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  • Valoración de academia de idiomas Madrid: qué mira el perito

    Valoración de academia de idiomas Madrid: qué mira el perito

    La valoración de academia de idiomas Madrid se calcula combinando la capacidad de generar caja futura con la calidad de su base de alumnos: ingresos recurrentes, retención, matrículas, contratos del profesorado y posibles contingencias. No existe un múltiplo único. El perito elige el método según el negocio y documenta cada hipótesis para que el precio sea defendible.

    Qué se valora realmente en una academia de idiomas

    Una academia de idiomas no vende metros cuadrados ni mobiliario. Vende una corriente de alumnos que repiten curso, una marca local y un equipo docente que sostiene la calidad. Por eso el valor está en los flujos futuros y no en el balance.

    En Madrid, la competencia es intensa y el alquiler del local pesa mucho en la cuenta de resultados. Dos academias con la misma facturación pueden valer cifras muy distintas si una tiene contratos de alquiler estables y la otra depende de un local sin renovar.

    El perito separa tres planos. El primero es el negocio operativo, que genera EBITDA (resultado antes de intereses, impuestos y amortizaciones). El segundo son los activos no operativos, como tesorería sobrante o inmuebles propios. El tercero es la deuda financiera y las contingencias, que se restan del valor del negocio para llegar al precio de las participaciones.

    Base legal y fiscal de la valoración

    La compraventa de una academia entre particulares se rige por la libertad de pacto. El precio lo fijan comprador y vendedor. Aun así, la valoración tiene consecuencias fiscales que obligan a justificar el importe.

    Si el vendedor es una persona física que transmite participaciones no cotizadas, el artículo 37.1.b de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF toma como referencia el mayor entre el valor teórico contable y la capitalización al 20 % del promedio de resultados de tres ejercicios, o el precio pactado si fuera superior. Esa regla actúa como suelo para calcular la ganancia patrimonial.

    Si vende una sociedad holding, puede aplicarse la exención parcial de dividendos y plusvalías prevista en el artículo 21 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, siempre que se cumplan sus requisitos de participación y permanencia. La estructura de la venta cambia el precio neto que recibe el socio.

    Valoración de academia de idiomas Madrid: datos que necesita el perito

    Una valoración sólida parte de documentación completa. Cuanto más ordenada esté, menos descuentos aplicará el comprador por incertidumbre. Los datos mínimos son los siguientes.

    • Cuentas anuales y balances de sumas y saldos de los últimos tres a cinco ejercicios, con el detalle mensual del último año.
    • Listado de alumnos por curso, nivel, modalidad y antigüedad, con las bajas y renovaciones de cada trimestre.
    • Ingresos por matrículas, cuotas mensuales, cursos intensivos, preparación de exámenes oficiales y clases corporativas.
    • Contratos de profesores, tipo de relación laboral o mercantil, antigüedad, convenio aplicable y horas contratadas.
    • Contrato de alquiler del local, duración, renta, cláusulas de actualización y posibilidad de cesión.
    • Autorizaciones, convenios con empresas, acuerdos con editoriales o certificadoras y licencias de marca.

    El perito contrasta esas cifras con los modelos fiscales y la Seguridad Social. Si la facturación declarada no encaja con el número de alumnos, la valoración se detiene hasta aclararlo.

    Cómo se calcula el valor: métricas que mueven el precio

    En academias, las métricas operativas explican más que los ratios contables. Las más relevantes son la retención de alumnos, el ingreso medio por alumno, la ocupación de aulas y la dependencia de pocos profesores o clientes corporativos.

    El método más habitual combina dos enfoques. Primero se descuentan los flujos de caja futuros (DCF) con una tasa que refleje el riesgo del negocio. Después se contrasta el resultado con múltiplos de EBITDA observados en operaciones comparables. Si ambos resultados se alejan, el perito revisa las hipótesis hasta entender la diferencia.

    El EBITDA debe normalizarse antes de aplicar cualquier múltiplo. Se ajustan la retribución del propietario si no es de mercado, los gastos extraordinarios, las rentas de alquiler cobradas o pagadas a partes vinculadas y los ingresos no recurrentes de un año excepcional.

    Procedimiento y plazos habituales

    El encargo suele seguir cinco pasos. Los plazos dependen de la calidad de la información que aporte la academia.

    1. Alcance y finalidad. Se define si el informe sirve para vender, negociar con un socio, resolver un conflicto o justificar el precio ante Hacienda.
    2. Entrega de documentación. La academia remite cuentas, listados y contratos. Es la fase que más retrasa el trabajo.
    3. Análisis y normalización. El perito depura el EBITDA, revisa contingencias laborales y fiscales y construye el modelo.
    4. Cálculo y rango de valor. Se obtiene un valor central y un rango, no una cifra cerrada sin matices.
    5. Informe y aclaraciones. Se entrega el documento firmado y se atienden las preguntas del comprador o del tribunal.

    Como orientación, un encargo con documentación ordenada puede cerrarse en unas semanas. Si falta información, el calendario se alarga y conviene avisar al comprador.

    Caso práctico ilustrativo

    Imagine una academia en Madrid con tres sedes pequeñas, un EBITDA normalizado y una alta proporción de alumnos que renuevan cada año. El siguiente cuadro resume cómo cambia la lectura del valor según las circunstancias. Las cifras y rangos son meramente ilustrativos y no constituyen referencias de mercado.

    CircunstanciaEfecto sobre el valorMotivo
    Retención alta y estableTiende a elevar el múltiploIngresos más previsibles
    Dependencia del propietarioTiende a reducirloRiesgo de fuga de alumnos tras la venta
    Alquiler cercano a vencerDescuento por riesgoIncertidumbre sobre el local
    Profesores sin contrato adecuadoAjuste del precioContingencia laboral latente
    Cursos corporativos recurrentesMejora la calidad del ingresoMenor volatilidad de la demanda

    La conclusión del caso es que el precio no sale de aplicar un número al EBITDA. Sale de explicar por qué esa academia es más o menos arriesgada que otra comparable.

    Riesgos que reducen el valor de la academia

    Algunos errores se repiten en las ventas de academias y tienen un coste directo en el precio.

    • Ingresos mal reconocidos. Matrículas cobradas por adelantado que se imputan todas al mismo ejercicio distorsionan el EBITDA.
    • Profesores falsos autónomos. Si la relación es laboral en la práctica, el comprador exigirá una garantía o un descuento.
    • IVA de la enseñanza. La exención de la actividad docente depende de los requisitos de cada curso. Una calificación errónea genera contingencias en el IVA.
    • Caja inflada o deuda oculta. Las cuotas cobradas por anticipado son una obligación de servicio y no deberían contarse como tesorería libre.

    Criterios técnicos que respaldan el informe

    Un informe pericial de valoración gana fuerza cuando el método es transparente y reproducible. Los tribunales y la Administración valoran que el perito explique la tasa de descuento, la fuente de los comparables y las hipótesis de crecimiento.

    Si el informe se aporta a un procedimiento, el perito debe actuar con objetividad e imparcialidad, como exige la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Para entender cómo se fundamentan los flujos y la tasa, puede consultar nuestro análisis sobre el método DCF y sus hipótesis.

    Cuando el precio de venta se discute con Hacienda, el respaldo pericial resulta clave. Lo explicamos en el artículo sobre el precio de venta de participaciones con informe pericial.

    Conclusión

    El valor de una academia de idiomas en Madrid depende de la recurrencia de sus alumnos, de la limpieza de su documentación y de los riesgos que el comprador pueda identificar. Preparar la información antes de salir al mercado reduce descuentos y acorta la negociación.

    Si valora vender o abrir el capital, conviene revisar primero las contingencias del negocio con asesoramiento específico, como el que LRB presta a academias y centros de formación, y después encargar la valoración.

    Autor: Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal.

    Nota: este contenido es meramente informativo, no constituye asesoramiento ni sustituye a un informe pericial. Cada valoración exige analizar la documentación concreta del negocio.

    ¿Cuánto vale una academia de idiomas en Madrid?

    Depende de su EBITDA normalizado, de la retención de alumnos y de los riesgos del local y del personal. No existe una cifra estándar. El perito calcula un rango con flujos descontados y lo contrasta con operaciones comparables antes de proponer un valor central.

    ¿Se vende una academia por múltiplo de EBITDA?

    Es una referencia habitual, pero no la única. El múltiplo se aplica sobre un EBITDA normalizado y se contrasta con el descuento de flujos de caja. Un múltiplo sin ajustes ni comparables documentados no resiste una negociación seria ni una revisión fiscal.

    ¿Qué documentos hacen falta para valorar una academia?

    Se necesitan las cuentas de varios ejercicios, el listado de alumnos con altas y bajas, los contratos de profesores y el contrato de alquiler. También conviene aportar los convenios con empresas y las autorizaciones. Con esa base el perito puede normalizar el resultado y estimar el riesgo.

    ¿Cuánto tarda una valoración de academia de idiomas?

    Con documentación ordenada, suele cerrarse en unas semanas. El factor que más retrasa el trabajo es la entrega de información incompleta. Si hay contingencias laborales o fiscales por aclarar, el plazo aumenta y conviene comunicarlo al comprador desde el principio.

    ¿Tributa la venta de una academia de idiomas?

    Sí, la venta genera una ganancia que tributa según quién transmita. Una persona física declara una ganancia patrimonial en el IRPF. Una sociedad la integra en el Impuesto sobre Sociedades, con posible exención parcial si cumple los requisitos legales. La estructura de la operación influye en el resultado neto.

  • Cláusula renta variable centro comercial Sevilla: claves

    Cláusula renta variable centro comercial Sevilla: claves

    La cláusula renta variable centro comercial Sevilla obliga al arrendatario a pagar un porcentaje de sus ventas, casi siempre con una renta mínima garantizada. Lo decisivo es cómo define el contrato las ventas, qué datos debe entregar el inquilino y cuándo puede el arrendador comprobarlos. Este artículo analiza esos elementos y los errores de redacción más frecuentes.

    En Sevilla conviven los centros comerciales con locales de calle en zonas turísticas. Allí, Semana Santa y la Feria de Abril concentran buena parte de la facturación anual. Esa estacionalidad hace que una definición imprecisa de las ventas se traduzca en diferencias de renta muy relevantes.

    Cláusula renta variable centro comercial Sevilla: concepto y base legal

    La renta variable vincula el precio del alquiler al rendimiento del negocio. El arrendador participa así en las ventas del local, y el arrendatario paga más cuando vende más. Es una fórmula habitual en centros comerciales porque alinea los intereses de ambas partes.

    El arrendamiento de un local es un arrendamiento para uso distinto del de vivienda. El artículo 4.3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos lo somete a la voluntad de las partes. Solo en su defecto se aplica el título III de esa ley y, supletoriamente, el Código Civil.

    Por eso el contenido de la cláusula es decisivo. El Código Civil reconoce la libertad de pactos en el artículo 1255. Además, el artículo 1258 exige cumplir los contratos conforme a la buena fe. Lo que no se pacta con claridad se discute después.

