Categoría: Peritaje Tributario

Artículos sobre peritaje judicial tributario y peritos fiscales acreditados

  • Peritaje en el sector hotelero: RIB, operaciones vinculadas y valoración de empresas hoteleras familiares

    Peritaje en el sector hotelero: RIB, operaciones vinculadas y valoración de empresas hoteleras familiares

    El peritaje en el sector hotelero y turístico

    El sector hotelero y turístico en España —especialmente en las Islas Baleares, Canarias, la Costa del Sol y la Costa Blanca— presenta complejidades fiscales específicas que hacen frecuente la intervención pericial. Las empresas hoteleras suelen tener estructuras con separación entre la sociedad propietaria del inmueble y la sociedad explotadora del negocio hotelero, y las operaciones entre ambas (arrendamiento del inmueble, contratos de gestión) son operaciones vinculadas sujetas al principio de plena competencia. Adicionalmente, el Régimen Fiscal Especial de las Islas Baleares (RFEIB) y la Reserva para Inversiones en Baleares (RIB) generan complejidades específicas que la AEAT inspecciona con detalle.

    La valoración del inmueble hotelero para operaciones vinculadas

    Determinar el precio de mercado del arrendamiento de un inmueble hotelero es uno de los peritajes más complejos del sector. El método principal es la capitalización de rentas: el perito determina el RevPAR (Revenue Per Available Room) de mercado para establecimientos comparables en la misma ubicación y categoría, calcula el EBITDA sostenible del hotel y aplica el porcentaje de renta sobre ingresos que un inversor independiente aceptaría para una propiedad de esas características. Este análisis requiere conocimiento profundo del sector hotelero y acceso a bases de datos de transacciones hoteleras comparables.

    La RIB (Reserva para Inversiones en Baleares) y el informe pericial

    La RIB permite a las empresas en Baleares deducir en el IS hasta el 90% de los beneficios no distribuidos destinados a inversión en activos nuevos en las islas. La AEAT inspecciona con detalle que los activos en los que se materializa la RIB cumplen los requisitos: activos nuevos (no de segunda mano), afectos exclusivamente a la actividad económica de la empresa en Baleares, y puestos en funcionamiento en el plazo de tres años. El informe pericial acredita que cada activo en que se materializa la RIB cumple técnicamente estos requisitos y que su valoración es la correcta.

    Valoración de establecimientos hoteleros en el ISD

    La transmisión mortis causa de un negocio hotelero familiar activa el ISD sobre el valor de las participaciones de la sociedad explotadora y de la sociedad propietaria del inmueble. El informe pericial valora ambas sociedades aplicando la metodología más apropiada (DCF para la explotadora, valor de activos ajustados para la propietaria del inmueble), considerando la interacción entre ambas y acreditando el cumplimiento de los requisitos de empresa familiar para la reducción del 95%. En ValiTax elaboramos informes periciales para el sector hotelero y turístico coordinados con LRB Tax & Legal, con delegación en Parc Bit (Palma de Mallorca) y especialistas en el RFEIB. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Comprobación de valores licencia taxi Valencia: cómo recurrir

    Comprobación de valores licencia taxi Valencia: cómo recurrir

    La comprobación de valores licencia taxi Valencia es el procedimiento por el que la hacienda autonómica discute el valor declarado al transmitir o heredar una licencia y practica una liquidación complementaria. Puede recurrirse con un informe pericial y, dentro del plazo del primer recurso, solicitando la tasación pericial contradictoria del artículo 135 de la Ley General Tributaria.

    Cuándo se produce una comprobación de valores sobre una licencia de taxi

    La Administración comprueba el valor cuando la licencia se transmite onerosamente, se hereda, se dona o se aporta a una sociedad. Las licencias del área de prestación conjunta de València se rigen por la Ley 13/2017, de 8 de noviembre, del Taxi de la Comunitat Valenciana, que fija las condiciones de la transmisión.

    En una compraventa entre particulares, el impuesto relevante suele ser el ITP-AJD. En una herencia o donación, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En ambos casos, la base imponible es el valor real del bien. En el texto refundido del ITPAJD, ese principio se combina con la facultad de comprobar el valor declarado.

    Hay un detalle importante. El valor de referencia catastral solo opera sobre bienes inmuebles. Una licencia es un derecho intangible, de modo que la Administración debe acudir a otros medios y justificar por qué su resultado es el valor real.

    Medios de comprobación que puede emplear Hacienda

    El artículo 57 de la Ley 58/2003, General Tributaria, enumera los medios. En una licencia de taxi tienen sentido los siguientes:

    • Capitalización de rendimientos. Se capitaliza el resultado atribuible a la licencia con un porcentaje que fija la norma de cada tributo.
    • Precios medios de mercado. Se apoya en tablas o estudios de operaciones, que deben referirse a bienes comparables.
    • Dictamen de peritos de la Administración. Es el medio más motivado, aunque no es infalible.
    • Valor comprobado en otras transmisiones. Compara con operaciones similares ya revisadas.

    La clave defensiva está en la motivación. Si la propuesta de valor se limita a una cifra sin explicar el método, el contribuyente puede impugnarla por insuficiencia, además de contradecir su fondo.

    Procedimiento y plazos paso a paso

    El cauce se resume en cinco pasos. Conviene tener un perito desde el primero, porque los plazos corren desde la notificación.

    1. Notificación de la propuesta o de la liquidación. Debe incluir el valor, el medio empleado y su motivación.
    2. Revisión técnica. El perito compara el método administrativo con las características reales de la licencia.
    3. Recurso o reclamación. Se interpone recurso de reposición o reclamación económico-administrativa dentro del plazo legal, que suele ser de un mes.
    4. Solicitud de tasación pericial contradictoria. Debe presentarse dentro del plazo del primer recurso o reclamación y suspende la ejecución de la liquidación y los plazos de recurso.
    5. Tercer perito, si procede. Se designa por sorteo cuando la diferencia entre las tasaciones supera los umbrales legales.

    Cuando la notificación no explica los datos y motivos de la valoración, el artículo 135 permite reservar el derecho a la tasación y denunciar esa omisión en el recurso. Esta opción es importante, porque evita perder la vía por falta de información.

    Cómo funciona la tasación pericial contradictoria

    El contribuyente designa a su propio perito y este emite una tasación. Si la Administración no basó su valor en un dictamen de sus peritos, debe aportarlo. Después se comparan ambas cifras.

    Según el artículo 135, si la diferencia es igual o inferior a 120.000 euros y al 10 % de la tasación del obligado, esta sirve de base para la liquidación. Si es superior, interviene un perito tercero, elegido por sorteo entre los propuestos por los colegios profesionales. La valoración de este tercero se mueve dentro de los límites del valor declarado y del valor comprobado.

    La tasación pericial contradictoria es una opción, no una obligación. El Tribunal Supremo, en su sentencia 942/2018, de 5 de junio (recurso 1881/2017), recordó que es potestativa y que el contribuyente puede acudir a cualquier medio de prueba admitido en Derecho. Puede profundizar en el peritaje en la tasación pericial contradictoria y en la guía para impugnar la valoración de Hacienda.

    Caso práctico ilustrativo en Valencia

    Un taxista valenciano vende su licencia y declara 90.000 euros. La hacienda autonómica propone 140.000 euros mediante un dictamen genérico. Con cifras ilustrativas, el perito del contribuyente valora la licencia en 100.000 euros, tras restar la retribución de mercado del conductor y analizar las operaciones comparables.

    La diferencia entre ambas valoraciones es de 40.000 euros. Es inferior a 120.000 euros, pero supera el 10 % de la tasación del contribuyente, que serían 10.000 euros. Como no se cumplen las dos condiciones, procedería el tercer perito. El resultado final quedaría entre 100.000 y 140.000 euros, pero lo previsible es una cifra inferior a la propuesta administrativa inicial.

    Sin informe pericial, el contribuyente solo podría discutir la motivación. Con él, puede además discutir el fondo y obtener una base más baja.

    Riesgos y errores frecuentes

    • Dejar pasar el plazo del primer recurso y perder la tasación pericial contradictoria.
    • Presentar un informe sin métodos ni hipótesis, que la Administración desacredita con facilidad.
    • Declarar un precio muy bajo sin soporte, lo que invita a la comprobación.
    • Olvidar los efectos en otros impuestos, como la ganancia patrimonial del transmitente.
    • Ignorar el régimen sancionador: el artículo 135 prevé la anulación de la sanción cuando se dicta una nueva liquidación.

    Criterios y jurisprudencia aplicables

    La doctrina del Tribunal Supremo en la sentencia 942/2018, de 5 de junio (recurso 1881/2017), sobre el ITP, establece que la comprobación debe ser singularizada y motivada, y que la mera discrepancia con coeficientes no basta para iniciarla. También rechaza que la carga de la prueba se invierta contra el contribuyente. Se refiere a inmuebles, pero su argumento se invoca con frecuencia contra métodos genéricos.

    Para una licencia, la defensa se refuerza explicando por qué el método administrativo no capta los factores específicos: el cupo de licencias, la competencia de los VTC y la rentabilidad real. Puede completar la lectura con el artículo sobre el peritaje en la comprobación de valores del ITP.

    Conclusión

    Ante una comprobación de valores sobre una licencia de taxi en Valencia, lo decisivo es actuar dentro del plazo y contar con una valoración técnica. El informe pericial permite discutir la motivación y el fondo, y abre la puerta a la tasación pericial contradictoria. Si ya ha recibido una propuesta de liquidación, conviene revisar cuanto antes la vía de recursos tributarios más adecuada.

    Autor: Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal.

    Nota: este contenido es meramente informativo y no constituye asesoramiento personalizado. Los plazos y requisitos deben comprobarse en cada caso concreto.

    ¿Puede Hacienda comprobar el valor de una licencia de taxi?

    Sí. La Administración puede comprobar el valor declarado con alguno de los medios del artículo 57 de la Ley General Tributaria y liquidar la diferencia. Debe motivar el método empleado y explicar por qué el resultado representa el valor real de la licencia.

    ¿Qué plazo tengo para pedir la tasación pericial contradictoria?

