Las participaciones en empresas no cotizadas se valoran en el IP por el mayor entre el valor teórico contable (fondos propios del último balance) y el resultado de capitalizar al 20% el promedio de beneficios ordinarios de los tres últimos ejercicios. El informe pericial puede demostrar que la valoración declarada aplica correctamente esta regla cuando la AEAT propone una comprobación de valores diferente. La exención de empresa familiar —que excluye las participaciones de la base del IP e ITSGF cuando hay actividad económica real y el titular ejerce funciones directivas retribuidas— es el punto de mayor conflictividad y donde el informe pericial tiene mayor impacto. En LRB Tax & Legal, especialistas en IP, ITSGF y empresa familiar, coordinamos valoraciones y exenciones con los informes periciales de ValiTax. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.


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