    Renta mínima garantizada y porcentaje sobre ventas

    El esquema más extendido combina dos magnitudes: una renta mínima garantizada y un porcentaje sobre las ventas. Existen dos mecánicas distintas y conviene identificar cuál recoge el contrato.

    MecánicaCómo funcionaEfecto práctico
    Mayor de las dosSe paga el importe más alto entre la renta mínima y el porcentaje sobre ventasEl mínimo protege al arrendador cuando las ventas son bajas
    Mínimo más variableSe paga una renta fija y, además, un porcentaje sobre las ventas que superen un umbralEl arrendador participa solo en el exceso de ventas
    Porcentajes escalonadosEl porcentaje cambia por tramos de ventasExige calcular cada tramo y fijar el periodo de medición

    La diferencia entre las dos primeras mecánicas es sustancial. Con la fórmula del mayor importe, el arrendatario que declara ventas bajas puede no pagar nada sobre el mínimo. Ahí aparece el incentivo a infradeclarar.

    Qué debe definir la cláusula para evitar conflictos

    Una buena cláusula responde por escrito a todas las preguntas que luego generan litigios. Estos son los puntos que conviene revisar antes de firmar o renegociar:

    • Concepto de ventas: brutas o netas, con o sin IVA, con o sin propinas y con o sin recargos por servicio.
    • Deducciones admitidas: devoluciones, descuentos, vales regalo no canjeados y ventas anuladas, con su forma de acreditación.
    • Canales incluidos: ventas en tienda, venta online recogida en el local, entregas a domicilio y terminales de pago externos.
    • Periodo de liquidación: mensual, trimestral o anual, y plazo para regularizar.
    • Información obligatoria: qué documentos entrega el arrendatario, con qué periodicidad y con qué certificación.
    • Derecho de comprobación: quién puede auditar, con qué preaviso, a cargo de quién y con qué consecuencias si hay desviaciones.
    • Intereses y penalizaciones: por retraso en el pago o por diferencias superiores a un porcentaje pactado.

    Ventas brutas y ventas netas: la diferencia en euros

    El IVA no forma parte del precio de venta que el comercio retiene, por lo que muchos contratos lo excluyen. La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido regula ese impuesto, pero no dice cómo debe computarse en la renta. Esa decisión corresponde al contrato.

    Si el texto habla de «ventas» sin más, la interpretación queda abierta. Un tique de 121 euros contiene 100 euros de base y 21 de IVA. Aplicar el porcentaje a una u otra cifra cambia la renta en más de un quinto.

    Procedimiento de liquidación y plazos

    1. Declaración de ventas: el arrendatario comunica sus ventas del periodo en el plazo pactado.
    2. Cálculo de la renta: se aplica la mecánica del contrato y se compara con la renta mínima.
    3. Facturación y pago: el arrendador factura la diferencia o el arrendatario abona el importe resultante.
    4. Revisión anual: se concilian las liquidaciones del ejercicio con las ventas certificadas.
    5. Reclamación: si hay discrepancias, se requiere documentación o se encarga una comprobación pericial.

    El tiempo corre en contra de quien no reclama. El artículo 1966 del Código Civil fija en cinco años el plazo para reclamar las rentas, y el artículo 1973 permite interrumpirlo con una reclamación extrajudicial. Conviene documentar cada requerimiento.

    Caso práctico con cifras ilustrativas

    Ejemplo ilustrativo, con cifras inventadas. Un contrato en un local de Sevilla fija una renta mínima de 36.000 euros anuales o, si es mayor, el 7 % de las ventas netas sin IVA. El arrendatario declara 500.000 euros de ventas netas.

    ConceptoVentas netas7 % sobre ventasRenta devengada
    Ventas declaradas500.000 €35.000 €36.000 € (mínimo)
    Ventas comprobadas560.000 €39.200 €39.200 €
    Diferencia60.000 €4.200 €3.200 €

    Con las ventas declaradas, el porcentaje queda por debajo del mínimo y el arrendador cobra solo 36.000 euros. La comprobación revela 60.000 euros de ventas no declaradas, de modo que la renta correcta sube a 39.200 euros. La diferencia de 3.200 euros se reclamaría con sus intereses.

    El ejemplo muestra que la renta mínima puede ocultar una infradeclaración. Mientras el porcentaje no supere el mínimo, el arrendador no percibe el efecto en su cobro, aunque sí lo perderá cuando el negocio crezca.

    Riesgos habituales de una cláusula mal redactada

    • Definición abierta de ventas: deja sin respuesta el tratamiento de IVA, devoluciones y vales.
    • Falta de derecho de comprobación: obliga a litigar para conseguir datos que debían entregarse.
    • Información sin certificar: declaraciones del propio arrendatario sin respaldo contable.
    • Periodos poco claros: ejercicios que no coinciden con el año natural o con el fiscal.
    • Sin consecuencias pactadas: ni intereses ni penalización por desviaciones relevantes.

    Criterios de interpretación y jurisprudencia

    Cuando la cláusula es dudosa, los tribunales aplican las reglas de interpretación del Código Civil. El artículo 1281 da prioridad al sentido literal si los términos son claros, y el artículo 1285 exige interpretar las cláusulas unas por otras. El artículo 1288 impide que la oscuridad beneficie a quien la causó.

    No citamos sentencias concretas, porque su alcance depende de la redacción de cada contrato y de la prueba practicada. En la práctica, pesan más la literalidad de la definición de ventas y los datos contables que cualquier criterio general.

    Para contrastar los datos, conviene conocer cómo se plantea el informe pericial de renta variable en un centro comercial. También resulta útil la particularidad de la estacionalidad en los locales de Palma. Si la redacción del contrato admite mejoras, una revisión mediante informes jurídicos y tributarios con visado pericial ayuda a cerrar los puntos abiertos.

    Conclusión

    Una cláusula renta variable centro comercial Sevilla funciona bien cuando define las ventas con precisión, regula la información y prevé la comprobación. Antes de firmar o de renovar, conviene revisar esos tres puntos y comprobar si el mínimo garantizado puede estar compensando una declaración incompleta. Si existen dudas, un análisis técnico previo evita un conflicto posterior.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es una cláusula de renta variable en un centro comercial?

    Es la cláusula que fija una renta ligada a las ventas del local, normalmente un porcentaje sobre la facturación con una renta mínima garantizada. Su contenido depende de lo pactado, porque el artículo 4.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos deja estos contratos a la voluntad de las partes.

    ¿Las ventas incluyen el IVA a efectos de la renta variable?

    Depende del contrato. La ley del IVA no regula cómo se calcula la renta, así que la cláusula debe decirlo expresamente. Si no lo hace, la interpretación queda abierta. La diferencia entre aplicar el porcentaje con o sin IVA puede superar el veinte por ciento.

    ¿Qué ocurre si las ventas no alcanzan la renta mínima?

    El arrendatario paga la renta mínima garantizada, si el contrato prevé que se abone el mayor de los dos importes. El porcentaje sobre ventas solo se devenga en la parte que supere el mínimo, salvo que el contrato pacte otra mecánica.

    ¿Puede el arrendador comprobar las ventas del arrendatario?

    Sí, si el contrato reconoce ese derecho o prevé la entrega de información. Sin una cláusula expresa, el arrendador puede apoyarse en la buena fe del artículo 1258 del Código Civil. Su alcance será más difícil de exigir.

    ¿Cuánto tiempo hay para reclamar diferencias de renta?

    Las rentas prescriben a los cinco años según el artículo 1966 del Código Civil. Una reclamación extrajudicial interrumpe ese plazo, por lo que conviene reclamar por escrito y conservar la prueba de la recepción.

    Contenido informativo, elaborado por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal. No sustituye el asesoramiento jurídico o fiscal individualizado. Las cifras de los ejemplos son ilustrativas.

  • Peritaje fiscal hotelero: IVA, reformas e impuesto turístico

    Peritaje fiscal hotelero: IVA, reformas e impuesto turístico

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El peritaje fiscal hotelero permite acreditar ante la Administración cómo tributan los ingresos, las reformas y los impuestos turísticos de un establecimiento. Se apoya en documentos, contratos y cálculos verificables, no en meras alegaciones, y resulta útil cuando la AEAT cuestiona la calificación de una operación.

    Un hotel combina ingresos de varias fuentes: clientes directos, touroperadores, agencias y plataformas de reserva. Cada canal tiene un tratamiento distinto en el IVA, en las retenciones y en el momento del devengo. Además, las obras de reforma plantean la duda clásica entre gasto y activo. Un informe pericial bien fundado ordena todo ello como prueba reconocida, que merece la misma consideración que cualquier otra aportada al procedimiento.

    La Administración es una parte más en el procedimiento. Su criterio no goza de una presunción de acierto que desplace a la prueba del contribuyente. Cuando el contribuyente documenta su posición con rigor técnico, el órgano que resuelve debe valorarla de forma motivada y en igualdad de condiciones.

    Por qué el sector turístico concentra las contingencias

    El sector turístico reúne operaciones de alto volumen, facturación a través de intermediarios y fuertes estacionalidades. Esa combinación genera diferencias entre lo facturado, lo cobrado y lo declarado. Los cruces de información entre plataformas, entidades de pago y Administración hacen que esas diferencias afloren con facilidad.

    Los puntos más sensibles suelen ser cuatro. El primero es el IVA repercutido en la contratación con touroperadores. El segundo es el tratamiento de las comisiones de las plataformas de reserva. El tercero es la activación de las obras de reforma. El cuarto es el impuesto turístico autonómico, donde el hotelero actúa como obligado en nombre del cliente.

    IVA y retenciones en la contratación con touroperadores

    El hotelero que cede plazas a un touroperador suele pactar un cupo de habitaciones o un precio neto. Lo primero es identificar quién presta el servicio de hospedaje al cliente final y quién actúa como intermediario. De esa calificación depende la factura, el IVA repercutido y la deducibilidad de las cuotas soportadas.

    Las agencias de viajes que actúan en nombre propio aplican un régimen especial, regulado en los artículos 141 a 147 de la Ley del IVA. Para verlo desde la óptica de la agencia, puede leer el análisis del régimen de IVA de agencias de viajes de LRB Tax & Legal.

    En cuanto a las retenciones, los pagos del touroperador al hotel por servicios de hospedaje no suelen estar sometidos a retención. Distinto es el caso de los arrendamientos de inmuebles entre sociedades vinculadas, donde la explotadora paga una renta a la propietaria. Ahí debe revisarse si procede retención y si la renta responde a condiciones de mercado.

    Qué revisa el perito en esta operativa

    • Contratos con touroperadores: cupos, precios netos, comisiones y condiciones de cancelación.
    • Facturación: sujeto que factura, base imponible, tipo aplicado y fecha de devengo.
    • Deducibilidad de las cuotas soportadas vinculadas a cada ingreso.
    • Rentas pagadas entre sociedades vinculadas y su valor de mercado.

    Ingresos de plataformas de reserva en línea

    Las plataformas de reserva cobran una comisión al establecimiento y, en muchos casos, liquidan el importe neto. El hotelero debe reconocer el ingreso íntegro y registrar la comisión como gasto. Contabilizar solo el neto distorsiona la cifra de negocios y complica el cruce con la información que recibe la Administración.