    Debe solicitarla dentro del plazo del primer recurso o reclamación contra la liquidación, que normalmente es de un mes desde la notificación. Presentarla suspende la ejecución de la liquidación y los plazos de recurso, por lo que conviene actuar de inmediato.

    ¿Cuándo interviene un tercer perito?

    Interviene cuando la diferencia entre la tasación del contribuyente y la valoración de la Administración supera 120.000 euros o el 10 % de la tasación del obligado. Se designa por sorteo entre los profesionales propuestos por los colegios, y su valoración sirve de base.

    ¿Es obligatorio pedir la tasación pericial contradictoria?

    No. Es una vía potestativa. Puede impugnar la liquidación con cualquier medio de prueba admitido en Derecho, incluido un informe pericial de parte. Elegir una u otra vía depende de la diferencia de valores, del coste y del riesgo de resultado.

    ¿Qué documentos necesita el perito en una comprobación de licencia de taxi?

    Necesita la notificación de la liquidación, el título de la licencia, la escritura o contrato de transmisión, la documentación del vehículo y las declaraciones de los últimos ejercicios. Con ellos, puede reconstruir la rentabilidad de la licencia y contrastar el método administrativo.

  • Reconstrucción pericial de ventas en hostelería y comercio

    Reconstrucción pericial de ventas en hostelería y comercio

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    La reconstrucción pericial de ventas es el análisis técnico que reconstruye los ingresos reales de un negocio de hostelería, comercio minorista o reformas a partir de compras, consumos y cobros. Sirve para contestar una estimación indirecta de la AEAT, demostrando con datos verificables que las ventas declaradas son razonables.

    Por qué la AEAT revisa hostelería, comercio y reformas

    Son sectores con muchas operaciones pequeñas, cobros mixtos y clientes que no siempre piden factura. Esa combinación facilita las ventas no registradas, y por eso la Administración los sigue con atención. El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026, aprobado por la Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de la AEAT, mantiene la lucha contra la economía sumergida y la facturación irregular entre sus líneas de trabajo.

    Las visitas a establecimientos ponen el acento en el control de los terminales de punto de venta (TPV) y en la no admisión de pagos con tarjeta. Cuando los datos de cobros no encajan con las ventas declaradas, aparece la sospecha. La reconstrucción pericial de ventas ofrece entonces una explicación alternativa fundada en evidencias.

    Indicios que activan una comprobación

    La Inspección suele partir de señales objetivas. Las más frecuentes son estas:

    • Pérdidas continuadas: un negocio que declara pérdidas año tras año y, sin embargo, sigue abierto, paga alquiler y sueldos, y mantiene su nivel de vida.
    • Efectivo incompatible con la actividad: ingresos en caja muy bajos en un local cuyo aforo, horario o consumo de suministros apuntan a más volumen.
    • Cobros por TPV superiores a las ventas declaradas: el terminal registra más de lo que consta en la contabilidad.
    • Compras desproporcionadas: adquisiciones de mercancía, bebida o material que no se corresponden con las ventas registradas.
    • Márgenes brutos inferiores a los habituales: sin una causa documentada, como mermas, promociones o cambios de proveedor.

    Qué es la estimación indirecta y cuándo procede

    El artículo 53 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, permite determinar las bases imponibles de forma indirecta cuando la Administración no puede conocerlas con datos ciertos. Los supuestos son cuatro: falta de declaraciones o declaraciones incompletas o inexactas, resistencia u obstrucción a la inspección, incumplimiento sustancial de las obligaciones contables o registrales y desaparición o destrucción de libros y justificantes.

    La norma enumera los medios que puede utilizar la Administración: los datos y antecedentes disponibles, los indicios de patrimonio, ingresos y rendimientos normales del sector, y la valoración de magnitudes, índices o módulos a partir de casos similares. La estimación es subsidiaria: solo cabe cuando no existen datos suficientes, y exige una motivación específica de por qué se acude a ella y de cómo se ha calculado.

    Qué aporta la reconstrucción pericial de ventas

    El perito no discute en abstracto. Reconstruye el negocio con sus propios datos y compara el resultado con la cifra que propone la Administración. El trabajo suele incluir cuatro análisis:

    1. Compras y escandallos: transforma las compras en ventas potenciales según el coste de cada producto, descontando mermas y consumos propios.
    2. Cobros: concilia caja, TPV, transferencias y plataformas de reparto con la contabilidad.
    3. Capacidad y estacionalidad: comprueba si el aforo, el horario y la temporada permiten las ventas que se atribuyen.
    4. Costes de estructura: verifica que personal, alquiler y suministros guardan relación con los ingresos declarados.

    Ejemplo ilustrativo en hostelería

    Las cifras son ejemplos. Un bar declara 190.000 euros de ventas y 80.000 euros de compras. La Inspección aplica un margen bruto del 75 % y estima unas ventas de 320.000 euros. El perito demuestra, con escandallos y albaranes, que el negocio trabaja con un margen cercano al 58 %, por mermas y consumiciones de personal.

    ConceptoEstimación de la InspecciónReconstrucción pericial
    Compras (euros)80.00080.000
    Margen bruto aplicado75 %58 %
    Ventas resultantes (euros)320.000 (80.000 / 0,25)190.476 (80.000 / 0,42)
    Diferencia con lo declarado (euros)130.000476

    La diferencia entre ambos escenarios no está en las compras, que coinciden, sino en el margen que se acepta. De ahí la importancia de documentar el coste real de cada producto.

    Reformas y comercio minorista

    En las reformas, la reconstrucción parte de los materiales adquiridos, las horas de trabajo, las subcontratas y las certificaciones de obra. En el comercio minorista se apoya en inventarios, rotación de existencias y márgenes por familia de producto. En ambos casos, el cruce con los pagos bancarios y los proveedores permite acotar un rango razonable de ingresos.

    Hostelería y comercio en Madrid, Barcelona, Valencia, Palma y Canarias

    La actividad varía con el territorio. En Palma de Mallorca y en otras zonas turísticas de Illes Balears, la estacionalidad condiciona las ventas y el personal. En Madrid o Barcelona pesan el alquiler del local y la rotación diaria. En Canarias, las operaciones tributan por el IGIC y no por el IVA, lo que cambia la forma de reconstruir las cuotas.

    Si la AEAT regulariza, el contribuyente puede acudir al TEAR de su territorio y, después, al Tribunal Superior de Justicia correspondiente. En País Vasco y Navarra, el régimen foral aplica sus propias normas y órganos de revisión. El perito adapta el informe al foro competente sin alterar su método.

    Valor del informe pericial ante la Administración y los tribunales

    La Ley General Tributaria atribuye la carga de la prueba a quien hace valer su derecho y remite, en materia de medios y valoración, al Código Civil y a la Ley de Enjuiciamiento Civil. El dictamen pericial es un medio de prueba reconocido, que se valora con sana crítica. Su fuerza depende de que se apoye en documentos, explique el método y responda a los argumentos del acta.

    La Administración es una parte más del procedimiento, y su estimación es una opinión técnica. Un informe fundado merece la misma consideración que ella ante el TEAR, el TEAC o el juez. Para entender qué diferencia al perito de parte del designado por el juzgado, puede consultar el artículo sobre el perito de parte frente al perito del juzgado.

    Riesgos y sanciones del negocio con ventas no justificadas

    • Cuota e intereses: la regularización puede alcanzar al IVA, al IRPF o al Impuesto sobre Sociedades de varios ejercicios.
    • Sanciones: las infracciones por dejar de ingresar parten del 50 % de la cuota (artículo 191 de la Ley General Tributaria) y aumentan si se aprecia ocultación.
    • Pagos en efectivo: el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, limita a 1.000 euros los pagos en efectivo en operaciones en las que interviene un empresario o profesional, con una sanción del 25 % de la cantidad pagada, según la información de la AEAT sobre pagos en efectivo.
    • Vía penal: si la cuota defraudada por impuesto y ejercicio supera 120.000 euros, puede existir delito contra la Hacienda Pública.

    El calendario de los sistemas de facturación verificables también importa. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, aplazó la obligación del Real Decreto 1007/2023 hasta el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y hasta el 1 de julio de 2027 para el resto. Conviene preparar los registros con tiempo.

    Cómo plantear el encargo

    El mejor momento es el requerimiento inicial o la apertura de las actuaciones, cuando todavía se puede aportar documentación. El perito necesita contabilidad, libros de IVA, albaranes, extractos de TPV y bancarios, nóminas y contratos de suministro. ValiTax elabora informes periciales para negocios de toda España, con peritos judiciales que ratifican su dictamen si el procedimiento lo exige.

    Si busca el enfoque de defensa jurídica, puede consultar el artículo de LRB sobre devoluciones de IVA elevadas con pérdidas recurrentes. También le resultará útil el artículo de ValiTax sobre peritaje en la estimación indirecta de bases imponibles.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuándo puede la AEAT aplicar la estimación indirecta?

    Cuando no puede conocer las bases con datos ciertos por alguna de las causas del artículo 53 de la Ley General Tributaria: falta de declaraciones o declaraciones inexactas, obstrucción a la inspección, incumplimiento contable sustancial o pérdida de la documentación.

    ¿Por qué importan los datos del TPV en una inspección?

    Porque son un registro objetivo de los cobros con tarjeta. Si el total cobrado supera las ventas declaradas, la Administración presume ingresos no registrados. El perito concilia el TPV con la caja y la contabilidad para explicar cada diferencia.

    ¿Pueden regularizarme por tener pérdidas varios años seguidos?

    Las pérdidas no son ilegales, pero justifican una comprobación si el negocio sigue funcionando sin explicación. Se defiende con datos: costes, ventas, estacionalidad e inversiones. Un informe pericial muestra por qué los resultados son coherentes con la actividad real.

    ¿Qué documentos necesita el perito para reconstruir las ventas?

    Contabilidad, libros de IVA, facturas y albaranes de compra, extractos bancarios y de TPV, nóminas, contratos de alquiler y suministros. Cuanto más completo sea el expediente, menos margen deja a la estimación de la Administración.

    ¿ValiTax trabaja con negocios de cualquier ciudad?

