Una de las confusiones más habituales entre quienes se enfrentan por primera vez a un litigio con componente pericial es no distinguir entre el perito de parte y el perito judicial. Ambas figuras pueden coexistir en un mismo procedimiento, pero cumplen funciones distintas que conviene entender antes de decidir cómo plantear tu defensa.
Qué es el perito de parte
Es el perito contratado directamente por una de las partes del procedimiento (el contribuyente, un litigante) para elaborar un informe que respalde su posición. Su función es defender, con rigor técnico, la argumentación de quien lo contrata, sin que ello reste validez a su informe si la metodología empleada es sólida y verificable.
Qué es el perito judicial
Es el perito designado por el propio órgano judicial, habitualmente mediante insaculación o sorteo entre profesionales colegiados, para emitir un dictamen imparcial que sirva de referencia objetiva al tribunal. Su informe no defiende la posición de ninguna parte, sino que aporta un criterio técnico neutral sobre la cuestión discutida.
Cuándo interviene cada figura
- El perito de parte puede aportarse en cualquier fase del procedimiento en que resulte relevante, incluyendo la vía administrativa (comprobaciones de valores, procedimientos económico-administrativos).
- El perito judicial se designa específicamente dentro de un procedimiento judicial, cuando el juez considera necesario un dictamen técnico imparcial adicional a los informes de parte ya aportados.
Cómo interactúan ambas figuras en la práctica
Es habitual que, en un mismo procedimiento, existan informes de perito de parte de ambos litigantes, y que el tribunal designe además un perito judicial para dirimir entre posiciones técnicas contrapuestas. El informe del perito de parte puede utilizarse precisamente para cuestionar la metodología o las conclusiones del perito judicial designado, si se detectan defectos técnicos en su análisis.
Qué figura necesitas para tu caso concreto
- Si buscas defender activamente tu posición en un litigio o procedimiento administrativo, necesitas un perito de parte.
- Si el procedimiento ya está en fase judicial y el tribunal decide designar un perito, no puedes elegir esta figura directamente, pero sí puedes aportar tu propio perito de parte para complementar o cuestionar ese dictamen.
La acreditación profesional importa en ambos casos
Tanto si actúas como perito de parte como si eres designado judicialmente, la acreditación profesional (como la certificación de ASPEJURE en coordinación con el Ministerio de Justicia) refuerza la credibilidad del informe ante el tribunal, reduciendo el riesgo de que se cuestione la cualificación técnica del profesional que lo firma.
Preguntas frecuentes
¿El informe de un perito de parte tiene menos valor que el de un perito judicial?
No necesariamente; su valor probatorio depende de la solidez metodológica del informe, no de la vía por la que se ha designado al perito. Un informe de parte bien fundamentado puede prevalecer sobre uno judicial con defectos técnicos.
¿Puedo elegir quién es el perito judicial en mi procedimiento?
No, el perito judicial se designa conforme a los procedimientos de insaculación o sorteo establecidos, sin intervención directa de las partes en su elección.
Entender la diferencia entre ambas figuras te permite plantear tu estrategia procesal con criterio. En ValiTax actuamos habitualmente como peritos de parte acreditados, coordinando nuestro trabajo con el equipo de defensa fiscal de LRB Tax & Legal cuando el caso lo requiere.


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