    Si la plataforma está establecida en otro Estado, el servicio de intermediación se localiza en el lugar donde está establecido el destinatario empresario. Para el hotel español, esto suele implicar una inversión del sujeto pasivo y su declaración en los modelos que correspondan. Conviene comprobar cada factura, porque los errores en este punto son frecuentes. El mismo cruce de datos afecta al informe pericial de alquiler turístico.

    También debe fijarse el momento del devengo. El ingreso se imputa cuando se presta el servicio, no cuando la plataforma abona el importe. Las reservas con estancia en un ejercicio y cobro en otro exigen una periodificación coherente. El informe pericial puede reconstruirla con los extractos y los registros de ocupación.

    Activación y amortización de reformas hoteleras

    Las reformas son una fuente habitual de discusión. La regla general distingue entre reparación y conservación, que se deducen como gasto del ejercicio, y ampliación o mejora, que se activan y se amortizan. La diferencia está en si la obra aumenta la capacidad, la productividad o la vida útil del elemento.

    En un hotel, una renovación integral de habitaciones puede combinar ambos conceptos. Sustituir mobiliario deteriorado se acerca a la reposición. Reconfigurar habitaciones para ganar categoría o aumentar plazas se acerca a la mejora. Separar cada partida exige facturas detalladas, memorias técnicas y un criterio contable homogéneo.

    La amortización se calcula con las tablas oficiales del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aplicadas al valor activado. Cuando la AEAT recalifica una obra como activo, regulariza el exceso de gasto deducido. El perito reconstruye el expediente y expone la naturaleza de cada partida, con soporte documental.

    Partida (ejemplo ilustrativo)Tratamiento a analizarPrueba habitual
    Pintura y reposición de mobiliarioGasto del ejercicio por conservaciónFacturas y fotografías previas
    Reconfiguración de habitacionesMejora que se activa y se amortizaProyecto técnico y licencia
    Instalación de climatización nuevaActivo con su propio plan de amortizaciónFacturas y ficha de instalación

    Cuadro meramente ilustrativo; la calificación de cada obra depende de sus circunstancias concretas.

    Peritaje fiscal hotelero en Baleares, Canarias y Cataluña

    El impuesto turístico varía según el territorio, por lo que el hotelero debe identificar la norma aplicable en cada establecimiento. En las Illes Balears rige la Ley 2/2016, de 30 de marzo. El contribuyente es la persona que se aloja, y el sustituto es el titular de la empresa que explota el establecimiento.

    En Baleares, el sustituto exige el impuesto al cliente y presenta las autoliquidaciones, con los modelos 700, 790 y 702 según el método. La Agencia Tributaria de las Illes Balears publica un manual informativo con los plazos y las obligaciones formales.

    En Cataluña, el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos figura en el capítulo VI de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Sus artículos 29 y 30 regulan al contribuyente y al sustituto. Un hotel de Barcelona o de la Costa Brava debe aplicar esa regulación y sus desarrollos.

    Canarias, por el contrario, no cuenta con un impuesto autonómico general equivalente a fecha de redacción de este artículo. Los hoteleros de Tenerife o Gran Canaria deben analizar, caso por caso, cualquier exacción local que se les plantee antes de repercutirla o abonarla.

    Un establecimiento en Palma de Mallorca y otro en Madrid tributan de forma distinta por este concepto, aunque pertenezcan al mismo grupo. ValiTax actúa en todo el territorio nacional y adapta el informe pericial a la normativa autonómica de cada establecimiento.

    Cuándo conviene encargar un informe pericial

    Un informe pericial resulta especialmente útil en tres momentos. El primero es la fase de comprobación, cuando la AEAT requiere documentación sobre ingresos y gastos. El segundo es la reclamación económico-administrativa o el recurso contencioso, donde la prueba técnica sirve para acreditar hechos complejos. El tercero es la planificación previa de una reforma importante.

    El informe debe explicar la metodología, citar la documentación utilizada y limitar sus conclusiones a lo que los datos permiten afirmar. No promete resultados. Ofrece al órgano revisor una valoración técnica independiente, que debe ser considerada con el mismo rigor que los informes de la propia Administración.

    Un buen expediente incluye contratos, facturas, extractos de las plataformas, libros registro, licencias y declaraciones tributarias. Cuanto antes se ordene ese material, más sólido será el informe y menor la necesidad de reconstruir hechos a posteriori.

    Conclusión

    El peritaje fiscal hotelero traduce operaciones complejas en un relato técnico verificable. Abarca el IVA con touroperadores, las plataformas de reserva, la naturaleza de las reformas y el impuesto turístico de cada territorio. Si necesita una valoración pericial independiente, puede acudir a ValiTax, firma especializada en informes periciales tributarios.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un peritaje fiscal hotelero?

    Es un informe técnico que analiza el tratamiento tributario de los ingresos, gastos e inversiones de un establecimiento hotelero. Se elabora con la documentación del hotel y se presenta como prueba en una comprobación, en una reclamación o en un procedimiento judicial.

    ¿Quién paga el impuesto turístico en Baleares?

    El contribuyente es la persona que se aloja. El sustituto es el titular de la empresa que explota el establecimiento, que debe exigir el impuesto al cliente y presentar las autoliquidaciones periódicas ante la administración tributaria autonómica. Así lo establece la Ley 2/2016, de 30 de marzo, de las Illes Balears.

    ¿Una reforma hotelera es gasto o activo?

    Depende de su naturaleza. La reparación y conservación se deducen como gasto del ejercicio. La ampliación o mejora, que aumenta la capacidad, la productividad o la vida útil, se activa y se amortiza. Cada partida debe analizarse con sus facturas, su memoria técnica y el criterio contable que el hotel aplique de forma homogénea.

    ¿Cómo se tratan las comisiones de plataformas de reserva?

    El hotel debe registrar el ingreso íntegro y la comisión como gasto. Si la plataforma está establecida en otro Estado, suele aplicarse la inversión del sujeto pasivo en el IVA. Conviene revisar factura por factura y conciliar los abonos con los extractos bancarios, porque los errores de calificación son frecuentes.

    ¿Cuándo conviene contratar un informe pericial?

    Es recomendable cuando la AEAT inicia una comprobación, ante una reclamación o un recurso, o antes de acometer una reforma de calado. Un informe previo ordena la documentación, identifica los puntos débiles y permite defender con rigor la calificación fiscal elegida, sin prometer un resultado concreto.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Residencia fiscal de influencers: prueba pericial y AEAT

    Residencia fiscal de influencers: prueba pericial y AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    La residencia fiscal de influencers se prueba con hechos objetivos: días de estancia, centro de intereses económicos y vínculos familiares. Un informe pericial ordena esas evidencias, aplica los criterios del artículo 9 de la Ley del IRPF y permite defender ante la AEAT, el TEAR o el juez que el creador reside donde dice residir.

    Por qué se revisa la residencia fiscal de influencers

    Las directrices del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026, aprobadas por la Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de la AEAT, prestan atención a los nuevos modelos de negocio surgidos en torno a las redes sociales. Los creadores de contenido son un ejemplo evidente: sus ingresos proceden de marcas, agencias y plataformas de varios países, y su actividad se desarrolla desde cualquier lugar.

    Esa movilidad genera una pregunta recurrente: si el creador se traslada a otro país, ¿deja de tributar en España? La respuesta depende de pruebas, no de declaraciones. Quien sostiene que ha dejado de ser residente debe acreditarlo, y la Administración puede contraponer sus propios indicios. En ese terreno, la residencia fiscal de influencers se convierte en una cuestión técnica de prueba, y no solo en una cuestión jurídica.

    Criterios legales de la residencia fiscal de influencers

    El artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, considera residente en España a quien cumple alguno de estos criterios, sin orden de prioridad:

    • Permanencia: más de 183 días en territorio español durante el año natural. Las ausencias esporádicas se computan como estancia salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país.
    • Centro de intereses económicos: la base principal de las actividades o intereses económicos del contribuyente radica en España, de forma directa o indirecta.
    • Presunción familiar: se presume la residencia cuando residen habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores dependientes, salvo prueba en contrario.

    La guía práctica de la AEAT sobre residencia habitual recoge además el modo en que el TEAC cuenta los días: distingue los días acreditados, los presuntos entre dos días acreditados y las ausencias esporádicas. Un certificado de residencia emitido por otro Estado ayuda con el criterio de permanencia, pero no neutraliza por sí solo el centro de intereses ni la presunción familiar.

    El artículo 10.2 de la misma ley establece una regla especial para los españoles que trasladan su residencia a jurisdicciones calificadas como paraísos fiscales, hoy denominadas jurisdicciones no cooperativas: siguen siendo contribuyentes por el IRPF en el año del cambio y durante los cuatro siguientes.

    Qué aporta el informe pericial sobre residencia

    El perito no sustituye la argumentación jurídica; la alimenta con datos. Su trabajo suele estructurarse en cuatro bloques:

    1. Cómputo de días: reconstruye un calendario anual con evidencias independientes (billetes, registros de entrada y salida, contratos de alquiler, suministros, facturas de gastos y publicaciones fechadas).
    2. Centro de intereses económicos: identifica dónde se genera y se gestiona la renta, qué sociedades intervienen y desde qué lugar se toman las decisiones del negocio.
    3. Vínculos personales: analiza la vivienda, la escolarización de los hijos, la residencia del cónyuge y los demás factores que la Inspección valorará en conjunto.
    4. Cuantificación del riesgo: calcula el efecto de una eventual recalificación como residente, es decir, la tributación por la renta mundial.

    Ejemplo ilustrativo de cómputo de días

    Las cifras son ejemplos. Un creador con 365 días de calendario aporta evidencias que permiten clasificarlos así:

    ClasificaciónDías
    Días acreditados en España125
    Días acreditados en el extranjero180
    Días sin evidencia suficiente60

    Sin un certificado de residencia fiscal en otro país, los 60 días dudosos podrían computarse como estancia en España, con un total de 185, por encima del umbral de 183. Con certificado y con prueba adicional que demuestre dónde se encontraba el creador esos días, el cómputo baja de 183. La diferencia entre residir o no en España depende, en este supuesto, de unos pocos días bien documentados.

    Ingresos, plataformas y DAC7

    La residencia determina cuánto se tributa, pero la Administración también contrasta ingresos. El Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, y la Orden HAC/72/2024, de 1 de febrero, desarrollaron en España la Directiva (UE) 2021/514 (DAC7) y el modelo 238, con el que las plataformas digitales comunican a la AEAT la información de los vendedores que operan a través de ellas. Cuando un creador vende productos o presta servicios mediante una plataforma obligada a informar, esos datos llegan a la Administración. Las campañas pagadas directamente por una marca a través de una agencia siguen otra vía de control, como las facturas y los modelos informativos de operaciones con terceros.

    El informe pericial concilia ambas fuentes: ingresos declarados, ingresos informados por plataformas, cobros en especie y gastos vinculados a la actividad. Si el creador ha sido residente en España durante parte del año, el perito delimita con criterio qué rentas corresponden a ese periodo.

