normas autonómicas) o ante la Audiencia Nacional (cuando la cuantía supera 150.000 euros o cuando el asunto lo remite el TEAC). El recurso contencioso es la primera instancia judicial: requiere abogado y procurador, y se tramita conforme a la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La prueba pericial en el proceso contencioso tributario

En el proceso contencioso-administrativo, la prueba pericial sigue las reglas de la Ley de Enjuiciamiento Civil con algunas especialidades. El perito de parte debe aportar su informe con la demanda o, si no es posible por razones sobrevenidas, en la fase de prueba que el juez admita. El perito puede ser llamado a ratificar su informe en el acto de juicio oral, donde puede ser interrogado tanto por el abogado de la parte que lo contrató como por el abogado de la Administración demandada. La ratificación es una oportunidad para reforzar los argumentos del informe y para responder a las objeciones técnicas de la parte contraria, pero también un momento de riesgo si el perito no ha preparado adecuadamente las posibles preguntas.

Asuntos más frecuentes con prueba pericial ante el TSJ y la AN

Los tipos de asuntos que con mayor frecuencia requieren prueba pericial en el contencioso tributario son: valoración de empresas o inmuebles cuestionada por la AEAT en ISD, ITP o IP; precios de transferencia en operaciones intragrupo con ajuste de valoración; cuantificación de la cuota defraudada en procesos por delito fiscal (que pueden llegar a la AN a través de la Sala Penal); deducción por I+D+i y calificación de las actividades como investigación o innovación; y estimación indirecta de bases imponibles con metodología cuestionada. En todos estos casos, el juez necesita un experto que le ayude a valorar cuestiones que van más allá del conocimiento jurídico.

Cómo se designa el perito en el contencioso y quién paga los honorarios

El perito de parte es designado y pagado por el contribuyente demandante. El abogado del contribuyente coordina con el perito la elaboración del informe, asegurando que las conclusiones respondan a las alegaciones jurídicas de la demanda y que la metodología sea suficientemente sólida para resistir el contrainterrogatorio. Si el juez admite prueba pericial a instancia de la propia Sala (perito judicial designado de oficio), los honorarios se distribuyen entre las partes según las reglas procesales. En LRB Tax & Legal coordinamos la defensa jurídica con el informe pericial en todos los recursos contencioso-administrativos de materia fiscal. Los peritos judiciales tributarios de ValiTax, acreditados por ASPEJURE y el Ministerio de Justicia, actuamos ante el TSJ y la Audiencia Nacional. Contacto: info@valitax.es / +34 684 234 831.

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