    Sí. ValiTax elabora informes periciales para negocios de toda España, desde Madrid, Barcelona o Valencia hasta Palma de Mallorca o Canarias. El perito ratifica el dictamen ante el órgano competente cuando el procedimiento lo requiere.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Peritaje fiscal hotelero: IVA, reformas e impuesto turístico

    Peritaje fiscal hotelero: IVA, reformas e impuesto turístico

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El peritaje fiscal hotelero permite acreditar ante la Administración cómo tributan los ingresos, las reformas y los impuestos turísticos de un establecimiento. Se apoya en documentos, contratos y cálculos verificables, no en meras alegaciones, y resulta útil cuando la AEAT cuestiona la calificación de una operación.

    Un hotel combina ingresos de varias fuentes: clientes directos, touroperadores, agencias y plataformas de reserva. Cada canal tiene un tratamiento distinto en el IVA, en las retenciones y en el momento del devengo. Además, las obras de reforma plantean la duda clásica entre gasto y activo. Un informe pericial bien fundado ordena todo ello como prueba reconocida, que merece la misma consideración que cualquier otra aportada al procedimiento.

    La Administración es una parte más en el procedimiento. Su criterio no goza de una presunción de acierto que desplace a la prueba del contribuyente. Cuando el contribuyente documenta su posición con rigor técnico, el órgano que resuelve debe valorarla de forma motivada y en igualdad de condiciones.

    Por qué el sector turístico concentra las contingencias

    El sector turístico reúne operaciones de alto volumen, facturación a través de intermediarios y fuertes estacionalidades. Esa combinación genera diferencias entre lo facturado, lo cobrado y lo declarado. Los cruces de información entre plataformas, entidades de pago y Administración hacen que esas diferencias afloren con facilidad.

    Los puntos más sensibles suelen ser cuatro. El primero es el IVA repercutido en la contratación con touroperadores. El segundo es el tratamiento de las comisiones de las plataformas de reserva. El tercero es la activación de las obras de reforma. El cuarto es el impuesto turístico autonómico, donde el hotelero actúa como obligado en nombre del cliente.

    IVA y retenciones en la contratación con touroperadores

    El hotelero que cede plazas a un touroperador suele pactar un cupo de habitaciones o un precio neto. Lo primero es identificar quién presta el servicio de hospedaje al cliente final y quién actúa como intermediario. De esa calificación depende la factura, el IVA repercutido y la deducibilidad de las cuotas soportadas.

    Las agencias de viajes que actúan en nombre propio aplican un régimen especial, regulado en los artículos 141 a 147 de la Ley del IVA. Para verlo desde la óptica de la agencia, puede leer el análisis del régimen de IVA de agencias de viajes de LRB Tax & Legal.

    En cuanto a las retenciones, los pagos del touroperador al hotel por servicios de hospedaje no suelen estar sometidos a retención. Distinto es el caso de los arrendamientos de inmuebles entre sociedades vinculadas, donde la explotadora paga una renta a la propietaria. Ahí debe revisarse si procede retención y si la renta responde a condiciones de mercado.

    Qué revisa el perito en esta operativa

    • Contratos con touroperadores: cupos, precios netos, comisiones y condiciones de cancelación.
    • Facturación: sujeto que factura, base imponible, tipo aplicado y fecha de devengo.
    • Deducibilidad de las cuotas soportadas vinculadas a cada ingreso.
    • Rentas pagadas entre sociedades vinculadas y su valor de mercado.

    Ingresos de plataformas de reserva en línea

    Las plataformas de reserva cobran una comisión al establecimiento y, en muchos casos, liquidan el importe neto. El hotelero debe reconocer el ingreso íntegro y registrar la comisión como gasto. Contabilizar solo el neto distorsiona la cifra de negocios y complica el cruce con la información que recibe la Administración.

    Si la plataforma está establecida en otro Estado, el servicio de intermediación se localiza en el lugar donde está establecido el destinatario empresario. Para el hotel español, esto suele implicar una inversión del sujeto pasivo y su declaración en los modelos que correspondan. Conviene comprobar cada factura, porque los errores en este punto son frecuentes. El mismo cruce de datos afecta al informe pericial de alquiler turístico.

    También debe fijarse el momento del devengo. El ingreso se imputa cuando se presta el servicio, no cuando la plataforma abona el importe. Las reservas con estancia en un ejercicio y cobro en otro exigen una periodificación coherente. El informe pericial puede reconstruirla con los extractos y los registros de ocupación.

    Activación y amortización de reformas hoteleras

    Las reformas son una fuente habitual de discusión. La regla general distingue entre reparación y conservación, que se deducen como gasto del ejercicio, y ampliación o mejora, que se activan y se amortizan. La diferencia está en si la obra aumenta la capacidad, la productividad o la vida útil del elemento.

    En un hotel, una renovación integral de habitaciones puede combinar ambos conceptos. Sustituir mobiliario deteriorado se acerca a la reposición. Reconfigurar habitaciones para ganar categoría o aumentar plazas se acerca a la mejora. Separar cada partida exige facturas detalladas, memorias técnicas y un criterio contable homogéneo.

    La amortización se calcula con las tablas oficiales del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aplicadas al valor activado. Cuando la AEAT recalifica una obra como activo, regulariza el exceso de gasto deducido. El perito reconstruye el expediente y expone la naturaleza de cada partida, con soporte documental.

    Partida (ejemplo ilustrativo)Tratamiento a analizarPrueba habitual
    Pintura y reposición de mobiliarioGasto del ejercicio por conservaciónFacturas y fotografías previas
    Reconfiguración de habitacionesMejora que se activa y se amortizaProyecto técnico y licencia
    Instalación de climatización nuevaActivo con su propio plan de amortizaciónFacturas y ficha de instalación

    Cuadro meramente ilustrativo; la calificación de cada obra depende de sus circunstancias concretas.

    Peritaje fiscal hotelero en Baleares, Canarias y Cataluña

    El impuesto turístico varía según el territorio, por lo que el hotelero debe identificar la norma aplicable en cada establecimiento. En las Illes Balears rige la Ley 2/2016, de 30 de marzo. El contribuyente es la persona que se aloja, y el sustituto es el titular de la empresa que explota el establecimiento.

    En Baleares, el sustituto exige el impuesto al cliente y presenta las autoliquidaciones, con los modelos 700, 790 y 702 según el método. La Agencia Tributaria de las Illes Balears publica un manual informativo con los plazos y las obligaciones formales.

    En Cataluña, el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos figura en el capítulo VI de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Sus artículos 29 y 30 regulan al contribuyente y al sustituto. Un hotel de Barcelona o de la Costa Brava debe aplicar esa regulación y sus desarrollos.

    Canarias, por el contrario, no cuenta con un impuesto autonómico general equivalente a fecha de redacción de este artículo. Los hoteleros de Tenerife o Gran Canaria deben analizar, caso por caso, cualquier exacción local que se les plantee antes de repercutirla o abonarla.

    Un establecimiento en Palma de Mallorca y otro en Madrid tributan de forma distinta por este concepto, aunque pertenezcan al mismo grupo. ValiTax actúa en todo el territorio nacional y adapta el informe pericial a la normativa autonómica de cada establecimiento.

    Cuándo conviene encargar un informe pericial

    Un informe pericial resulta especialmente útil en tres momentos. El primero es la fase de comprobación, cuando la AEAT requiere documentación sobre ingresos y gastos. El segundo es la reclamación económico-administrativa o el recurso contencioso, donde la prueba técnica sirve para acreditar hechos complejos. El tercero es la planificación previa de una reforma importante.

    El informe debe explicar la metodología, citar la documentación utilizada y limitar sus conclusiones a lo que los datos permiten afirmar. No promete resultados. Ofrece al órgano revisor una valoración técnica independiente, que debe ser considerada con el mismo rigor que los informes de la propia Administración.

    Un buen expediente incluye contratos, facturas, extractos de las plataformas, libros registro, licencias y declaraciones tributarias. Cuanto antes se ordene ese material, más sólido será el informe y menor la necesidad de reconstruir hechos a posteriori.

    Conclusión

    El peritaje fiscal hotelero traduce operaciones complejas en un relato técnico verificable. Abarca el IVA con touroperadores, las plataformas de reserva, la naturaleza de las reformas y el impuesto turístico de cada territorio. Si necesita una valoración pericial independiente, puede acudir a ValiTax, firma especializada en informes periciales tributarios.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un peritaje fiscal hotelero?

    Es un informe técnico que analiza el tratamiento tributario de los ingresos, gastos e inversiones de un establecimiento hotelero. Se elabora con la documentación del hotel y se presenta como prueba en una comprobación, en una reclamación o en un procedimiento judicial.

    ¿Quién paga el impuesto turístico en Baleares?

    El contribuyente es la persona que se aloja. El sustituto es el titular de la empresa que explota el establecimiento, que debe exigir el impuesto al cliente y presentar las autoliquidaciones periódicas ante la administración tributaria autonómica. Así lo establece la Ley 2/2016, de 30 de marzo, de las Illes Balears.

    ¿Una reforma hotelera es gasto o activo?

    Depende de su naturaleza. La reparación y conservación se deducen como gasto del ejercicio. La ampliación o mejora, que aumenta la capacidad, la productividad o la vida útil, se activa y se amortiza. Cada partida debe analizarse con sus facturas, su memoria técnica y el criterio contable que el hotel aplique de forma homogénea.

    ¿Cómo se tratan las comisiones de plataformas de reserva?

    El hotel debe registrar el ingreso íntegro y la comisión como gasto. Si la plataforma está establecida en otro Estado, suele aplicarse la inversión del sujeto pasivo en el IVA. Conviene revisar factura por factura y conciliar los abonos con los extractos bancarios, porque los errores de calificación son frecuentes.

    ¿Cuándo conviene contratar un informe pericial?

    Es recomendable cuando la AEAT inicia una comprobación, ante una reclamación o un recurso, o antes de acometer una reforma de calado. Un informe previo ordena la documentación, identifica los puntos débiles y permite defender con rigor la calificación fiscal elegida, sin prometer un resultado concreto.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Residencia fiscal de influencers: prueba pericial y AEAT

    Residencia fiscal de influencers: prueba pericial y AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    La residencia fiscal de influencers se prueba con hechos objetivos: días de estancia, centro de intereses económicos y vínculos familiares. Un informe pericial ordena esas evidencias, aplica los criterios del artículo 9 de la Ley del IRPF y permite defender ante la AEAT, el TEAR o el juez que el creador reside donde dice residir.