    Residencia fiscal de influencers en Madrid, Barcelona, Palma y Canarias

    Muchos creadores establecen su base en Madrid, Barcelona, Valencia o Palma de Mallorca, y algunos se plantean trasladarse a Canarias. Conviene precisarlo: cambiar de comunidad autónoma no altera la residencia fiscal en España. Lo que cambia es la normativa autonómica aplicable y, en el caso de Canarias, el régimen indirecto, con IGIC en lugar de IVA.

    Si la AEAT regulariza, el contribuyente puede reclamar ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional que corresponda a su domicilio y, después, acudir al Tribunal Superior de Justicia de su comunidad (el de Madrid, el de Cataluña, el de Illes Balears o el de Canarias, con sedes en Las Palmas de Gran Canaria y en Santa Cruz de Tenerife). Si el caso se discute en Navarra o en el País Vasco, los tributos concertados o convenidos se rigen por su propio régimen foral y por sus órganos de revisión.

    Valor probatorio del informe pericial

    La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, atribuye la carga de probar los hechos constitutivos de su derecho a quien lo invoca y remite, en materia de medios y valoración de la prueba, al Código Civil y a la Ley de Enjuiciamiento Civil. El dictamen pericial es un medio de prueba reconocido, que se valora con criterios de sana crítica. Su peso aumenta cuando se apoya en documentos verificables, explica el método y responde a los argumentos de la Inspección.

    Conviene recordar que la Administración es una parte más del procedimiento. Su criterio técnico y el del perito de parte son opiniones que el TEAR, el TEAC o el juez deben ponderar con la misma consideración. Para profundizar en el papel del perito, puede consultar el artículo de ValiTax sobre el perito de parte y el perito del juzgado.

    Riesgos si la residencia no queda probada

    • Tributación por renta mundial: el residente declara todas sus rentas, con independencia de dónde se generen.
    • Intereses y sanciones: a la cuota regularizada se suman intereses de demora, y las sanciones por dejar de ingresar parten del 50 % de la cuota, con escalones superiores si se aprecia ocultación o medios fraudulentos (artículos 191 y siguientes de la Ley General Tributaria).
    • Obligaciones de información: el residente asume deberes formales que no tendría como no residente, como los relativos a bienes y derechos en el extranjero.
    • Vía penal: si la cuota defraudada por impuesto y ejercicio supera 120.000 euros, puede existir delito contra la Hacienda Pública.

    La regularización voluntaria con recargos reducidos antes de que la Administración actúe es otra opción, que el equipo de defensa valora según los hechos. El informe pericial sirve también para cuantificar con exactitud esa regularización.

    Cómo plantear el encargo

    Conviene contratar el informe cuando aparece el primer requerimiento o, mejor, antes de trasladar la residencia, para dejar constancia de las evidencias desde el inicio. ValiTax elabora informes periciales sobre residencia fiscal y economía digital para clientes de toda España. Si busca el enfoque jurídico de la defensa, puede consultar la guía de LRB sobre influencers con residencia en el extranjero. También le serán útiles los artículos de ValiTax sobre el peritaje en la economía digital y sobre la valoración en el exit tax.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuántos días hay que estar en España para ser residente fiscal?

    Más de 183 días en el año natural. Pero ese no es el único criterio: también es residente quien tiene en España el centro principal de sus actividades o intereses económicos, y se presume residente quien tiene aquí a su cónyuge no separado y a sus hijos menores dependientes.

    ¿Basta un certificado de residencia de otro país para dejar de tributar en España?

    No basta por sí solo. El certificado ayuda a acreditar el criterio de permanencia, pero no neutraliza el centro de intereses económicos ni la presunción familiar. La Administración valora el conjunto de pruebas, por lo que conviene reunir contratos, suministros, escolarización y calendario de estancias.

    ¿Puede la AEAT usar mis publicaciones en redes sociales como prueba?

    Puede incorporarlas al expediente como indicio, igual que cualquier otro documento accesible. Su valor depende de que acrediten fechas y lugares con fiabilidad. Un informe pericial contrasta esas publicaciones con billetes, registros y facturas, y explica por qué una imagen concreta no prueba por sí sola dónde estaba el creador.

    ¿Qué ocurre si me trasladé a Canarias o a Baleares?

    Sigue siendo residente fiscal en España quien solo cambia de comunidad autónoma. El traslado no altera la residencia a efectos del IRPF; solo modifica la normativa autonómica aplicable y, en Canarias, el régimen indirecto, con IGIC en lugar de IVA.

    ¿Cuándo conviene encargar el informe pericial de residencia?

    Antes de trasladarse o, como muy tarde, al recibir el primer requerimiento. Con el expediente abierto, el perito puede ordenar las evidencias y presentarlas en el trámite de alegaciones. Si se espera al acta, las pruebas pueden ser ya más difíciles de reconstruir.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Prueba pericial en empresa familiar: actividad y cargos

    Prueba pericial en empresa familiar: actividad y cargos

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    La prueba pericial en empresa familiar sirve para acreditar los dos puntos que más discute la Administración al aplicar la exención en Patrimonio y la reducción del 95 % en Sucesiones y Donaciones: que la sociedad realiza una actividad económica real y que quien dirige percibe una retribución acorde con sus funciones y con el porcentaje que exige la ley.

    Qué se discute cuando se cuestiona una empresa familiar

    La exención del artículo 4.Ocho de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, y la reducción del artículo 20 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, dependen de requisitos que son, ante todo, de hecho. Una sociedad no es empresa familiar a estos efectos por su nombre o su estructura, sino por lo que hace y por quién la dirige.

    Los requisitos de la exención en Patrimonio son, en esencia, los siguientes:

    • La entidad no puede tener como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Se entiende que lo es cuando, durante más de 90 días del ejercicio, más de la mitad del activo son valores o bienes no afectos a actividades económicas.
    • El sujeto pasivo debe poseer al menos el 5 % del capital de forma individual, o el 20 % junto con su cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado.
    • Debe ejercer efectivamente funciones de dirección, y la remuneración por ellas debe superar el 50 % de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal.

    En la práctica, la Administración suele atacar la actividad económica, la efectividad de la dirección o la proporción de la retribución. En los tres casos, la discusión se resuelve con documentación y con cifras ordenadas, y ahí es donde cobra sentido la prueba pericial en empresa familiar.

    Cómo se acredita la actividad económica con un perito

    Cuando la sociedad arrienda inmuebles o gestiona participaciones, la cuestión central es si hay una actividad económica y no una mera gestión patrimonial. El perito analiza los medios materiales y personales de la sociedad, la afectación real de los activos y la composición del balance durante los 90 días relevantes. También examina el organigrama, los contratos laborales y la facturación para determinar si la estructura es la propia de una actividad empresarial.

    En los grupos con holding, el análisis incorpora a las filiales y comprueba que la entidad cabecera realiza funciones de dirección y gestión sobre ellas, con reglas específicas que conviene revisar caso a caso. El informe no sustituye la calificación jurídica, pero ordena los datos sobre los que esa calificación se apoya.

    Retribución y funciones de dirección: lo que mide la pericia

    El requisito de la retribución tiene dos vertientes: que las funciones de dirección sean efectivas, y que la remuneración supere el 50 % de los rendimientos de actividades y trabajo del sujeto. Un informe pericial bien construido incluye:

    1. El cálculo de la proporción entre la remuneración por dirección y el total de rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.
    2. La verificación de que la retribución consta en estatutos, acuerdos o contratos y se ha pagado y tributado correctamente.
    3. El contraste con la remuneración de mercado para funciones comparables, para evitar que se cuestione por insuficiente o por excesiva.
    4. La acreditación de la dedicación efectiva: agenda, firma de operaciones, reuniones, decisiones documentadas.

    Cuando la participación se posee con familiares, las funciones de dirección y la remuneración deben cumplirse, al menos, en una persona del grupo de parentesco. Por eso es frecuente que el informe examine qué miembro de la familia reúne los requisitos y cómo se distribuye el control.

    Reducción del 95 %: el papel de la valoración y del mantenimiento

    En las sucesiones, el artículo 20.2.c de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones prevé una reducción del 95 % para cónyuge, descendientes o adoptados cuando la empresa o las participaciones están exentas en Patrimonio, con la obligación de mantener la adquisición durante diez años desde el fallecimiento. En las donaciones, el artículo 20.6 exige además que el donante tenga 65 años o más, o una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, y que deje de ejercer funciones de dirección y de percibir remuneración por ellas.

    Si el valor declarado se cuestiona, la prueba pericial en empresa familiar incluye la valoración de las participaciones con un método explícito y contrastable. Puedes ver cómo se aborda en nuestro artículo sobre la valoración pericial de cartera de participaciones para el ISD.

    Prueba pericial en empresa familiar: Madrid, Barcelona, Palma y otras comunidades

    El Impuesto sobre el Patrimonio y el de Sucesiones y Donaciones son tributos cedidos, y cada comunidad autónoma puede regular reducciones y bonificaciones propias. Por eso el coste fiscal de una misma transmisión varía entre Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla o Palma de Mallorca, y conviene comprobar la norma autonómica aplicable en cada caso. Canarias y los territorios forales de País Vasco y Navarra tienen además regímenes propios, que afectan tanto al fondo como al procedimiento.

    Las comprobaciones se tramitan ante la oficina competente de la comunidad o del territorio foral y, si hay reclamación, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional que corresponda, con posterior recurso ante el Tribunal Superior de Justicia. El requisito del 50 % se refiere a rendimientos personales y se verifica con la declaración del IRPF, por lo que el informe debe coordinar ambas fuentes. ValiTax elabora informes periciales para empresas familiares de todo el territorio nacional.

    Caso práctico ilustrativo

    Supongamos, con cifras ilustrativas, una empresa familiar de distribución en la que un padre de 68 años posee el 60 % y su hijo dirige la compañía. El hijo percibe 90.000 euros como director general y obtiene 25.000 euros de alquileres personales. Su remuneración por dirección representa el 78 % de sus rendimientos de actividad y trabajo, por lo que supera el umbral. La Administración, sin embargo, alega que parte de su retribución es un reparto encubierto de beneficios.

    El informe pericial compara la remuneración con la de directivos de funciones y tamaño similares, acredita la dedicación efectiva y verifica que el contrato, la nómina y las retenciones son coherentes. Con ello no se garantiza el resultado, pero se sitúa el debate en un terreno medible: ¿es razonable esa retribución para esas funciones? Es un supuesto hipotético, pero ilustra cómo se construye la prueba.

    Riesgos, sanciones y plazos

    CuestiónReferenciaConsecuencia práctica
    Incumplimiento del mantenimientoArt. 20 Ley ISDPago del impuesto no ingresado más intereses de demora
    PrescripciónArts. 66 a 70 LGTCuatro años para determinar la deuda
    Duración de la inspecciónArt. 150 LGT18 meses, ampliables a 27 en los casos previstos
    InfraccionesArts. 191 a 206 LGTSanciones graduadas según la conducta
    Regularización voluntariaArt. 27 LGTRecargos del 1 al 15 % según el retraso

    La Administración es una parte más del procedimiento, y su criterio merece respeto, pero un informe pericial bien fundado es prueba reconocida y su valor como opinión técnica debe recibir la misma consideración ante el Tribunal Económico-Administrativo o el juez. El artículo 105 de la Ley General Tributaria reparte la carga de probar los hechos, y la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el dictamen pericial como medio de prueba.

