Peritaje en el valor de referencia catastral: cómo impugnarlo con informe pericial en el ITP e ISD

El valor de referencia catastral como base mínima desde 2022

Desde la Ley 11/2021, el valor de referencia catastral actúa como valor mínimo a efectos del ITP e ISD en toda España. Cuando el precio declarado en la escritura de compraventa o el valor asignado en la escritura de herencia o donación es inferior al valor de referencia catastral, la administración autonómica practica automáticamente una liquidación complementaria sobre el valor de referencia sin necesidad de abrir un procedimiento de comprobación de valores. A diferencia del anterior régimen, la carga de la prueba está invertida: es el contribuyente quien debe demostrar que el valor de referencia catastral es superior al valor real del inmueble, no la administración quien debe demostrar que el valor declarado es inferior al de mercado.

Cuándo el valor de referencia catastral es impugnable

El valor de referencia catastral puede ser impugnable cuando: el inmueble tiene características físicas que reducen su valor respecto al de los inmuebles comparables utilizados por el Catastro (estado de conservación deteriorado, distribución funcional inadecuada, cargas urbanísticas, servidumbres), cuando el inmueble se encuentra en una zona donde los precios de mercado han caído desde la última revisión catastral, o cuando el Catastro ha cometido errores en la descripción del inmueble (superficie, uso, antigüedad). El informe pericial de valoración inmobiliaria demuestra cuál es el valor real de mercado del inmueble en la fecha de la transmisión, acreditando que es inferior al valor de referencia catastral aplicado.

Procedimiento de impugnación y papel del perito

La impugnación del valor de referencia catastral puede realizarse directamente ante el Catastro (recurso de reposición o reclamación económico-administrativa ante el TEAR especializado) o indirectamente recurriendo la liquidación del ITP o ISD que lo toma como base. El informe pericial del perito inmobiliario-tributario es la prueba esencial en ambas vías. En LRB Tax & Legal gestionamos la impugnación del valor de referencia catastral en el ITP e ISD con el apoyo del informe pericial de ValiTax. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

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