    Por qué se revisa la residencia fiscal de influencers

    Las directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026, aprobadas por la Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de la AEAT, prestan atención a los nuevos modelos de negocio surgidos en torno a las redes sociales. Los creadores de contenido son un ejemplo evidente: sus ingresos proceden de marcas, agencias y plataformas de varios países, y su actividad se desarrolla desde cualquier lugar.

    Esa movilidad genera una pregunta recurrente: si el creador se traslada a otro país, ¿deja de tributar en España? La respuesta depende de pruebas, no de declaraciones. Quien sostiene que ha dejado de ser residente debe acreditarlo, y la Administración puede contraponer sus propios indicios. En ese terreno, la residencia fiscal de influencers se convierte en una cuestión técnica de prueba, y no solo en una cuestión jurídica.

    Criterios legales de la residencia fiscal de influencers

    El artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, considera residente en España a quien cumple alguno de estos criterios, sin orden de prioridad:

    • Permanencia: más de 183 días en territorio español durante el año natural. Las ausencias esporádicas se computan como estancia salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país.
    • Centro de intereses económicos: la base principal de las actividades o intereses económicos del contribuyente radica en España, de forma directa o indirecta.
    • Presunción familiar: se presume la residencia cuando residen habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores dependientes, salvo prueba en contrario.

    La guía práctica de la AEAT sobre residencia habitual recoge además el modo en que el TEAC cuenta los días: distingue los días acreditados, los presuntos entre dos días acreditados y las ausencias esporádicas. Un certificado de residencia emitido por otro Estado ayuda con el criterio de permanencia, pero no neutraliza por sí solo el centro de intereses ni la presunción familiar.

    El artículo 10.2 de la misma ley establece una regla especial para los españoles que trasladan su residencia a jurisdicciones calificadas como paraísos fiscales, hoy denominadas jurisdicciones no cooperativas: siguen siendo contribuyentes por el IRPF en el año del cambio y durante los cuatro siguientes.

    Qué aporta el informe pericial sobre residencia

    El perito no sustituye la argumentación jurídica; la alimenta con datos. Su trabajo suele estructurarse en cuatro bloques:

    1. Cómputo de días: reconstruye un calendario anual con evidencias independientes (billetes, registros de entrada y salida, contratos de alquiler, suministros, facturas de gastos y publicaciones fechadas).
    2. Centro de intereses económicos: identifica dónde se genera y se gestiona la renta, qué sociedades intervienen y desde qué lugar se toman las decisiones del negocio.
    3. Vínculos personales: analiza la vivienda, la escolarización de los hijos, la residencia del cónyuge y los demás factores que la Inspección valorará en conjunto.
    4. Cuantificación del riesgo: calcula el efecto de una eventual recalificación como residente, es decir, la tributación por la renta mundial.

    Ejemplo ilustrativo de cómputo de días

    Las cifras son ejemplos. Un creador con 365 días de calendario aporta evidencias que permiten clasificarlos así:

    ClasificaciónDías
    Días acreditados en España125
    Días acreditados en el extranjero180
    Días sin evidencia suficiente60

    Sin un certificado de residencia fiscal en otro país, los 60 días dudosos podrían computarse como estancia en España, con un total de 185, por encima del umbral de 183. Con certificado y con prueba adicional que demuestre dónde se encontraba el creador esos días, el cómputo baja de 183. La diferencia entre residir o no en España depende, en este supuesto, de unos pocos días bien documentados.

    Ingresos, plataformas y DAC7

    La residencia determina cuánto se tributa, pero la Administración también contrasta ingresos. El Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, y la Orden HAC/72/2024, de 1 de febrero, desarrollaron en España la Directiva (UE) 2021/514 (DAC7) y el modelo 238, con el que las plataformas digitales comunican a la AEAT la información de los vendedores que operan a través de ellas. Cuando un creador vende productos o presta servicios mediante una plataforma obligada a informar, esos datos llegan a la Administración. Las campañas pagadas directamente por una marca a través de una agencia siguen otra vía de control, como las facturas y los modelos informativos de operaciones con terceros.

    El informe pericial concilia ambas fuentes: ingresos declarados, ingresos informados por plataformas, cobros en especie y gastos vinculados a la actividad. Si el creador ha sido residente en España durante parte del año, el perito delimita con criterio qué rentas corresponden a ese periodo.

    Residencia fiscal de influencers en Madrid, Barcelona, Palma y Canarias

    Muchos creadores establecen su base en Madrid, Barcelona, Valencia o Palma de Mallorca, y algunos se plantean trasladarse a Canarias. Conviene precisarlo: cambiar de comunidad autónoma no altera la residencia fiscal en España. Lo que cambia es la normativa autonómica aplicable y, en el caso de Canarias, el régimen indirecto, con IGIC en lugar de IVA.

    Si la AEAT regulariza, el contribuyente puede reclamar ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional que corresponda a su domicilio y, después, acudir al Tribunal Superior de Justicia de su comunidad (el de Madrid, el de Cataluña, el de Illes Balears o el de Canarias, con sedes en Las Palmas de Gran Canaria y en Santa Cruz de Tenerife). Si el caso se discute en Navarra o en el País Vasco, los tributos concertados o convenidos se rigen por su propio régimen foral y por sus órganos de revisión.

    Valor probatorio del informe pericial

    La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, atribuye la carga de probar los hechos constitutivos de su derecho a quien lo invoca y remite, en materia de medios y valoración de la prueba, al Código Civil y a la Ley de Enjuiciamiento Civil. El dictamen pericial es un medio de prueba reconocido, que se valora con criterios de sana crítica. Su peso aumenta cuando se apoya en documentos verificables, explica el método y responde a los argumentos de la Inspección.

    Conviene recordar que la Administración es una parte más del procedimiento. Su criterio técnico y el del perito de parte son opiniones que el TEAR, el TEAC o el juez deben ponderar con la misma consideración. Para profundizar en el papel del perito, puede consultar el artículo de ValiTax sobre el perito de parte y el perito del juzgado.

    Riesgos si la residencia no queda probada

    • Tributación por renta mundial: el residente declara todas sus rentas, con independencia de dónde se generen.
    • Intereses y sanciones: a la cuota regularizada se suman intereses de demora, y las sanciones por dejar de ingresar parten del 50 % de la cuota, con escalones superiores si se aprecia ocultación o medios fraudulentos (artículos 191 y siguientes de la Ley General Tributaria).
    • Obligaciones de información: el residente asume deberes formales que no tendría como no residente, como los relativos a bienes y derechos en el extranjero.
    • Vía penal: si la cuota defraudada por impuesto y ejercicio supera 120.000 euros, puede existir delito contra la Hacienda Pública.

    La regularización voluntaria con recargos reducidos antes de que la Administración actúe es otra opción, que el equipo de defensa valora según los hechos. El informe pericial sirve también para cuantificar con exactitud esa regularización.

    Cómo plantear el encargo

    Conviene contratar el informe cuando aparece el primer requerimiento o, mejor, antes de trasladar la residencia, para dejar constancia de las evidencias desde el inicio. ValiTax elabora informes periciales sobre residencia fiscal y economía digital para clientes de toda España. Si busca el enfoque jurídico de la defensa, puede consultar la guía de LRB sobre influencers con residencia en el extranjero. También le serán útiles los artículos de ValiTax sobre el peritaje en la economía digital y sobre la valoración en el exit tax.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuántos días hay que estar en España para ser residente fiscal?

    Más de 183 días en el año natural. Pero ese no es el único criterio: también es residente quien tiene en España el centro principal de sus actividades o intereses económicos, y se presume residente quien tiene aquí a su cónyuge no separado y a sus hijos menores dependientes.

    ¿Basta un certificado de residencia de otro país para dejar de tributar en España?

    No basta por sí solo. El certificado ayuda a acreditar el criterio de permanencia, pero no neutraliza el centro de intereses económicos ni la presunción familiar. La Administración valora el conjunto de pruebas, por lo que conviene reunir contratos, suministros, escolarización y calendario de estancias.

    ¿Puede la AEAT usar mis publicaciones en redes sociales como prueba?

    Puede incorporarlas al expediente como indicio, igual que cualquier otro documento accesible. Su valor depende de que acrediten fechas y lugares con fiabilidad. Un informe pericial contrasta esas publicaciones con billetes, registros y facturas, y explica por qué una imagen concreta no prueba por sí sola dónde estaba el creador.

    ¿Qué ocurre si me trasladé a Canarias o a Baleares?

    Sigue siendo residente fiscal en España quien solo cambia de comunidad autónoma. El traslado no altera la residencia a efectos del IRPF; solo modifica la normativa autonómica aplicable y, en Canarias, el régimen indirecto, con IGIC en lugar de IVA.

    ¿Cuándo conviene encargar el informe pericial de residencia?

    Antes de trasladarse o, como muy tarde, al recibir el primer requerimiento. Con el expediente abierto, el perito puede ordenar las evidencias y presentarlas en el trámite de alegaciones. Si se espera al acta, las pruebas pueden ser ya más difíciles de reconstruir.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Informe pericial de pérdidas recurrentes ante la AEAT

    Informe pericial de pérdidas recurrentes ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    Un informe pericial de pérdidas recurrentes demuestra, con datos contables y económicos, que una empresa con resultados negativos y saldos elevados de IVA a devolver desarrolla una actividad real. El perito reconstruye el modelo de negocio, concilia las cifras y aporta a la AEAT, al TEAR o al juez una explicación técnica contrastable.

    Por qué las pérdidas continuadas activan una comprobación

    El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2026, aprobado por Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de la AEAT, indica que se intensificarán las actuaciones para evitar la devolución del IVA a contribuyentes que fingen una actividad económica. También se refiere a las sociedades que declaran pérdidas de modo continuo, por resultar difícilmente compatibles con la lógica económica.