    Cuándo conviene encargar la prueba pericial

    Lo ideal es hacerlo antes de la donación o del fallecimiento, cuando aún se pueden corregir la estructura, la retribución o la documentación. También es útil al recibir una comprobación, para ordenar los hechos. Para ampliar el planteamiento general, puedes leer el artículo sobre cuándo encargar un informe pericial tributario y el de valoración de empresas en pérdidas para el ISD.

    Si además necesitas planificación y defensa, LRB Tax & Legal explica el funcionamiento del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que remite en lo esencial a las exenciones del Impuesto sobre el Patrimonio. Para contrastar las normas, consulta la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    Conclusión

    La exención y la reducción de la empresa familiar se ganan o se pierden con hechos: actividad real, dirección efectiva y retribución acreditada. La prueba pericial en empresa familiar convierte esos hechos en un análisis verificable y permite que la discusión se resuelva con datos. Si estás preparando una transmisión o afrontas una comprobación, puedes plantear tu caso y valorar con rigor qué puede acreditarse.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es la prueba pericial en una empresa familiar?

    Es un dictamen técnico que acredita la actividad económica de la sociedad, la dirección efectiva y la proporción de la retribución exigida por la ley. Se aporta ante la Administración tributaria o los tribunales para sostener la exención y la reducción.

    ¿Qué porcentaje de participación exige la exención en Patrimonio?

    Al menos el 5 % del capital de forma individual, o el 20 % computado conjuntamente con cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado. Además, quien aplique la exención debe ejercer funciones de dirección y percibir la remuneración exigida.

    ¿Cuánto debe cobrar quien dirige la empresa familiar?

    La remuneración por funciones de dirección debe superar el 50 % del total de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal. No existe una cifra fija: se mide en proporción y debe ser razonable para las funciones desempeñadas.

    ¿Cuánto tiempo hay que mantener la empresa tras heredar o recibir una donación?

    Diez años: desde el fallecimiento en las sucesiones y desde la escritura de donación en las donaciones, salvo que el beneficiario fallezca antes. Si se incumple, debe pagarse el impuesto no ingresado más los intereses de demora.

    ¿Puede una sociedad patrimonial ser empresa familiar?

    Solo si no se limita a gestionar un patrimonio. Si durante más de 90 días del ejercicio más de la mitad del activo son valores o bienes no afectos a actividades económicas, la exención no resulta aplicable, sin perjuicio de las reglas específicas para holdings.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Informe pericial de cuentas en neobancos ante la AEAT

    Informe pericial de cuentas en neobancos ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El informe pericial de cuentas en neobancos reconstruye los saldos, los movimientos y el origen de los fondos de cuentas abiertas en entidades como Revolut, Wise o N26, y los contrasta con lo declarado. Se utiliza cuando la AEAT cuestiona intereses, ingresos o la obligación de presentar el modelo 720.

    Por qué las cuentas en neobancos atraen la atención de la AEAT

    Los neobancos permiten abrir cuentas en minutos, operar en varias divisas y recibir pagos de cualquier país. Esa flexibilidad genera un problema de prueba: muchas cuentas tienen IBAN de otro Estado miembro, los extractos están en la aplicación y la información se reparte entre varias entidades.

    La Administración recibe datos por varias vías. Las entidades financieras de otros países informan a sus autoridades y estas intercambian la información con la AEAT. Además, el contribuyente residente que mantiene saldos en cuentas situadas en el extranjero puede estar obligado a presentar el modelo 720, y los emisores de tarjetas deberán informar con el nuevo modelo 174. Cuando algo no encaja, la AEAT envía un requerimiento.

    Obligaciones informativas que afectan a estas cuentas

    Modelo 720

    El modelo 720 obliga a declarar los bienes y derechos situados en el extranjero cuando el conjunto de cada categoría supera 50.000 euros. En el caso de las cuentas, se computa el saldo a 31 de diciembre o el saldo medio del último trimestre, el que sea superior. Se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo. La reforma de la Ley 5/2022, de 9 de marzo, adaptó el régimen tras la sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022, y elimina consecuencias desproporcionadas, aunque no suprime la obligación de informar.

    Modelo 174

    La Orden HAC/747/2025, de 27 de junio, aprobó el modelo 174, declaración informativa anual sobre todo tipo de tarjetas. Se presenta en enero del año siguiente, excluye las tarjetas con cargos y abonos anuales inferiores a 25.000 euros y su primera presentación corresponde a 2026, en enero de 2027. Afecta al análisis pericial porque la Administración dispondrá de otra fuente para contrastar el uso de tarjetas vinculadas a neobancos.

    Qué acredita el informe pericial

    El perito judicial no sustituye al declarante. Aporta un análisis independiente de los hechos económicos y del tratamiento aplicado. En cuentas de neobancos suele abordar:

    • El saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre, en euros y por cada cuenta.
    • La conversión de divisas con una fuente de cotización identificada y aplicada de forma consistente.
    • La naturaleza de cada ingreso: ahorros previos, transferencias entre cuentas propias, cobros de actividad o préstamos.
    • Los intereses o rendimientos generados por las cuentas remuneradas o las bolsillos de ahorro.
    • La titularidad, cuando existen cuentas conjuntas o la cuenta se utiliza para gestionar fondos de terceros.

    Cada conclusión se vincula a documentos: extractos descargados de la aplicación, justificantes bancarios de la entidad de origen y contratos. Cuando algún dato no puede verificarse, el informe lo señala y limita su alcance.

    Método de trabajo

    Inventario y descarga de la información

    Se identifican todas las cuentas, tarjetas y subcuentas, y se descarga el histórico completo de cada una. Se verifican las fechas de apertura, la divisa y la entidad que presta el servicio, que determina si la cuenta se considera situada en el extranjero.

    Conciliación y cálculo de saldos

    Se construye una serie diaria de saldos para obtener el saldo medio del último trimestre. Es habitual descubrir que el saldo a 31 de diciembre queda por debajo de 50.000 euros mientras que el saldo medio lo supera, o al revés. Ese cálculo determina si existía obligación de presentar el modelo.

    Análisis del origen de los fondos

    Se clasifican los ingresos y se relacionan con declaraciones previas, nóminas, ventas o transmisiones. Este análisis es especialmente útil frente a una posible ganancia patrimonial no justificada, que exige a la Administración acreditar la falta de correlación entre rentas declaradas y bienes poseídos.

    Ejemplo práctico ilustrativo

    Una autónoma residente en Barcelona mantiene en un neobanco extranjero cuatro cuentas en distintas divisas (datos ilustrativos). A 31 de diciembre suman 43.000 euros, pero entre octubre y diciembre el saldo medio fue de 58.000 euros por un cobro puntual de un cliente.

    Concepto (ejemplo ilustrativo)Importe
    Saldo a 31 de diciembre43.000 €
    Saldo medio del último trimestre58.000 €
    Umbral del modelo 720 por categoría50.000 €
    Criterio aplicableSe toma el mayor de ambos importes

    El informe documenta el cálculo diario, la conversión de divisas y el origen del cobro. Con esos datos puede determinarse si la obligación existía y, en su caso, delimitar el ejercicio afectado. Si la obligación existía, la regularización voluntaria es la salida natural.

    Valor probatorio: igualdad ante el órgano que decide

    Conforme a los artículos 105 y 106 de la Ley General Tributaria, cada parte debe probar los hechos que alega y puede hacerlo por cualquier medio admitido en Derecho. El informe pericial es uno de ellos. La Administración es una parte más del procedimiento, y un dictamen bien fundado debe ser tomado en consideración, con un razonamiento expreso cuando se descarta, tanto en la inspección como ante el TEAR o el TEAC.

    La doctrina del TEAC y la jurisprudencia del Tribunal Supremo exigen motivación suficiente. El perito no debate con la Inspección: expone hechos, método y conclusiones para que el órgano que resuelve pueda compararlas.

    Riesgos y plazos

    Los intereses o ingresos no declarados dan lugar a cuota, intereses y sanciones del artículo 191, de entre el 50 % y el 150 % de la cuota. La omisión o la presentación tardía del modelo 720 tiene un régimen sancionador específico. Si se regulariza antes de un requerimiento, solo se aplica el recargo del artículo 27: un 1 % más un 1 % por cada mes completo, hasta el 15 % pasados doce meses.

    La prescripción es de cuatro años y las actuaciones de inspección duran con carácter general dieciocho meses, ampliables a veintisiete. El informe ayuda a identificar con precisión qué ejercicios y qué cuentas deben revisarse.

    Cuentas en el extranjero para residentes en Madrid, Barcelona, Palma o Bilbao

    Los informes de ValiTax se emiten para procedimientos en toda España. Las reclamaciones se resuelven en el TEAR de cada comunidad, con sede en ciudades como Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Palma de Mallorca o Las Palmas de Gran Canaria. En el País Vasco y Navarra, las Haciendas Forales aplican su normativa propia y conviene verificarla antes de plantear la estrategia.

    Cuando además se necesita asesoramiento para regularizar o defender, el informe puede complementarse con el análisis de las obligaciones fiscales de los usuarios de Revolut, Wise y N26. Sobre el cálculo de rendimientos en el extranjero, ValiTax ha publicado también un artículo sobre el informe pericial en el modelo 720.

    Conclusión

    Una cuenta en un neobanco no es una zona gris, pero sí un terreno donde los datos están dispersos. Un informe pericial convierte esa dispersión en un expediente ordenado, con saldos calculados y fondos explicados. Antes de responder a un requerimiento, reunir los históricos y consultar con un perito qué puede acreditarse suele evitar errores costosos.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

    Preguntas frecuentes

    ¿Debo declarar en el modelo 720 una cuenta de Revolut o Wise?

    Depende de la entidad que preste el servicio y del saldo. Si la cuenta está en una entidad situada en el extranjero y el conjunto de cuentas supera 50.000 euros a 31 de diciembre o en saldo medio del último trimestre, debe declararse en el modelo 720.

    ¿Qué es el modelo 174 y a quién afecta?

    El modelo 174 es una declaración informativa anual sobre todo tipo de tarjetas, aprobada por la Orden HAC/747/2025. Se presenta en enero y se refiere a tarjetas con cargos y abonos anuales superiores a 25.000 euros. La primera presentación corresponde al ejercicio 2026.

    ¿Para qué sirve un informe pericial de cuentas en neobancos?

    Sirve para acreditar saldos, titularidad y origen de fondos con método verificable. Es útil cuando la AEAT cuestiona ingresos, intereses o la obligación de informar, porque aporta una cuantificación técnica que la Administración debe valorar de forma motivada.

    ¿Cómo se calcula el saldo medio del último trimestre?

    Se obtiene sumando el saldo de cada día del último trimestre del año, convertido a euros, y dividiendo por el número de días. El perito construye una serie diaria con los extractos de cada cuenta para evitar aproximaciones que la Administración pueda cuestionar.

