Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026
La prueba pericial en empresa familiar sirve para acreditar los dos puntos que más discute la Administración al aplicar la exención en Patrimonio y la reducción del 95 % en Sucesiones y Donaciones: que la sociedad realiza una actividad económica real y que quien dirige percibe una retribución acorde con sus funciones y con el porcentaje que exige la ley.
Qué se discute cuando se cuestiona una empresa familiar
La exención del artículo 4.Ocho de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, y la reducción del artículo 20 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, dependen de requisitos que son, ante todo, de hecho. Una sociedad no es empresa familiar a estos efectos por su nombre o su estructura, sino por lo que hace y por quién la dirige.
Los requisitos de la exención en Patrimonio son, en esencia, los siguientes:
- La entidad no puede tener como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Se entiende que lo es cuando, durante más de 90 días del ejercicio, más de la mitad del activo son valores o bienes no afectos a actividades económicas.
- El sujeto pasivo debe poseer al menos el 5 % del capital de forma individual, o el 20 % junto con su cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado.
- Debe ejercer efectivamente funciones de dirección, y la remuneración por ellas debe superar el 50 % de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal.
En la práctica, la Administración suele atacar la actividad económica, la efectividad de la dirección o la proporción de la retribución. En los tres casos, la discusión se resuelve con documentación y con cifras ordenadas, y ahí es donde cobra sentido la prueba pericial en empresa familiar.
Cómo se acredita la actividad económica con un perito
Cuando la sociedad arrienda inmuebles o gestiona participaciones, la cuestión central es si hay una actividad económica y no una mera gestión patrimonial. El perito analiza los medios materiales y personales de la sociedad, la afectación real de los activos y la composición del balance durante los 90 días relevantes. También examina el organigrama, los contratos laborales y la facturación para determinar si la estructura es la propia de una actividad empresarial.
En los grupos con holding, el análisis incorpora a las filiales y comprueba que la entidad cabecera realiza funciones de dirección y gestión sobre ellas, con reglas específicas que conviene revisar caso a caso. El informe no sustituye la calificación jurídica, pero ordena los datos sobre los que esa calificación se apoya.
Retribución y funciones de dirección: lo que mide la pericia
El requisito de la retribución tiene dos vertientes: que las funciones de dirección sean efectivas, y que la remuneración supere el 50 % de los rendimientos de actividades y trabajo del sujeto. Un informe pericial bien construido incluye:
- El cálculo de la proporción entre la remuneración por dirección y el total de rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.
- La verificación de que la retribución consta en estatutos, acuerdos o contratos y se ha pagado y tributado correctamente.
- El contraste con la remuneración de mercado para funciones comparables, para evitar que se cuestione por insuficiente o por excesiva.
- La acreditación de la dedicación efectiva: agenda, firma de operaciones, reuniones, decisiones documentadas.
Cuando la participación se posee con familiares, las funciones de dirección y la remuneración deben cumplirse, al menos, en una persona del grupo de parentesco. Por eso es frecuente que el informe examine qué miembro de la familia reúne los requisitos y cómo se distribuye el control.
Reducción del 95 %: el papel de la valoración y del mantenimiento
En las sucesiones, el artículo 20.2.c de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones prevé una reducción del 95 % para cónyuge, descendientes o adoptados cuando la empresa o las participaciones están exentas en Patrimonio, con la obligación de mantener la adquisición durante diez años desde el fallecimiento. En las donaciones, el artículo 20.6 exige además que el donante tenga 65 años o más, o una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, y que deje de ejercer funciones de dirección y de percibir remuneración por ellas.
Si el valor declarado se cuestiona, la prueba pericial en empresa familiar incluye la valoración de las participaciones con un método explícito y contrastable. Puedes ver cómo se aborda en nuestro artículo sobre la valoración pericial de cartera de participaciones para el ISD.
Prueba pericial en empresa familiar: Madrid, Barcelona, Palma y otras comunidades
El Impuesto sobre el Patrimonio y el de Sucesiones y Donaciones son tributos cedidos, y cada comunidad autónoma puede regular reducciones y bonificaciones propias. Por eso el coste fiscal de una misma transmisión varía entre Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla o Palma de Mallorca, y conviene comprobar la norma autonómica aplicable en cada caso. Canarias y los territorios forales de País Vasco y Navarra tienen además regímenes propios, que afectan tanto al fondo como al procedimiento.