    Las pérdidas reiteradas no son ilícitas. Muchas empresas las sufren en la fase de arranque, en proyectos de larga maduración o por estacionalidad. El riesgo está en que los sistemas de análisis de riesgos las combinen con saldos a favor de IVA y abran una comprobación. En ese momento es esencial poder explicar el porqué con prueba.

    Qué analiza la AEAT en devoluciones de IVA elevadas

    La Ley 37/1992 regula las devoluciones del Impuesto sobre el Valor Añadido en sus artículos 115 y siguientes. Puede consultarse la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Cuando la cuota soportada supera a la repercutida, el empresario puede solicitar la devolución al final del ejercicio o, si cumple los requisitos, de forma mensual.

    La Administración suele comprobar cuatro elementos:

    • La condición de empresario o profesional y la realidad de la actividad.
    • La vinculación de los gastos con la actividad y su afectación.
    • La efectividad de las operaciones, su cobro o pago y la existencia de medios.
    • La coherencia entre ventas, existencias, gastos de personal y saldo de IVA.

    El principio de neutralidad del IVA, reconocido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ampara el derecho a deducir las cuotas soportadas en la fase preparatoria de una actividad, siempre que se acredite la intención de ejercerla. Esa acreditación es una cuestión de prueba.

    Qué aporta un informe pericial de pérdidas recurrentes

    La carga de la prueba corresponde a quien afirma un hecho constitutivo de su derecho (artículo 105 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria). El artículo 106 admite todos los medios de prueba, incluido el pericial. Un informe bien fundado es prueba reconocida y su valor como opinión técnica es equiparable al del criterio de la Inspección.

    Contenido habitual del informe

    • Modelo de negocio: plan inicial, hitos cumplidos, inversión realizada y calendario de maduración.
    • Análisis de márgenes: margen bruto, estructura de costes, rotación y plazos de cobro y pago.
    • Conciliación del IVA: cruce entre libros, modelos 303, declaraciones informativas y contabilidad.
    • Comparación sectorial: resultados de empresas comparables en el mismo ciclo.
    • Cuantificación alternativa: si la Administración propone una estimación, un cálculo sustentado en los datos reales.

    Este enfoque complementa el que se describe en nuestro artículo sobre el informe pericial tributario en la inspección de IVA. Cuando la discusión afecta a la realidad económica de las operaciones, resulta útil el análisis del informe pericial contable y fiscal en inspecciones.

    Procedimiento, plazos y estimación indirecta

    La Administración puede resolver la solicitud mediante comprobación limitada o inspección. Si abre una inspección, la duración máxima es de 18 meses, ampliable a 27 en los casos legales (artículo 150 LGT). La estimación indirecta (artículo 53 LGT) procede cuando no hay datos fiables. Un informe que reconstruya la contabilidad debilita su aplicación.

    El derecho a solicitar devoluciones prescribe a los cuatro años (artículos 66 a 70 LGT). El contribuyente también tiene derecho a intereses de demora si la Administración no devuelve en plazo, con la regla general de seis meses. Para saber cómo actúa la defensa jurídica en estos casos puede consultarse la guía de LRB sobre devoluciones de IVA, REDEME y defensa ante la inspección.

    Cobertura en Madrid, Barcelona, Valencia y Palma de Mallorca

    La competencia depende del domicilio fiscal. Las Delegaciones Especiales de la AEAT (Madrid, Cataluña, Comunitat Valenciana, Andalucía, Illes Balears y otras) tramitan las comprobaciones. Los TEAR de cada comunidad resuelven las reclamaciones, y los Tribunales Superiores de Justicia conocen del contencioso. Las diferencias territoriales importan:

    • En Canarias, el impuesto indirecto general es el IGIC, no el IVA, por lo que las devoluciones de IVA tienen un alcance distinto.
    • En País Vasco y Navarra, la gestión del IVA corresponde a las Haciendas Forales, con procedimiento propio.
    • En el resto del territorio, incluidas Baleares, el IVA se gestiona por la AEAT y se reclama ante el TEAR competente.

    Una empresa hotelera de Palma, una exportadora de Valencia, una promotora de Marbella o una tecnológica de Barcelona o Bilbao pueden recibir el mismo requerimiento. El perito adapta el análisis al sector y al territorio.

    Caso práctico ilustrativo

    Los importes son un ejemplo ilustrativo y no corresponden a un caso real. Una sociedad exportadora factura 3.000.000 de euros en ventas exentas y soporta 630.000 euros de IVA en compras y gastos. Acumula pérdidas contables de 120.000, 90.000 y 150.000 euros en tres ejercicios y solicita la devolución del saldo.

    IndicadorSituaciónEvidencia del perito
    Realidad de la actividadExportaciones con transporte internacionalContratos, CMR, despachos de aduana, cobros
    Causa de las pérdidasCostes de implantación en nuevos mercadosPlan de negocio y evolución de márgenes
    Saldo de IVA630.000 € a favorConciliación de libros y modelo 303

    Con esa documentación, la discusión se desplaza de la sospecha genérica a hechos verificables. El informe no garantiza el resultado, pero permite a la Administración y, en su caso, al tribunal valorar la explicación con datos.

    Riesgos y sanciones

    Obtener indebidamente una devolución constituye infracción (artículo 193 LGT). La multa es del 50 % de la cantidad devuelta indebidamente si la infracción es leve, del 50 % al 100 % si es grave y del 100 % al 150 % si es muy grave, con incrementos por reincidencia o perjuicio económico. Las reducciones por conformidad y pago en plazo (artículo 188) pueden rebajarla. La discrepancia razonable (artículo 179) puede excluir la sanción.

    Las pérdidas continuadas tienen además consecuencias societarias: si el patrimonio neto cae por debajo de la mitad del capital social, puede concurrir causa de disolución conforme a la Ley de Sociedades de Capital. Documentar su origen protege también a los administradores.

    Conclusión

    Explicar unas pérdidas recurrentes y un saldo elevado de IVA exige método, documentación y una cronología coherente. La Administración es una parte más del procedimiento, y el contribuyente puede acreditar su posición con prueba técnica. ValiTax elabora informes periciales de este tipo en todo el territorio nacional, adaptados al sector y a la Administración competente.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un informe pericial de pérdidas recurrentes?

    Es un dictamen técnico que explica las causas de las pérdidas continuadas de una empresa y acredita la realidad de su actividad. Se apoya en la contabilidad, el IVA y la comparación sectorial, y sirve de prueba ante la AEAT o los tribunales.

    ¿Por qué la AEAT revisa las devoluciones de IVA elevadas?

    Porque combinan un importe significativo con riesgo de fraude. El Plan de Control 2026 prevé evitar devoluciones a quienes fingen una actividad económica, y las pérdidas reiteradas se consideran un indicador que exige explicación documentada.

    ¿Cuánto tarda la AEAT en devolver el IVA?

    La regla general es de seis meses desde el fin del plazo de presentación, con derecho a intereses de demora si se supera. Si se abre una comprobación o inspección, el plazo real puede ampliarse según el procedimiento.

    ¿Pueden sancionarme por solicitar una devolución de IVA?

    Solo si la devolución se obtiene indebidamente (artículo 193 LGT). Si existe discrepancia razonable o error excusable, puede no haber sanción. La calificación leve, grave o muy grave depende de la ocultación y de los medios utilizados.

    ¿Sirve un informe pericial si la Inspección aplica estimación indirecta?

    Sí. Un informe que reconstruya la contabilidad con datos fiables puede demostrar que existen elementos para determinar la base sin estimar. Su valor es el de una opinión técnica fundada, que el órgano revisor debe considerar.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Peritaje de amortización de plantas renovables ante la AEAT

    Peritaje de amortización de plantas renovables ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El peritaje de amortización de plantas renovables fija con criterio técnico la vida útil, el valor de cada componente y el coeficiente fiscal aplicable. Es la prueba con la que el titular defiende ante la AEAT la amortización deducida en el Impuesto sobre Sociedades. Resulta decisivo tras una compraventa, una repotenciación o una inspección.

    Qué se amortiza en una planta renovable y con qué reglas

    Una planta fotovoltaica, eólica o hidráulica reúne activos muy distintos: módulos o aerogeneradores, inversores, estructuras, obra civil, subestación, línea de evacuación, terrenos y derechos. Cada grupo tiene una vida útil diferente y un tratamiento fiscal propio. Los terrenos, por ejemplo, no se amortizan.

    El artículo 12 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, admite la amortización de los activos por la depreciación efectiva. Su tabla de coeficientes recoge para las centrales renovables un coeficiente lineal máximo del 7 % y un periodo máximo de 30 años. El mismo artículo regula los planes especiales y los supuestos de libertad de amortización.

    La libertad de amortización no alcanza a todas las plantas

    El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, mantiene la amortización libre para instalaciones de autoconsumo eléctrico renovable y para instalaciones térmicas renovables que sustituyan a las fósiles. Su artículo 37 la condiciona, entre otros requisitos, a un límite de inversión, al mantenimiento de la plantilla y a la exclusión de los edificios.

    Una planta de generación para la venta de energía queda, en principio, fuera de ese incentivo. Se amortiza con las tablas generales, y ahí la discusión con la Inspección se centra en la vida útil, el desglose y la base amortizable.

    Cuándo es necesario un peritaje de amortización de plantas renovables

    El dictamen aporta valor cuando existe una decisión técnica que la Administración puede discutir. Los supuestos más habituales son los siguientes.

    • Compraventa de una planta o de la sociedad que la explota, con reparto del precio entre terrenos, instalación y derechos.
    • Repotenciación o sustitución de módulos, inversores o aerogeneradores, que obliga a decidir qué se activa y qué se da de baja.
    • Inspección que cuestiona la vida útil, el coeficiente aplicado o el desglose por componentes.
    • Deterioros por cambios regulatorios o de retribución, que deben justificarse con proyecciones razonables.
    • Solicitud de un plan especial de amortización, que requiere una justificación técnica sólida.

