Valoración pericial de participaciones sociales no cotizadas

Cálculo tributario y formularios fiscales para peritaje judicial

Ya hemos visto la valoración de empresas para litigios en términos generales. Este artículo profundiza específicamente en la valoración de participaciones sociales no cotizadas, un ejercicio con particularidades técnicas propias frente a la valoración de la empresa en su conjunto.

Por qué valorar una participación no es lo mismo que valorar la empresa completa

El valor de una participación minoritaria no equivale simplemente al porcentaje correspondiente del valor total de la empresa: factores como la falta de control sobre las decisiones de gestión, o la falta de liquidez para vender esa participación en un mercado no organizado, suelen justificar descuentos específicos sobre el valor proporcional teórico.

El descuento por falta de control

Una participación minoritaria, que no permite influir en las decisiones estratégicas de la sociedad, suele valorarse por debajo de su proporción teórica del valor total de la empresa, reflejando la desventaja de no poder controlar la gestión, los repartos de dividendos, o las decisiones relevantes del negocio.

El descuento por falta de liquidez

A diferencia de una acción cotizada, que puede venderse en cualquier momento en un mercado organizado, una participación en una sociedad no cotizada carece de esta liquidez inmediata, lo que justifica un descuento adicional que refleje el coste y el tiempo necesarios para encontrar un comprador dispuesto a adquirirla.

Cuándo estos descuentos no proceden o se limitan

En determinados contextos (por ejemplo, cuando existe un pacto de socios con mecanismos de salida predefinidos y líquidos, o cuando la operación implica la venta del 100% de la sociedad y no solo una participación aislada) estos descuentos pueden no ser aplicables, o aplicarse en menor medida, por lo que conviene justificar técnicamente su procedencia en cada caso concreto.

Casos habituales donde se requiere esta valoración específica

  • Salida de un socio minoritario sin mecanismo de valoración pactado previamente.
  • Herencias donde se reparten participaciones minoritarias entre varios herederos.
  • Comprobaciones de Hacienda sobre el valor declarado en la transmisión de una participación minoritaria.
  • Litigios sobre el precio pactado en la compraventa de una participación no cotizada.

Elementos que debe justificar el informe pericial

  • El método de valoración de la empresa en su conjunto, antes de aplicar cualquier descuento específico.
  • La cuantificación justificada de los descuentos por falta de control y de liquidez, no una cifra arbitraria.
  • Las circunstancias específicas del caso que puedan modular la aplicación de estos descuentos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto suele ser el descuento por falta de control y liquidez?
No existe un porcentaje universal; depende de las circunstancias concretas de cada sociedad y participación, y debe justificarse técnicamente en cada informe, no aplicarse de forma automática.

¿Hacienda acepta estos descuentos en sus propias valoraciones?
Su aceptación depende de la solidez de la justificación técnica aportada; un informe bien fundamentado tiene más probabilidades de que estos descuentos sean reconocidos en la valoración final.

Valorar correctamente una participación no cotizada exige ir más allá de una simple proporción del valor total de la empresa. En ValiTax aplicamos la metodología técnica necesaria para justificar estos ajustes, en coordinación con el equipo de LRB Tax & Legal cuando el caso lo requiere.

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