  • Informe pericial de pérdidas recurrentes ante la AEAT

    Informe pericial de pérdidas recurrentes ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    Un informe pericial de pérdidas recurrentes demuestra, con datos contables y económicos, que una empresa con resultados negativos y saldos elevados de IVA a devolver desarrolla una actividad real. El perito reconstruye el modelo de negocio, concilia las cifras y aporta a la AEAT, al TEAR o al juez una explicación técnica contrastable.

    Por qué las pérdidas continuadas activan una comprobación

    El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2026, aprobado por Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de la AEAT, indica que se intensificarán las actuaciones para evitar la devolución del IVA a contribuyentes que fingen una actividad económica. También se refiere a las sociedades que declaran pérdidas de modo continuo, por resultar difícilmente compatibles con la lógica económica.

    Las pérdidas reiteradas no son ilícitas. Muchas empresas las sufren en la fase de arranque, en proyectos de larga maduración o por estacionalidad. El riesgo está en que los sistemas de análisis de riesgos las combinen con saldos a favor de IVA y abran una comprobación. En ese momento es esencial poder explicar el porqué con prueba.

    Qué analiza la AEAT en devoluciones de IVA elevadas

    La Ley 37/1992 regula las devoluciones del Impuesto sobre el Valor Añadido en sus artículos 115 y siguientes. Puede consultarse la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Cuando la cuota soportada supera a la repercutida, el empresario puede solicitar la devolución al final del ejercicio o, si cumple los requisitos, de forma mensual.

    La Administración suele comprobar cuatro elementos:

    • La condición de empresario o profesional y la realidad de la actividad.
    • La vinculación de los gastos con la actividad y su afectación.
    • La efectividad de las operaciones, su cobro o pago y la existencia de medios.
    • La coherencia entre ventas, existencias, gastos de personal y saldo de IVA.

    El principio de neutralidad del IVA, reconocido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ampara el derecho a deducir las cuotas soportadas en la fase preparatoria de una actividad, siempre que se acredite la intención de ejercerla. Esa acreditación es una cuestión de prueba.

    Qué aporta un informe pericial de pérdidas recurrentes

    La carga de la prueba corresponde a quien afirma un hecho constitutivo de su derecho (artículo 105 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria). El artículo 106 admite todos los medios de prueba, incluido el pericial. Un informe bien fundado es prueba reconocida y su valor como opinión técnica es equiparable al del criterio de la Inspección.

    Contenido habitual del informe

    • Modelo de negocio: plan inicial, hitos cumplidos, inversión realizada y calendario de maduración.
    • Análisis de márgenes: margen bruto, estructura de costes, rotación y plazos de cobro y pago.
    • Conciliación del IVA: cruce entre libros, modelos 303, declaraciones informativas y contabilidad.
    • Comparación sectorial: resultados de empresas comparables en el mismo ciclo.
    • Cuantificación alternativa: si la Administración propone una estimación, un cálculo sustentado en los datos reales.

    Este enfoque complementa el que se describe en nuestro artículo sobre el informe pericial tributario en la inspección de IVA. Cuando la discusión afecta a la realidad económica de las operaciones, resulta útil el análisis del informe pericial contable y fiscal en inspecciones.

    Procedimiento, plazos y estimación indirecta

    La Administración puede resolver la solicitud mediante comprobación limitada o inspección. Si abre una inspección, la duración máxima es de 18 meses, ampliable a 27 en los casos legales (artículo 150 LGT). La estimación indirecta (artículo 53 LGT) procede cuando no hay datos fiables. Un informe que reconstruya la contabilidad debilita su aplicación.

    El derecho a solicitar devoluciones prescribe a los cuatro años (artículos 66 a 70 LGT). El contribuyente también tiene derecho a intereses de demora si la Administración no devuelve en plazo, con la regla general de seis meses. Para saber cómo actúa la defensa jurídica en estos casos puede consultarse la guía de LRB sobre devoluciones de IVA, REDEME y defensa ante la inspección.

    Cobertura en Madrid, Barcelona, Valencia y Palma de Mallorca

    La competencia depende del domicilio fiscal. Las Delegaciones Especiales de la AEAT (Madrid, Cataluña, Comunitat Valenciana, Andalucía, Illes Balears y otras) tramitan las comprobaciones. Los TEAR de cada comunidad resuelven las reclamaciones, y los Tribunales Superiores de Justicia conocen del contencioso. Las diferencias territoriales importan:

    • En Canarias, el impuesto indirecto general es el IGIC, no el IVA, por lo que las devoluciones de IVA tienen un alcance distinto.
    • En País Vasco y Navarra, la gestión del IVA corresponde a las Haciendas Forales, con procedimiento propio.
    • En el resto del territorio, incluidas Baleares, el IVA se gestiona por la AEAT y se reclama ante el TEAR competente.

    Una empresa hotelera de Palma, una exportadora de Valencia, una promotora de Marbella o una tecnológica de Barcelona o Bilbao pueden recibir el mismo requerimiento. El perito adapta el análisis al sector y al territorio.

    Caso práctico ilustrativo

    Los importes son un ejemplo ilustrativo y no corresponden a un caso real. Una sociedad exportadora factura 3.000.000 de euros en ventas exentas y soporta 630.000 euros de IVA en compras y gastos. Acumula pérdidas contables de 120.000, 90.000 y 150.000 euros en tres ejercicios y solicita la devolución del saldo.

    IndicadorSituaciónEvidencia del perito
    Realidad de la actividadExportaciones con transporte internacionalContratos, CMR, despachos de aduana, cobros
    Causa de las pérdidasCostes de implantación en nuevos mercadosPlan de negocio y evolución de márgenes
    Saldo de IVA630.000 € a favorConciliación de libros y modelo 303

    Con esa documentación, la discusión se desplaza de la sospecha genérica a hechos verificables. El informe no garantiza el resultado, pero permite a la Administración y, en su caso, al tribunal valorar la explicación con datos.

    Riesgos y sanciones

    Obtener indebidamente una devolución constituye infracción (artículo 193 LGT). La multa es del 50 % de la cantidad devuelta indebidamente si la infracción es leve, del 50 % al 100 % si es grave y del 100 % al 150 % si es muy grave, con incrementos por reincidencia o perjuicio económico. Las reducciones por conformidad y pago en plazo (artículo 188) pueden rebajarla. La discrepancia razonable (artículo 179) puede excluir la sanción.

    Las pérdidas continuadas tienen además consecuencias societarias: si el patrimonio neto cae por debajo de la mitad del capital social, puede concurrir causa de disolución conforme a la Ley de Sociedades de Capital. Documentar su origen protege también a los administradores.

    Conclusión

    Explicar unas pérdidas recurrentes y un saldo elevado de IVA exige método, documentación y una cronología coherente. La Administración es una parte más del procedimiento, y el contribuyente puede acreditar su posición con prueba técnica. ValiTax elabora informes periciales de este tipo en todo el territorio nacional, adaptados al sector y a la Administración competente.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un informe pericial de pérdidas recurrentes?

    Es un dictamen técnico que explica las causas de las pérdidas continuadas de una empresa y acredita la realidad de su actividad. Se apoya en la contabilidad, el IVA y la comparación sectorial, y sirve de prueba ante la AEAT o los tribunales.

    ¿Por qué la AEAT revisa las devoluciones de IVA elevadas?

    Porque combinan un importe significativo con riesgo de fraude. El Plan de Control 2026 prevé evitar devoluciones a quienes fingen una actividad económica, y las pérdidas reiteradas se consideran un indicador que exige explicación documentada.

    ¿Cuánto tarda la AEAT en devolver el IVA?

    La regla general es de seis meses desde el fin del plazo de presentación, con derecho a intereses de demora si se supera. Si se abre una comprobación o inspección, el plazo real puede ampliarse según el procedimiento.

    ¿Pueden sancionarme por solicitar una devolución de IVA?

    Solo si la devolución se obtiene indebidamente (artículo 193 LGT). Si existe discrepancia razonable o error excusable, puede no haber sanción. La calificación leve, grave o muy grave depende de la ocultación y de los medios utilizados.

    ¿Sirve un informe pericial si la Inspección aplica estimación indirecta?

    Sí. Un informe que reconstruya la contabilidad con datos fiables puede demostrar que existen elementos para determinar la base sin estimar. Su valor es el de una opinión técnica fundada, que el órgano revisor debe considerar.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Peritaje de amortización de plantas renovables ante la AEAT

    Peritaje de amortización de plantas renovables ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El peritaje de amortización de plantas renovables fija con criterio técnico la vida útil, el valor de cada componente y el coeficiente fiscal aplicable. Es la prueba con la que el titular defiende ante la AEAT la amortización deducida en el Impuesto sobre Sociedades. Resulta decisivo tras una compraventa, una repotenciación o una inspección.

    Qué se amortiza en una planta renovable y con qué reglas

    Una planta fotovoltaica, eólica o hidráulica reúne activos muy distintos: módulos o aerogeneradores, inversores, estructuras, obra civil, subestación, línea de evacuación, terrenos y derechos. Cada grupo tiene una vida útil diferente y un tratamiento fiscal propio. Los terrenos, por ejemplo, no se amortizan.

    El artículo 12 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, admite la amortización de los activos por la depreciación efectiva. Su tabla de coeficientes recoge para las centrales renovables un coeficiente lineal máximo del 7 % y un periodo máximo de 30 años. El mismo artículo regula los planes especiales y los supuestos de libertad de amortización.

    La libertad de amortización no alcanza a todas las plantas

    El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, mantiene la amortización libre para instalaciones de autoconsumo eléctrico renovable y para instalaciones térmicas renovables que sustituyan a las fósiles. Su artículo 37 la condiciona, entre otros requisitos, a un límite de inversión, al mantenimiento de la plantilla y a la exclusión de los edificios.

    Una planta de generación para la venta de energía queda, en principio, fuera de ese incentivo. Se amortiza con las tablas generales, y ahí la discusión con la Inspección se centra en la vida útil, el desglose y la base amortizable.

    Cuándo es necesario un peritaje de amortización de plantas renovables

    El dictamen aporta valor cuando existe una decisión técnica que la Administración puede discutir. Los supuestos más habituales son los siguientes.

    • Compraventa de una planta o de la sociedad que la explota, con reparto del precio entre terrenos, instalación y derechos.
    • Repotenciación o sustitución de módulos, inversores o aerogeneradores, que obliga a decidir qué se activa y qué se da de baja.
    • Inspección que cuestiona la vida útil, el coeficiente aplicado o el desglose por componentes.
    • Deterioros por cambios regulatorios o de retribución, que deben justificarse con proyecciones razonables.
    • Solicitud de un plan especial de amortización, que requiere una justificación técnica sólida.

    Qué analiza el perito: vida útil, componentes y precio

    Vida útil y desglose por componentes

    El perito documenta la vida útil técnica de cada elemento con datos de fabricantes, garantías, históricos de producción y mantenimiento. La contabilidad exige amortizar por separado las partes con vidas distintas, y el desglose debe ser coherente con la deducción fiscal. Un inversor se renueva antes que una estructura.