    Qué analiza el perito: vida útil, componentes y precio

    Vida útil y desglose por componentes

    El perito documenta la vida útil técnica de cada elemento con datos de fabricantes, garantías, históricos de producción y mantenimiento. La contabilidad exige amortizar por separado las partes con vidas distintas, y el desglose debe ser coherente con la deducción fiscal. Un inversor se renueva antes que una estructura.

    Reparto del precio de adquisición

    En una compraventa, el precio se reparte entre terrenos, activos materiales y, en su caso, intangibles como permisos o derechos de superficie. Asignar de más a elementos amortizables adelanta la deducción y es un foco habitual de regularización. El dictamen soporta el reparto con una valoración independiente, de forma similar a la valoración pericial de activos intangibles.

    Ayudas, subvenciones e IVPEE

    Las subvenciones de capital se imputan a resultados conforme a la norma de registro y valoración 18.ª del Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, al ritmo de la amortización del activo financiado. Por eso, el criterio de amortización condiciona también la tributación de la ayuda.

    El perito puede intervenir además en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica. Según la Ley 15/2012, la base incluye el importe total de la producción incorporada al sistema, también la retribución regulada. Para 2026 el Real Decreto-ley 18/2026 aplica minoraciones trimestrales, y la AEAT explica las medidas extraordinarias del IVPEE y los pagos fraccionados correspondientes.

    Valor del informe ante la AEAT, el TEAR y los tribunales

    El artículo 105 de la Ley General Tributaria reparte la carga de la prueba: cada parte debe probar los hechos que sustentan su posición. El artículo 106 remite a las normas probatorias del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuyo artículo 348 manda valorar los dictámenes periciales según la sana crítica.

    La Inspección ofrece su criterio técnico, y el contribuyente puede oponer el suyo. Un informe pericial bien fundado es una prueba reconocida y debe recibir la misma consideración que el criterio de la Inspección, tanto en el TEAR y el TEAC como ante el juez. No se trata de confrontar, sino de aportar datos verificables.

    Si el desacuerdo es razonable, el artículo 179.2.d) de la LGT excluye la responsabilidad por infracción cuando el obligado se amparó en una interpretación razonable de la norma. Sobre la defensa en general puede consultarse el análisis del perito tributario en inspecciones.

    Ejemplo numérico ilustrativo

    Una sociedad adquiere un parque fotovoltaico por 10.000.000 de euros. Amortiza el precio completo al 7 %, es decir, 700.000 euros anuales. La Inspección sostiene que 1.000.000 corresponden al terreno y 500.000 a derechos no amortizables al mismo ritmo.

    Si la base amortizable correcta es de 8.500.000 euros, la deducción máxima al 7 % sería de 595.000 euros. El exceso de 105.000 euros anuales, al tipo general del 25 %, supone una cuota de 26.250 euros por ejercicio. Las cifras son ilustrativas y parten de supuestos simplificados.

    El informe pericial permite discutir esa asignación con una valoración fundada de terreno, instalación y derechos, en lugar de aceptar el criterio por defecto.

    Peritaje en Madrid, Palma, Canarias y el resto de España

    Las particularidades territoriales afectan al análisis. En Canarias rigen el IGIC y el Régimen Económico y Fiscal, con la Reserva para Inversiones de la Ley 19/1994. En Illes Balears existe la Reserva para Inversiones de la disposición adicional septuagésima de la Ley 31/2022, que contempla inversiones de protección y mejora del medio ambiente con sus requisitos.

    En Navarra, el Decreto Foral Legislativo 2/2026, de 29 de julio, publicado en el BOE de 17 de agosto de 2026, regula el IVPEE con el mismo calendario de tipos. Las empresas con domicilio en Madrid, Barcelona, Valencia o Palma de Mallorca reclaman ante el TEAR de su comunidad autónoma. ValiTax elabora informes periciales para toda España.

    Conclusión

    La amortización de una planta renovable es una decisión técnica con efecto fiscal directo. Cuando la Inspección la discute, la mejor defensa es una prueba pericial que demuestre la vida útil, el desglose y el reparto del precio con método y documentación. Para el enfoque jurídico y de planificación, puede consultarse el análisis del IS de los parques fotovoltaicos.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuál es el coeficiente máximo de amortización de una planta renovable?

    La tabla del artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades fija para las centrales renovables un coeficiente lineal máximo del 7 % y un periodo máximo de 30 años. Aplica sobre la base amortizable, que excluye los terrenos.

    ¿Tiene libertad de amortización un parque solar que vende energía?

    En principio no. La libertad de amortización regulada para 2026 se dirige al autoconsumo eléctrico renovable y a las instalaciones térmicas renovables, con límites y requisitos. Una planta de venta de energía se amortiza con las tablas generales.

    ¿Cuándo debo encargar un peritaje de amortización?

    Conviene encargarlo al comprar una planta, al repotenciarla o cuando la Inspección cuestione la vida útil o el desglose. Preparar el dictamen antes de contestar al requerimiento permite ordenar la prueba con más margen.

    ¿Qué efecto tiene una subvención sobre la amortización?

    La subvención de capital se imputa a resultados al ritmo de amortización del activo financiado, conforme a la norma 18.ª del Plan General de Contabilidad. Por ello, un cambio en la vida útil altera también el ritmo de tributación de la ayuda.

    ¿Un informe pericial vincula a la Inspección?

    No la vincula, pero es una prueba que debe valorarse según la sana crítica y merece la misma consideración que el criterio de la Inspección. Su fuerza depende del método, de los datos y de la coherencia con los hechos.

  • Informe pericial de hidrocarburos ante precios bajos

    Informe pericial de hidrocarburos ante precios bajos

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El informe pericial de hidrocarburos permite demostrar con datos de costes, márgenes y trazabilidad que un precio de venta bajo tiene una explicación económica. Es la prueba técnica de la que dispone un operador o una estación de servicio cuando la Agencia Tributaria sospecha que un precio anormalmente reducido encubre fraude de IVA o de impuestos especiales.

    Por qué se cuestionan los precios bajos en hidrocarburos

    La Agencia Tributaria viene concentrando sus controles en la cadena de distribución de carburantes. En una nota de prensa de 14 de mayo de 2024 informó de una actuación simultánea en más de 400 gasolineras de 14 comunidades autónomas, en la que se pidieron datos de proveedores, precios de suministro, procedencia del producto y medios de cobro. La nota vincula parte del fraude con la venta a precios anormalmente bajos y con la interposición de sociedades instrumentales que no ingresan el IVA.

    Un precio bajo no es por sí mismo una infracción. Puede deberse a una compra eficiente, a un volumen elevado, a una promoción o a una estrategia de captación. El problema surge cuando no existe una explicación verificable y la Administración presume que el impuesto no se ingresó en algún punto de la cadena. Ahí es donde un informe pericial de hidrocarburos resulta útil.

    Responsabilidad del adquirente: qué exige la ley

    El artículo 87.5 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, hace responsables subsidiarios a los destinatarios empresarios o profesionales que debían suponer razonablemente que el IVA repercutido no había sido ni sería ingresado. La norma presume esa circunstancia cuando se paga un precio notoriamente anómalo, es decir, considerablemente inferior al que el transmitente pagó por los bienes.

    Conviene retener tres ideas:

    • La presunción admite prueba: un precio bajo no se considera anómalo si lo justifican factores económicos distintos de la elusión del impuesto.
    • La Administración debe acreditar que existe una cuota repercutida, o que debió repercutirse, y que no fue declarada ni ingresada.
    • La responsabilidad se declara mediante el procedimiento de derivación previsto en la Ley General Tributaria, con trámite de audiencia y posibilidad de recurso.

    En impuestos especiales, la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, reforzó el control del sector. Según la información publicada, prevé supuestos en los que quien adquiere hidrocarburos puede ser considerado contribuyente del Impuesto sobre Hidrocarburos, por ejemplo cuando se detectan productos distintos de los marcadores autorizados o cuando se compra a operadores que no figuran en el listado de mayoristas de la CNMC. Además, la Ley del Sector de Hidrocarburos prohíbe desde el 28 de marzo de 2024 que los minoristas compren a otros minoristas.

    Qué analiza un informe pericial de hidrocarburos

    El informe pericial de hidrocarburos reconstruye la economía real de la operación. No opina sobre la calificación jurídica, sino sobre los hechos y las cifras que la sostienen. Un trabajo completo suele incluir:

    1. Estructura de costes: precio de adquisición, impuesto especial soportado, transporte, mermas, estructura de personal y gastos de explotación.
    2. Margen económico: comparación del margen bruto y neto del operador con el de estaciones comparables en su zona y en su tamaño.
    3. Trazabilidad de proveedores: verificación de que los suministradores están correctamente identificados, figuran en los registros pertinentes y han documentado el producto.
    4. Evolución de precios: contraste con la evolución de los precios de mercado en las fechas comprobadas, para distinguir bajadas generalizadas de bajadas atípicas.
    5. Cobros y volumen: coherencia entre litros vendidos, medios de pago, existencias y facturación declarada.

    El resultado es un documento que puede aportarse en la fase de alegaciones, en el procedimiento de derivación o ante el Tribunal Económico-Administrativo. La Administración es una parte más del procedimiento, y una opinión técnica bien fundada debe recibir la misma consideración que el criterio de la Inspección cuando se valora en vía económico-administrativa o judicial.

    Caso práctico ilustrativo

    Supongamos, con cifras ilustrativas, una estación que vende gasóleo a 1,45 euros por litro con IVA incluido, es decir, unos 1,198 euros sin impuesto. Su proveedor le factura a 1,19 euros por litro, impuestos especiales incluidos y sin IVA. A simple vista el margen bruto es mínimo, y la Administración sospecha que algún eslabón no ingresó el IVA.

    El informe pericial de hidrocarburos analiza la estructura: la estación vende 4 millones de litros al año, tiene un coste fijo reducido por su configuración automatizada, obtiene ingresos de tienda y lavado, y compensa un margen unitario bajo con un volumen alto. También verifica que el proveedor es un operador con depósito fiscal, que sus facturas se han contabilizado y que el producto procede de él. Con esos datos, el precio deja de ser inexplicable. No significa que el caso esté ganado, pero cambia la discusión: del precio como indicio a la justificación económica concreta.

