Peritaje en el sector tecnológico y software: I+D+i, Patent Box y SaaS ante la AEAT

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Peritaje en el sector tecnológico: I+D+i, SaaS y Patent Box

El sector tecnológico y de software es el que mayor potencial tiene de aprovechar los incentivos fiscales del IS español: la deducción por I+D+i (hasta el 42% de los gastos de desarrollo tecnológico), el Patent Box sobre rentas de software protegido por derechos de autor, y la Ley de Startups con sus incentivos específicos para empresas emergentes. Sin embargo, también es uno de los sectores más inspeccionados: la AEAT cuestiona si el software desarrollado cumple realmente los requisitos de novedad e incertidumbre técnica que exige la deducción por I+D+i, y si las rentas por licencias de software califican para el Patent Box como rentas de derechos de autor sobre programas informáticos.

Software como I+D: los criterios técnicos que exige la AEAT

El Tribunal Supremo y la DGT han establecido que el software puede calificar como I+D cuando su desarrollo implica incertidumbre técnica genuina: cuando no es posible determinar a priori si el objetivo técnico es alcanzable con el conocimiento disponible. El desarrollo de software rutinario (actualización de versiones existentes, adaptación a nuevas plataformas, corrección de errores) no califica como I+D. El informe pericial analiza cada proyecto de software evaluando: el estado del arte al inicio del proyecto, la naturaleza de los problemas técnicos no resueltos que el equipo debía superar, y la evidencia de que el resultado no era predeterminable al inicio. Esta distinción técnica es la clave de toda inspección de I+D+i tecnológica.

El Patent Box en software: la protección por derechos de autor

El software desarrollado por una empresa española está protegido automáticamente por derechos de autor desde su creación, sin necesidad de registro. Las rentas derivadas de la cesión del uso de ese software (licencias SaaS, royalties, ventas de licencias perpetuas) pueden acogerse al Patent Box del artículo 23 LIS con una reducción del 60% de la base imponible. El informe pericial acredita: que el software cumple los requisitos técnicos de originalidad exigidos por la LPI, que la empresa ha desarrollado el software con sus propios recursos (el nexo OCDE), y que los ingresos se derivan efectivamente de la cesión de derechos sobre ese software específico. En ValiTax elaboramos informes periciales especializados en fiscalidad tecnológica coordinados con LRB Tax & Legal, expertos en I+D+i, Patent Box y Ley de Startups. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.