    Reparto del precio de adquisición

    En una compraventa, el precio se reparte entre terrenos, activos materiales y, en su caso, intangibles como permisos o derechos de superficie. Asignar de más a elementos amortizables adelanta la deducción y es un foco habitual de regularización. El dictamen soporta el reparto con una valoración independiente, de forma similar a la valoración pericial de activos intangibles.

    Ayudas, subvenciones e IVPEE

    Las subvenciones de capital se imputan a resultados conforme a la norma de registro y valoración 18.ª del Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, al ritmo de la amortización del activo financiado. Por eso, el criterio de amortización condiciona también la tributación de la ayuda.

    El perito puede intervenir además en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica. Según la Ley 15/2012, la base incluye el importe total de la producción incorporada al sistema, también la retribución regulada. Para 2026 el Real Decreto-ley 18/2026 aplica minoraciones trimestrales, y la AEAT explica las medidas extraordinarias del IVPEE y los pagos fraccionados correspondientes.

    Valor del informe ante la AEAT, el TEAR y los tribunales

    El artículo 105 de la Ley General Tributaria reparte la carga de la prueba: cada parte debe probar los hechos que sustentan su posición. El artículo 106 remite a las normas probatorias del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuyo artículo 348 manda valorar los dictámenes periciales según la sana crítica.

    La Inspección ofrece su criterio técnico, y el contribuyente puede oponer el suyo. Un informe pericial bien fundado es una prueba reconocida y debe recibir la misma consideración que el criterio de la Inspección, tanto en el TEAR y el TEAC como ante el juez. No se trata de confrontar, sino de aportar datos verificables.

    Si el desacuerdo es razonable, el artículo 179.2.d) de la LGT excluye la responsabilidad por infracción cuando el obligado se amparó en una interpretación razonable de la norma. Sobre la defensa en general puede consultarse el análisis del perito tributario en inspecciones.

    Ejemplo numérico ilustrativo

    Una sociedad adquiere un parque fotovoltaico por 10.000.000 de euros. Amortiza el precio completo al 7 %, es decir, 700.000 euros anuales. La Inspección sostiene que 1.000.000 corresponden al terreno y 500.000 a derechos no amortizables al mismo ritmo.

    Si la base amortizable correcta es de 8.500.000 euros, la deducción máxima al 7 % sería de 595.000 euros. El exceso de 105.000 euros anuales, al tipo general del 25 %, supone una cuota de 26.250 euros por ejercicio. Las cifras son ilustrativas y parten de supuestos simplificados.

    El informe pericial permite discutir esa asignación con una valoración fundada de terreno, instalación y derechos, en lugar de aceptar el criterio por defecto.

    Peritaje en Madrid, Palma, Canarias y el resto de España

    Las particularidades territoriales afectan al análisis. En Canarias rigen el IGIC y el Régimen Económico y Fiscal, con la Reserva para Inversiones de la Ley 19/1994. En Illes Balears existe la Reserva para Inversiones de la disposición adicional septuagésima de la Ley 31/2022, que contempla inversiones de protección y mejora del medio ambiente con sus requisitos.

    En Navarra, el Decreto Foral Legislativo 2/2026, de 29 de julio, publicado en el BOE de 17 de agosto de 2026, regula el IVPEE con el mismo calendario de tipos. Las empresas con domicilio en Madrid, Barcelona, Valencia o Palma de Mallorca reclaman ante el TEAR de su comunidad autónoma. ValiTax elabora informes periciales para toda España.

    Conclusión

    La amortización de una planta renovable es una decisión técnica con efecto fiscal directo. Cuando la Inspección la discute, la mejor defensa es una prueba pericial que demuestre la vida útil, el desglose y el reparto del precio con método y documentación. Para el enfoque jurídico y de planificación, puede consultarse el análisis del IS de los parques fotovoltaicos.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuál es el coeficiente máximo de amortización de una planta renovable?

    La tabla del artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades fija para las centrales renovables un coeficiente lineal máximo del 7 % y un periodo máximo de 30 años. Aplica sobre la base amortizable, que excluye los terrenos.

    ¿Tiene libertad de amortización un parque solar que vende energía?

    En principio no. La libertad de amortización regulada para 2026 se dirige al autoconsumo eléctrico renovable y a las instalaciones térmicas renovables, con límites y requisitos. Una planta de venta de energía se amortiza con las tablas generales.

    ¿Cuándo debo encargar un peritaje de amortización?

    Conviene encargarlo al comprar una planta, al repotenciarla o cuando la Inspección cuestione la vida útil o el desglose. Preparar el dictamen antes de contestar al requerimiento permite ordenar la prueba con más margen.

    ¿Qué efecto tiene una subvención sobre la amortización?

    La subvención de capital se imputa a resultados al ritmo de amortización del activo financiado, conforme a la norma 18.ª del Plan General de Contabilidad. Por ello, un cambio en la vida útil altera también el ritmo de tributación de la ayuda.

    ¿Un informe pericial vincula a la Inspección?

    No la vincula, pero es una prueba que debe valorarse según la sana crítica y merece la misma consideración que el criterio de la Inspección. Su fuerza depende del método, de los datos y de la coherencia con los hechos.

  • Informe pericial de hidrocarburos ante precios bajos

    Informe pericial de hidrocarburos ante precios bajos

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El informe pericial de hidrocarburos permite demostrar con datos de costes, márgenes y trazabilidad que un precio de venta bajo tiene una explicación económica. Es la prueba técnica de la que dispone un operador o una estación de servicio cuando la Agencia Tributaria sospecha que un precio anormalmente reducido encubre fraude de IVA o de impuestos especiales.

    Por qué se cuestionan los precios bajos en hidrocarburos

    La Agencia Tributaria viene concentrando sus controles en la cadena de distribución de carburantes. En una nota de prensa de 14 de mayo de 2024 informó de una actuación simultánea en más de 400 gasolineras de 14 comunidades autónomas, en la que se pidieron datos de proveedores, precios de suministro, procedencia del producto y medios de cobro. La nota vincula parte del fraude con la venta a precios anormalmente bajos y con la interposición de sociedades instrumentales que no ingresan el IVA.

    Un precio bajo no es por sí mismo una infracción. Puede deberse a una compra eficiente, a un volumen elevado, a una promoción o a una estrategia de captación. El problema surge cuando no existe una explicación verificable y la Administración presume que el impuesto no se ingresó en algún punto de la cadena. Ahí es donde un informe pericial de hidrocarburos resulta útil.

    Responsabilidad del adquirente: qué exige la ley

    El artículo 87.5 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, hace responsables subsidiarios a los destinatarios empresarios o profesionales que debían suponer razonablemente que el IVA repercutido no había sido ni sería ingresado. La norma presume esa circunstancia cuando se paga un precio notoriamente anómalo, es decir, considerablemente inferior al que el transmitente pagó por los bienes.

    Conviene retener tres ideas:

    • La presunción admite prueba: un precio bajo no se considera anómalo si lo justifican factores económicos distintos de la elusión del impuesto.
    • La Administración debe acreditar que existe una cuota repercutida, o que debió repercutirse, y que no fue declarada ni ingresada.
    • La responsabilidad se declara mediante el procedimiento de derivación previsto en la Ley General Tributaria, con trámite de audiencia y posibilidad de recurso.

    En impuestos especiales, la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, reforzó el control del sector. Según la información publicada, prevé supuestos en los que quien adquiere hidrocarburos puede ser considerado contribuyente del Impuesto sobre Hidrocarburos, por ejemplo cuando se detectan productos distintos de los marcadores autorizados o cuando se compra a operadores que no figuran en el listado de mayoristas de la CNMC. Además, la Ley del Sector de Hidrocarburos prohíbe desde el 28 de marzo de 2024 que los minoristas compren a otros minoristas.

    Qué analiza un informe pericial de hidrocarburos

    El informe pericial de hidrocarburos reconstruye la economía real de la operación. No opina sobre la calificación jurídica, sino sobre los hechos y las cifras que la sostienen. Un trabajo completo suele incluir:

    1. Estructura de costes: precio de adquisición, impuesto especial soportado, transporte, mermas, estructura de personal y gastos de explotación.
    2. Margen económico: comparación del margen bruto y neto del operador con el de estaciones comparables en su zona y en su tamaño.
    3. Trazabilidad de proveedores: verificación de que los suministradores están correctamente identificados, figuran en los registros pertinentes y han documentado el producto.
    4. Evolución de precios: contraste con la evolución de los precios de mercado en las fechas comprobadas, para distinguir bajadas generalizadas de bajadas atípicas.
    5. Cobros y volumen: coherencia entre litros vendidos, medios de pago, existencias y facturación declarada.

    El resultado es un documento que puede aportarse en la fase de alegaciones, en el procedimiento de derivación o ante el Tribunal Económico-Administrativo. La Administración es una parte más del procedimiento, y una opinión técnica bien fundada debe recibir la misma consideración que el criterio de la Inspección cuando se valora en vía económico-administrativa o judicial.

    Caso práctico ilustrativo

    Supongamos, con cifras ilustrativas, una estación que vende gasóleo a 1,45 euros por litro con IVA incluido, es decir, unos 1,198 euros sin impuesto. Su proveedor le factura a 1,19 euros por litro, impuestos especiales incluidos y sin IVA. A simple vista el margen bruto es mínimo, y la Administración sospecha que algún eslabón no ingresó el IVA.

    El informe pericial de hidrocarburos analiza la estructura: la estación vende 4 millones de litros al año, tiene un coste fijo reducido por su configuración automatizada, obtiene ingresos de tienda y lavado, y compensa un margen unitario bajo con un volumen alto. También verifica que el proveedor es un operador con depósito fiscal, que sus facturas se han contabilizado y que el producto procede de él. Con esos datos, el precio deja de ser inexplicable. No significa que el caso esté ganado, pero cambia la discusión: del precio como indicio a la justificación económica concreta.

    Riesgos, sanciones y plazos

    CuestiónReferenciaConsecuencia práctica
    PrescripciónArts. 66 a 70 LGTCuatro años para determinar la deuda
    Duración de la inspecciónArt. 150 LGT18 meses, ampliables a 27 en los casos previstos
    Infracciones tributariasArts. 191 a 206 LGTSanciones proporcionales a la cuota y graduadas según la conducta
    ResponsabilidadArts. 41 a 43 LGT y art. 87 LIVADerivación de deuda del deudor principal al adquirente
    Regularización voluntariaArt. 27 LGTRecargos del 1 al 15 % según el retraso, sin sanción

    La reducción por conformidad o la discrepancia razonable del artículo 179 pueden influir en la sanción, pero requieren una base probatoria sólida desde el principio. Un informe elaborado con antelación, antes del requerimiento, tiene además un valor añadido: demuestra que la justificación existía antes de que se cuestionara.

    Hidrocarburos en Madrid, Barcelona, Valencia y otras zonas

    El sector abarca desde grandes polos logísticos como Madrid, Barcelona, Valencia, Bilbao y Sevilla hasta redes de estaciones en Zaragoza, Málaga o Palma de Mallorca. Los precios y los márgenes varían según la zona, la competencia y la logística, por lo que en un informe pericial de hidrocarburos la comparación debe hacerse con operadores del entorno y no con una media nacional.