Las comprobaciones se tramitan ante la oficina competente de la comunidad o del territorio foral y, si hay reclamación, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional que corresponda, con posterior recurso ante el Tribunal Superior de Justicia. El requisito del 50 % se refiere a rendimientos personales y se verifica con la declaración del IRPF, por lo que el informe debe coordinar ambas fuentes. ValiTax elabora informes periciales para empresas familiares de todo el territorio nacional.
Caso práctico ilustrativo
Supongamos, con cifras ilustrativas, una empresa familiar de distribución en la que un padre de 68 años posee el 60 % y su hijo dirige la compañía. El hijo percibe 90.000 euros como director general y obtiene 25.000 euros de alquileres personales. Su remuneración por dirección representa el 78 % de sus rendimientos de actividad y trabajo, por lo que supera el umbral. La Administración, sin embargo, alega que parte de su retribución es un reparto encubierto de beneficios.
El informe pericial compara la remuneración con la de directivos de funciones y tamaño similares, acredita la dedicación efectiva y verifica que el contrato, la nómina y las retenciones son coherentes. Con ello no se garantiza el resultado, pero se sitúa el debate en un terreno medible: ¿es razonable esa retribución para esas funciones? Es un supuesto hipotético, pero ilustra cómo se construye la prueba.
Riesgos, sanciones y plazos
| Cuestión | Referencia | Consecuencia práctica |
|---|---|---|
| Incumplimiento del mantenimiento | Art. 20 Ley ISD | Pago del impuesto no ingresado más intereses de demora |
| Prescripción | Arts. 66 a 70 LGT | Cuatro años para determinar la deuda |
| Duración de la inspección | Art. 150 LGT | 18 meses, ampliables a 27 en los casos previstos |
| Infracciones | Arts. 191 a 206 LGT | Sanciones graduadas según la conducta |
| Regularización voluntaria | Art. 27 LGT | Recargos del 1 al 15 % según el retraso |
La Administración es una parte más del procedimiento, y su criterio merece respeto, pero un informe pericial bien fundado es prueba reconocida y su valor como opinión técnica debe recibir la misma consideración ante el Tribunal Económico-Administrativo o el juez. El artículo 105 de la Ley General Tributaria reparte la carga de probar los hechos, y la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el dictamen pericial como medio de prueba.
Cuándo conviene encargar la prueba pericial
Lo ideal es hacerlo antes de la donación o del fallecimiento, cuando aún se pueden corregir la estructura, la retribución o la documentación. También es útil al recibir una comprobación, para ordenar los hechos. Para ampliar el planteamiento general, puedes leer el artículo sobre cuándo encargar un informe pericial tributario y el de valoración de empresas en pérdidas para el ISD.
Si además necesitas planificación y defensa, LRB Tax & Legal explica el funcionamiento del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que remite en lo esencial a las exenciones del Impuesto sobre el Patrimonio. Para contrastar las normas, consulta la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Conclusión
La exención y la reducción de la empresa familiar se ganan o se pierden con hechos: actividad real, dirección efectiva y retribución acreditada. La prueba pericial en empresa familiar convierte esos hechos en un análisis verificable y permite que la discusión se resuelva con datos. Si estás preparando una transmisión o afrontas una comprobación, puedes plantear tu caso y valorar con rigor qué puede acreditarse.
Preguntas frecuentes
Es un dictamen técnico que acredita la actividad económica de la sociedad, la dirección efectiva y la proporción de la retribución exigida por la ley. Se aporta ante la Administración tributaria o los tribunales para sostener la exención y la reducción.
Al menos el 5 % del capital de forma individual, o el 20 % computado conjuntamente con cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado. Además, quien aplique la exención debe ejercer funciones de dirección y percibir la remuneración exigida.
La remuneración por funciones de dirección debe superar el 50 % del total de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal. No existe una cifra fija: se mide en proporción y debe ser razonable para las funciones desempeñadas.
Diez años: desde el fallecimiento en las sucesiones y desde la escritura de donación en las donaciones, salvo que el beneficiario fallezca antes. Si se incumple, debe pagarse el impuesto no ingresado más los intereses de demora.
Solo si no se limita a gestionar un patrimonio. Si durante más de 90 días del ejercicio más de la mitad del activo son valores o bienes no afectos a actividades económicas, la exención no resulta aplicable, sin perjuicio de las reglas específicas para holdings.
Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