    Riesgos, sanciones y plazos

    CuestiónReferenciaConsecuencia práctica
    PrescripciónArts. 66 a 70 LGTCuatro años para determinar la deuda
    Duración de la inspecciónArt. 150 LGT18 meses, ampliables a 27 en los casos previstos
    Infracciones tributariasArts. 191 a 206 LGTSanciones proporcionales a la cuota y graduadas según la conducta
    ResponsabilidadArts. 41 a 43 LGT y art. 87 LIVADerivación de deuda del deudor principal al adquirente
    Regularización voluntariaArt. 27 LGTRecargos del 1 al 15 % según el retraso, sin sanción

    La reducción por conformidad o la discrepancia razonable del artículo 179 pueden influir en la sanción, pero requieren una base probatoria sólida desde el principio. Un informe elaborado con antelación, antes del requerimiento, tiene además un valor añadido: demuestra que la justificación existía antes de que se cuestionara.

    Hidrocarburos en Madrid, Barcelona, Valencia y otras zonas

    El sector abarca desde grandes polos logísticos como Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao y Sevilla hasta redes de estaciones en Zaragoza, Málaga o Palma de Mallorca. Los precios y los márgenes varían según la zona, la competencia y la logística, por lo que en un informe pericial de hidrocarburos la comparación debe hacerse con operadores del entorno y no con una media nacional.

    Conviene recordar que este análisis se refiere al territorio de aplicación del IVA y de los impuestos especiales estatales. Canarias, Ceuta y Melilla tienen un régimen indirecto distinto, y en País Vasco y Navarra rigen sistemas forales propios con sus particularidades procedimentales. Las comprobaciones se tramitan ante la delegación de la AEAT competente y, en su caso, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional del territorio. ValiTax elabora informes periciales para operadores de todo el territorio nacional.

    Cuándo conviene encargar un informe pericial de hidrocarburos

    El mejor momento es antes del requerimiento, cuando aún se puede reunir la documentación de compras, cobros y existencias sin presión de plazos. También es útil al recibir una solicitud de información o una comunicación de inicio. Para profundizar, puedes leer nuestros artículos sobre cuándo encargar un informe pericial tributario y sobre el informe pericial preventivo antes de la inspección.

    Si además necesitas defensa jurídica, LRB Tax & Legal analiza el criterio del TEAC sobre el Impuesto sobre Hidrocarburos. Puedes consultar la nota de prensa de la AEAT de 14 de mayo de 2024, el texto de la Ley del IVA y el de la Ley de Impuestos Especiales.

    Conclusión

    Un precio bajo se defiende con costes, márgenes y trazabilidad documentados, no con afirmaciones. El informe pericial de hidrocarburos ofrece a la Administración y al tribunal una base verificable para valorar si existe una explicación económica distinta de la elusión del impuesto. Si tu empresa está en esta situación, puedes plantear tu caso y valorar con claridad qué puede acreditarse y qué no.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un informe pericial de hidrocarburos?

    Es un dictamen técnico que analiza costes, márgenes, proveedores y precios de un operador de carburantes para acreditar que su política comercial tiene una explicación económica. Se aporta como prueba ante la AEAT, el TEAR o los tribunales.

    ¿Qué es un precio notoriamente anómalo en el IVA?

    Es un precio considerablemente inferior al que el transmitente pagó por los bienes. La Ley del IVA presume entonces que el adquirente debía suponer que el impuesto no se ingresaría, salvo que el precio se justifique por factores económicos distintos.

    ¿Responde una gasolinera por el IVA no ingresado por su proveedor?

    Puede responder de forma subsidiaria si debía suponer razonablemente que el IVA no sería ingresado. La Administración debe probar la existencia de la cuota no ingresada y tramitar el procedimiento de derivación, frente al que cabe defensa y recurso.

    ¿Qué documentación conviene conservar?

    Facturas de compra y venta, justificantes de pago, albaranes, datos de existencias, contratos con proveedores y registros de cobros. Cuanto más completa y coherente sea la documentación, más sólido resultará el análisis pericial posterior.

    ¿Cuándo debe encargarse el informe?

    Lo recomendable es hacerlo antes del requerimiento o nada más recibir una solicitud de información. Con tiempo se reúne mejor la documentación y el informe puede incorporarse desde la primera fase del procedimiento.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Informe pericial de alquiler turístico: prueba ante la AEAT

    Informe pericial de alquiler turístico: prueba ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El informe pericial de alquiler turístico cuantifica los rendimientos reales de una vivienda explotada en plataformas como Airbnb o Booking, separa los gastos deducibles y acredita la calificación fiscal de la actividad. Sirve de prueba cuando la AEAT cruza los datos de las plataformas y propone una regularización del IRPF o del IVA.

    Qué cuestiones se discuten en el alquiler turístico

    La Inspección suele plantear tres discrepancias. La primera es la calificación de la renta. En el IRPF, la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, considera rendimientos del capital inmobiliario los del arrendamiento. Solo habrá actividad económica si se dispone de un local exclusivo y una persona empleada con contrato laboral a jornada completa.

    La segunda es el IVA. El arrendamiento de viviendas está, en general, exento en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Esa exención no cubre los arrendamientos que incluyen servicios propios de la hostelería. Determinar si los servicios prestados, como limpieza periódica, recepción o comidas, alcanzan esa intensidad es una cuestión de hecho que se prueba con documentos.

    La tercera es la cuantificación. Hay que fijar los ingresos reales, los días de alquiler y los gastos deducibles. Esta última discusión es la más habitual y donde el informe pericial aporta más valor.

    Cómo llega la AEAT a los datos de Airbnb y Booking

    Las plataformas comunican anualmente información sobre los propietarios que operan en ellas. La obligación procede de la Directiva (UE) 2021/514 (DAC7) y se incorporó al ordenamiento español mediante el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero. La información se presenta en el modelo 238 de la Agencia Tributaria, aprobado por la Orden HAC/72/2024, de 1 de febrero.

    Con esos datos, la Administración puede comparar lo que la plataforma ha abonado a cada propietario con lo declarado en el IRPF. Una diferencia no implica por sí sola una infracción. Puede deberse a comisiones, a cancelaciones, a cobros de varios inmuebles o a periodos de uso personal. El informe pericial permite explicarlo con documentos.

    Qué contiene un informe pericial de alquiler turístico

    Un informe útil reconstruye la actividad de forma comprensible para un tercero. Sus apartados esenciales son estos:

    1. Conciliación de ingresos: liquidaciones de la plataforma, extractos bancarios, facturas y cobros directos, con explicación de las diferencias.
    2. Calendario de ocupación: días alquilados, días de uso personal y días a disposición, con sus fuentes.
    3. Calificación de la actividad: análisis del local, del personal y de los servicios prestados, para IRPF e IVA.
    4. Gastos deducibles: comisiones, intereses, tributos, suministros, comunidad, seguros y amortización, con el criterio de imputación proporcional aplicado.
    5. Cálculo del rendimiento neto: con hipótesis visibles y rangos cuando procede.

    El perito judicial debe indicar sus fuentes, sus límites y su independencia. Un informe que se limita a recalcular sin explicar el criterio no convence. Uno que muestra cada paso permite a la Inspección discrepar con argumentos concretos.

    Caso práctico ilustrativo

    Los datos son un ejemplo ilustrativo, no un caso real. Un propietario alquila un apartamento en Palma de Mallorca durante 120 días al año a través de una plataforma. Declara 12.000 euros de ingresos. La plataforma comunica 24.000 euros. La Inspección propone un rendimiento neto de 21.000 euros, al admitir solo 3.000 euros de gastos. El informe pericial concilia los ingresos y acredita los gastos.

    ConceptoPropuesta de la Inspección (euros)Informe pericial (euros)
    Ingresos íntegros conciliados24.00024.000
    Gastos admitidos3.00010.200
    Rendimiento neto21.00013.800
    Diferencia entre ambas posiciones7.200 euros de rendimiento

    La diferencia depende de la documentación disponible. Facturas de suministros, comunidad, seguros, tributos locales, intereses y comisiones, imputados por días de alquiler, sostienen los gastos del informe.

    Informe pericial en Madrid, Barcelona, Palma y Canarias

    La normativa autonómica y local condiciona la actividad. La habilitación administrativa y las restricciones a las viviendas de uso turístico varían entre Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga, Palma de Mallorca, Ibiza y otros municipios. A escala estatal, el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, creó un registro único de arrendamientos con un número de registro para anunciar alquileres de corta duración. El Tribunal Supremo ha anulado varios de sus artículos en 2026, por lo que conviene verificar el texto vigente.

    Hay además tributos propios. Baleares y Cataluña gravan las estancias turísticas con impuestos autonómicos, y Canarias aplica el IGIC en lugar del IVA. El informe debe separar cada figura y no mezclar los cálculos. Si la reclamación llega a la vía económico-administrativa, será competente el TEAR del domicilio fiscal y, después, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia correspondiente. ValiTax elabora informes periciales con cobertura en toda España.

    Recargos, sanciones y regularización voluntaria

    Si el propietario detecta el error antes de cualquier requerimiento, puede presentar declaraciones complementarias. Según la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el recargo es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses si han pasado doce meses. Pagar en plazo permite reducir el recargo un 25 %.

    Si media requerimiento, la infracción por dejar de ingresar tiene una sanción mínima del 50 % de la cuota. El artículo 188 prevé reducciones del 30 % por conformidad y del 40 % adicional por pago en plazo, siempre que no se recurra. Aportar un informe antes de la propuesta puede reducir la base sobre la que se calculan recargos y sanciones.

    Valor de la prueba pericial ante la Inspección y el TEAR

    La Administración es una parte más del procedimiento, y la carga de la prueba se reparte. A la Inspección le corresponde sustentar sus datos y sus conclusiones, y al contribuyente, probar los gastos y las circunstancias que invoca. Un informe pericial bien fundado es una prueba reconocida. Su valor como opinión técnica es equiparable al del criterio de la Inspección y debe recibir la misma consideración en el TEAR, en el TEAC o ante el juez.