    Conviene recordar que este análisis se refiere al territorio de aplicación del IVA y de los impuestos especiales estatales. Canarias, Ceuta y Melilla tienen un régimen indirecto distinto, y en País Vasco y Navarra rigen sistemas forales propios con sus particularidades procedimentales. Las comprobaciones se tramitan ante la delegación de la AEAT competente y, en su caso, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional del territorio. ValiTax elabora informes periciales para operadores de todo el territorio nacional.

    Cuándo conviene encargar un informe pericial de hidrocarburos

    El mejor momento es antes del requerimiento, cuando aún se puede reunir la documentación de compras, cobros y existencias sin presión de plazos. También es útil al recibir una solicitud de información o una comunicación de inicio. Para profundizar, puedes leer nuestros artículos sobre cuándo encargar un informe pericial tributario y sobre el informe pericial preventivo antes de la inspección.

    Si además necesitas defensa jurídica, LRB Tax & Legal analiza el criterio del TEAC sobre el Impuesto sobre Hidrocarburos. Puedes consultar la nota de prensa de la AEAT de 14 de mayo de 2024, el texto de la Ley del IVA y el de la Ley de Impuestos Especiales.

    Conclusión

    Un precio bajo se defiende con costes, márgenes y trazabilidad documentados, no con afirmaciones. El informe pericial de hidrocarburos ofrece a la Administración y al tribunal una base verificable para valorar si existe una explicación económica distinta de la elusión del impuesto. Si tu empresa está en esta situación, puedes plantear tu caso y valorar con claridad qué puede acreditarse y qué no.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un informe pericial de hidrocarburos?

    Es un dictamen técnico que analiza costes, márgenes, proveedores y precios de un operador de carburantes para acreditar que su política comercial tiene una explicación económica. Se aporta como prueba ante la AEAT, el TEAR o los tribunales.

    ¿Qué es un precio notoriamente anómalo en el IVA?

    Es un precio considerablemente inferior al que el transmitente pagó por los bienes. La Ley del IVA presume entonces que el adquirente debía suponer que el impuesto no se ingresaría, salvo que el precio se justifique por factores económicos distintos.

    ¿Responde una gasolinera por el IVA no ingresado por su proveedor?

    Puede responder de forma subsidiaria si debía suponer razonablemente que el IVA no sería ingresado. La Administración debe probar la existencia de la cuota no ingresada y tramitar el procedimiento de derivación, frente al que cabe defensa y recurso.

    ¿Qué documentación conviene conservar?

    Facturas de compra y venta, justificantes de pago, albaranes, datos de existencias, contratos con proveedores y registros de cobros. Cuanto más completa y coherente sea la documentación, más sólido resultará el análisis pericial posterior.

    ¿Cuándo debe encargarse el informe?

    Lo recomendable es hacerlo antes del requerimiento o nada más recibir una solicitud de información. Con tiempo se reúne mejor la documentación y el informe puede incorporarse desde la primera fase del procedimiento.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Informe pericial de alquiler turístico: prueba ante la AEAT

    Informe pericial de alquiler turístico: prueba ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El informe pericial de alquiler turístico cuantifica los rendimientos reales de una vivienda explotada en plataformas como Airbnb o Booking, separa los gastos deducibles y acredita la calificación fiscal de la actividad. Sirve de prueba cuando la AEAT cruza los datos de las plataformas y propone una regularización del IRPF o del IVA.

    Qué cuestiones se discuten en el alquiler turístico

    La Inspección suele plantear tres discrepancias. La primera es la calificación de la renta. En el IRPF, la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, considera rendimientos del capital inmobiliario los del arrendamiento. Solo habrá actividad económica si se dispone de un local exclusivo y una persona empleada con contrato laboral a jornada completa.

    La segunda es el IVA. El arrendamiento de viviendas está, en general, exento en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Esa exención no cubre los arrendamientos que incluyen servicios propios de la hostelería. Determinar si los servicios prestados, como limpieza periódica, recepción o comidas, alcanzan esa intensidad es una cuestión de hecho que se prueba con documentos.

    La tercera es la cuantificación. Hay que fijar los ingresos reales, los días de alquiler y los gastos deducibles. Esta última discusión es la más habitual y donde el informe pericial aporta más valor.

    Cómo llega la AEAT a los datos de Airbnb y Booking

    Las plataformas comunican anualmente información sobre los propietarios que operan en ellas. La obligación procede de la Directiva (UE) 2021/514 (DAC7) y se incorporó al ordenamiento español mediante el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero. La información se presenta en el modelo 238 de la Agencia Tributaria, aprobado por la Orden HAC/72/2024, de 1 de febrero.

    Con esos datos, la Administración puede comparar lo que la plataforma ha abonado a cada propietario con lo declarado en el IRPF. Una diferencia no implica por sí sola una infracción. Puede deberse a comisiones, a cancelaciones, a cobros de varios inmuebles o a periodos de uso personal. El informe pericial permite explicarlo con documentos.

    Qué contiene un informe pericial de alquiler turístico

    Un informe útil reconstruye la actividad de forma comprensible para un tercero. Sus apartados esenciales son estos:

    1. Conciliación de ingresos: liquidaciones de la plataforma, extractos bancarios, facturas y cobros directos, con explicación de las diferencias.
    2. Calendario de ocupación: días alquilados, días de uso personal y días a disposición, con sus fuentes.
    3. Calificación de la actividad: análisis del local, del personal y de los servicios prestados, para IRPF e IVA.
    4. Gastos deducibles: comisiones, intereses, tributos, suministros, comunidad, seguros y amortización, con el criterio de imputación proporcional aplicado.
    5. Cálculo del rendimiento neto: con hipótesis visibles y rangos cuando procede.

    El perito judicial debe indicar sus fuentes, sus límites y su independencia. Un informe que se limita a recalcular sin explicar el criterio no convence. Uno que muestra cada paso permite a la Inspección discrepar con argumentos concretos.

    Caso práctico ilustrativo

    Los datos son un ejemplo ilustrativo, no un caso real. Un propietario alquila un apartamento en Palma de Mallorca durante 120 días al año a través de una plataforma. Declara 12.000 euros de ingresos. La plataforma comunica 24.000 euros. La Inspección propone un rendimiento neto de 21.000 euros, al admitir solo 3.000 euros de gastos. El informe pericial concilia los ingresos y acredita los gastos.

    ConceptoPropuesta de la Inspección (euros)Informe pericial (euros)
    Ingresos íntegros conciliados24.00024.000
    Gastos admitidos3.00010.200
    Rendimiento neto21.00013.800
    Diferencia entre ambas posiciones7.200 euros de rendimiento

    La diferencia depende de la documentación disponible. Facturas de suministros, comunidad, seguros, tributos locales, intereses y comisiones, imputados por días de alquiler, sostienen los gastos del informe.

    Informe pericial en Madrid, Barcelona, Palma y Canarias

    La normativa autonómica y local condiciona la actividad. La habilitación administrativa y las restricciones a las viviendas de uso turístico varían entre Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga, Palma de Mallorca, Ibiza y otros municipios. A escala estatal, el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, creó un registro único de arrendamientos con un número de registro para anunciar alquileres de corta duración. El Tribunal Supremo ha anulado varios de sus artículos en 2026, por lo que conviene verificar el texto vigente.

    Hay además tributos propios. Baleares y Cataluña gravan las estancias turísticas con impuestos autonómicos, y Canarias aplica el IGIC en lugar del IVA. El informe debe separar cada figura y no mezclar los cálculos. Si la reclamación llega a la vía económico-administrativa, será competente el TEAR del domicilio fiscal y, después, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia correspondiente. ValiTax elabora informes periciales con cobertura en toda España.

    Recargos, sanciones y regularización voluntaria

    Si el propietario detecta el error antes de cualquier requerimiento, puede presentar declaraciones complementarias. Según la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el recargo es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses si han pasado doce meses. Pagar en plazo permite reducir el recargo un 25 %.

    Si media requerimiento, la infracción por dejar de ingresar tiene una sanción mínima del 50 % de la cuota. El artículo 188 prevé reducciones del 30 % por conformidad y del 40 % adicional por pago en plazo, siempre que no se recurra. Aportar un informe antes de la propuesta puede reducir la base sobre la que se calculan recargos y sanciones.

    Valor de la prueba pericial ante la Inspección y el TEAR

    La Administración es una parte más del procedimiento, y la carga de la prueba se reparte. A la Inspección le corresponde sustentar sus datos y sus conclusiones, y al contribuyente, probar los gastos y las circunstancias que invoca. Un informe pericial bien fundado es una prueba reconocida. Su valor como opinión técnica es equiparable al del criterio de la Inspección y debe recibir la misma consideración en el TEAR, en el TEAC o ante el juez.

    Conclusión

    Un alquiler turístico bien documentado soporta una comprobación. Cuando faltan datos, el informe pericial reconstruye ingresos, días y gastos de forma verificable. Si ha recibido una comunicación de la AEAT, conviene reunir las liquidaciones de la plataforma y consultar el caso antes de contestar. Puede ampliar esta información con el análisis del peritaje en el alquiler vacacional, con la guía sobre el arrendamiento como actividad económica y con el artículo de LRB Tax & Legal sobre las obligaciones de información DAC7 de los tenedores de vivienda turística.

    Preguntas frecuentes

    ¿Para qué sirve un informe pericial en el alquiler turístico?

    Sirve para acreditar con método los ingresos reales, los días de alquiler y los gastos deducibles de la vivienda. También ayuda a justificar la calificación fiscal de la actividad. Es especialmente útil cuando la AEAT compara lo declarado con los datos de las plataformas y propone una regularización.

    ¿Cómo sabe la AEAT lo que cobro por Airbnb o Booking?

    Lo sabe porque las plataformas comunican anualmente la información de sus vendedores, en aplicación de la Directiva DAC7. En España se presenta en el modelo 238, aprobado por la Orden HAC/72/2024. La Agencia Tributaria puede cruzar esos datos con el IRPF del propietario.

    ¿El alquiler turístico lleva IVA?

    Depende de los servicios que se presten. El arrendamiento de vivienda está, en general, exento de IVA, pero la exención no alcanza a los arrendamientos con servicios propios de la hostelería. Canarias aplica el IGIC en lugar del IVA. Conviene analizar los servicios reales antes de decidir cómo facturar.

    ¿Qué gastos puedo deducir en el alquiler turístico?

    Puede deducir los gastos necesarios para obtener los ingresos, como comisiones, intereses, tributos, suministros, comunidad, seguros y amortización, en proporción a los días en que el inmueble estuvo alquilado. Cada gasto debe estar justificado con documentos, y la imputación por días debe poder explicarse.

    ¿Qué pasa si regularizo antes de recibir un requerimiento?

    Si presenta declaraciones complementarias antes de cualquier requerimiento, no se impone sanción y se aplica un recargo. Es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses a partir de doce meses. Pagar en plazo reduce el recargo un 25 %.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.