    Conclusión

    Un alquiler turístico bien documentado soporta una comprobación. Cuando faltan datos, el informe pericial reconstruye ingresos, días y gastos de forma verificable. Si ha recibido una comunicación de la AEAT, conviene reunir las liquidaciones de la plataforma y consultar el caso antes de contestar. Puede ampliar esta información con el análisis del peritaje en el alquiler vacacional, con la guía sobre el arrendamiento como actividad económica y con el artículo de LRB Tax & Legal sobre las obligaciones de información DAC7 de los tenedores de vivienda turística.

    Preguntas frecuentes

    ¿Para qué sirve un informe pericial en el alquiler turístico?

    Sirve para acreditar con método los ingresos reales, los días de alquiler y los gastos deducibles de la vivienda. También ayuda a justificar la calificación fiscal de la actividad. Es especialmente útil cuando la AEAT compara lo declarado con los datos de las plataformas y propone una regularización.

    ¿Cómo sabe la AEAT lo que cobro por Airbnb o Booking?

    Lo sabe porque las plataformas comunican anualmente la información de sus vendedores, en aplicación de la Directiva DAC7. En España se presenta en el modelo 238, aprobado por la Orden HAC/72/2024. La Agencia Tributaria puede cruzar esos datos con el IRPF del propietario.

    ¿El alquiler turístico lleva IVA?

    Depende de los servicios que se presten. El arrendamiento de vivienda está, en general, exento de IVA, pero la exención no alcanza a los arrendamientos con servicios propios de la hostelería. Canarias aplica el IGIC en lugar del IVA. Conviene analizar los servicios reales antes de decidir cómo facturar.

    ¿Qué gastos puedo deducir en el alquiler turístico?

    Puede deducir los gastos necesarios para obtener los ingresos, como comisiones, intereses, tributos, suministros, comunidad, seguros y amortización, en proporción a los días en que el inmueble estuvo alquilado. Cada gasto debe estar justificado con documentos, y la imputación por días debe poder explicarse.

    ¿Qué pasa si regularizo antes de recibir un requerimiento?

    Si presenta declaraciones complementarias antes de cualquier requerimiento, no se impone sanción y se aplica un recargo. Es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses a partir de doce meses. Pagar en plazo reduce el recargo un 25 %.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Regularización FEAC: informe pericial ante la ventaja fiscal

    Regularización FEAC: informe pericial ante la ventaja fiscal

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    La regularización FEAC se produce cuando la AEAT considera que una fusión, escisión o aportación persiguió una ventaja fiscal y no un motivo económico válido. Un informe pericial acredita la realidad económica de la reestructuración y cuantifica la ventaja que, en su caso, podría eliminarse.

    Cuándo la AEAT regulariza una reestructuración acogida al FEAC

    El régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores se regula en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Permite diferir la tributación de las rentas generadas, siempre que la operación sea real y esté motivada.

    El artículo 89 de esa ley excluye el régimen cuando la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal. Así ocurre, en particular, si no se realiza por motivos económicos válidos, como la reestructuración o la racionalización de las actividades, y sí con la mera finalidad de obtener una ventaja fiscal.

    El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026, aprobado por la Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de la AEAT, hace referencia a las reestructuraciones empresariales y al régimen de fusiones y escisiones. Conviene, pues, preparar la prueba antes de la comprobación.

    Qué debe probar la reestructuración y cómo ayuda el perito

    La carga de la prueba se reparte. La Administración debe motivar por qué entiende que la operación persigue una ventaja fiscal. El contribuyente puede acreditar los motivos económicos con documentos, planes de negocio y un informe técnico que los cuantifique. Un informe pericial bien fundado es prueba reconocida.

    El perito no sustituye al abogado. Aporta lo que el expediente suele omitir: números contrastables. Analiza la situación del grupo antes y después de la operación, la racionalización de costes, la separación de riesgos y el acceso a financiación o a nuevos socios.

    Contenido habitual del informe pericial

    • Descripción de la estructura previa y posterior a la operación, con organigramas y flujos económicos.
    • Motivos económicos documentados: sinergias, eficiencias, entrada de inversores o separación de actividades.
    • Valoración de los elementos transmitidos y análisis de la rama de actividad, cuando proceda.
    • Cuantificación de la renta diferida y de la ventaja fiscal que la Inspección atribuye a la operación.
    • Comparación con alternativas razonables que no habrían producido el mismo resultado fiscal.

    Regularización parcial: el principio de proporcionalidad

    Una de las cuestiones más relevantes es el alcance de la regularización. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reconocido que la Administración debe limitar su actuación a la ventaja fiscal indebida. No puede eliminar de forma automática todo el diferimiento si parte de la operación responde a motivos económicos.

    Ahí el informe pericial resulta decisivo, porque separa los efectos económicos reales de los efectos puramente fiscales. Desde el asesoramiento jurídico puede ampliarse esta cuestión en el análisis de LRB Tax & Legal sobre el diferimiento fiscal y la proporcionalidad en el FEAC.

    Caso práctico ilustrativo

    Los datos siguientes son un ejemplo ilustrativo, sin relación con ningún contribuyente real. Una sociedad familiar segrega mediante escisión parcial su división inmobiliaria para incorporar un socio financiero. La Inspección sostiene que el único fin fue evitar la tributación de las plusvalías latentes.

    ConceptoPosición de la InspecciónConclusión pericial
    Valor de mercado de la rama segregada4.000.000 €4.000.000 €
    Valor contable1.000.000 €1.000.000 €
    Plusvalía latente3.000.000 € tributables3.000.000 € diferidos, con rama autónoma acreditada
    Cuota al 25 % reclamada750.000 €0 € si se aprecia motivo económico

    En el ejemplo, el informe documenta que la rama contaba con medios propios, ingresos diferenciados y un plan de financiación que exigía separar la actividad. Ese conjunto probatorio desplaza la tesis de la mera ventaja fiscal y permite discutir la liquidación de forma técnica.

    La regularización FEAC en Madrid, Barcelona, Palma y el resto de España

    Las reglas de fondo son estatales, pero la práctica varía según el territorio. En Madrid y Barcelona se concentran las reorganizaciones de grupos con varias sociedades. En Palma de Mallorca e Ibiza son habituales las reestructuraciones de grupos familiares con actividad turística e inmobiliaria.

    En el País Vasco y en Navarra existen regímenes forales propios, con órganos de revisión también propios, como el Tribunal Administrativo de Navarra. En el resto del territorio la reclamación se presenta ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional que corresponda y, después, ante el Tribunal Superior de Justicia. ValiTax emite informes periciales para toda España.

    Procedimiento, plazos y sanciones en la regularización

    Las actuaciones inspectoras duran 18 meses, ampliables a 27, conforme al artículo 150 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. El derecho a liquidar prescribe a los cuatro años. La operación debe haberse comunicado a la Administración en el plazo que fija el artículo 89 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

    Si la Administración acude al conflicto en la aplicación de la norma, regulado en el artículo 15 de la Ley General Tributaria, exige un informe previo favorable de la Comisión consultiva. En ese supuesto no se imponen sanciones y se exigen intereses de demora. Cuando se invoca la simulación del artículo 16, la discusión probatoria es todavía más intensa.

    La doctrina administrativa de la Dirección General de Tributos, accesible en su base de consultas tributarias, ayuda a contrastar criterios. Aun así, cada reestructuración exige prueba propia y un análisis individualizado de sus motivos.

    El valor del informe pericial ante el TEAR y los tribunales

    La Administración es una parte más del procedimiento. Debe motivar su propuesta y justificar que la operación carece de razón económica. Frente a ello, un informe pericial riguroso merece la misma consideración que el criterio de la Inspección y debe valorarse con arreglo a las reglas de la sana crítica.

    La doctrina del TEAC y la jurisprudencia del Tribunal Supremo exigen una motivación concreta, que no se limite a describir el ahorro fiscal. Si el contribuyente acredita razones económicas verificables, la presunción de abuso pierde fuerza. Cuanto antes se elabore el informe, mayor es su utilidad estratégica.

    Conclusión: probar la razón económica antes de la comprobación

    La regularización FEAC se discute con hechos, cifras y coherencia temporal. El mejor momento para reunir esa prueba es antes de la operación, o en cuanto se recibe el primer requerimiento. Un perito judicial y un asesor fiscal pueden coordinar una defensa completa y bien documentada.

    Si se desea completar el análisis con la acreditación de la rama de actividad, puede consultarse nuestro artículo sobre la cláusula antiabuso del FEAC. Para estudiar la prueba de la verdadera naturaleza de los negocios jurídicos, véase el análisis de la aplicación del artículo 15 de la LGT.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es la regularización de una operación FEAC?

    Es la liquidación mediante la cual la AEAT deja sin efecto, total o parcialmente, el régimen de neutralidad fiscal de una fusión, escisión o aportación porque entiende que persiguió una ventaja fiscal. El contribuyente puede recurrirla y aportar prueba de los motivos económicos.

    ¿Qué se entiende por motivo económico válido?

    Es una razón empresarial real, distinta del ahorro fiscal, como la reestructuración o la racionalización de las actividades. Puede ser la entrada de un inversor, la separación de riesgos o la reducción de costes. Debe poder demostrarse con documentación y cifras verificables.

    ¿Puede el perito acreditar el motivo económico de una reestructuración?

    Sí, al analizar con datos la situación previa y posterior, el ahorro de costes, la financiación obtenida y la autonomía de la actividad transmitida. El informe no vincula a la Administración, pero constituye una prueba técnica que debe valorarse con rigor ante el TEAR o el juez.

    ¿Se imponen sanciones si se regulariza por ventaja fiscal?

    Depende del fundamento. Si la Administración aplica el conflicto en la aplicación de la norma, no se imponen sanciones y se exigen intereses. Si invoca simulación u otra infracción, puede abrir un procedimiento sancionador, que debe motivarse de forma específica y permite alegar interpretación razonable.

    ¿Cuándo conviene encargar el informe pericial?

    Conviene encargarlo antes de ejecutar la operación o, como tarde, al recibir el primer requerimiento. Así se documentan los motivos con datos contemporáneos y se evita reconstruirlos años después, cuando la prueba es más difícil de obtener y la Inspección ya ha fijado su tesis.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.