Categoría: Informes Periciales

Artículos sobre informes periciales tributarios, contables y de valoración

  • Informe pericial tributario en operaciones de M&A: due diligence fiscal y valoración de contingencias

    La dimensión pericial de la due diligence fiscal

    La due diligence fiscal en una operación de compraventa de empresa identifica las contingencias tributarias históricas que el comprador podría heredar: gastos deducidos sin justificación suficiente, IVA deducido incorrectamente, retenciones no practicadas, BINs cuestionables, precios de transferencia sin documentación y posibles regularizaciones en inspecciones abiertas o previsibles. El informe pericial tributario complementa el análisis jurídico de la due diligence cuantificando el impacto económico de cada contingencia identificada: calcula la cuota potencial de cada regularización, los intereses de demora acumulados hasta la fecha estimada de resolución y la sanción probable según el tipo de infracción.

    Valoración de contingencias fiscales y ajuste del precio

    La cuantificación pericial de las contingencias fiscales permite al comprador negociar con fundamento técnico: reducir el precio de compra en el importe de las contingencias confirmadas, exigir retenciones en el precio (escrow) hasta la resolución de contingencias inciertas, o negociar representaciones y garantías (R&W) específicas sobre determinadas posiciones fiscales. El informe pericial también es la base para el cálculo de las indemnizaciones que el vendedor debe pagar al comprador cuando las contingencias previstas en el informe se materializan después del cierre de la operación y durante el período de garantía.

    El perito tributario en litigios post-cierre por contingencias fiscales

    Cuando el comprador descubre después del cierre contingencias fiscales no identificadas en la due diligence, o cuando las contingencias identificadas se materializan en cuantías superiores a las estimadas, el perito tributario actúa como experto independiente que cuantifica el daño sufrido y lo compara con las representaciones y garantías contractuales. Esta cuantificación es la base de la reclamación al vendedor. En LRB Tax & Legal, especialistas en operaciones M&A con componente fiscal, coordinamos la due diligence fiscal con el informe pericial de ValiTax. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Informe pericial de responsabilidad tributaria de administradores: cómo el perito cuantifica la deuda derivada

    La derivación de responsabilidad y su dimensión pericial

    Cuando la AEAT deriva responsabilidad tributaria a los administradores de una sociedad —por responsabilidad solidaria (artículo 42 LGT) o subsidiaria (artículo 43 LGT)— el importe de la deuda derivada es la deuda de la sociedad originaria. Si esa deuda principal fue incorrectamente calculada por la AEAT —porque la liquidación del IS o del IVA de la sociedad tenía errores técnicos que no fueron rebatidos en su momento—, el administrador al que se deriva la responsabilidad hereda esos errores en el importe de su propia deuda. El informe pericial tributario puede acreditar que la deuda principal está sobrevalorada y, en consecuencia, que el importe de la responsabilidad derivada al administrador es excesivo.

    Análisis de los presupuestos de la derivación

    El perito también puede analizar si concurren los presupuestos técnicos que justifican la derivación. En la responsabilidad subsidiaria por no haber promovido la disolución o concurso de la sociedad (artículo 43.1.b) LGT), el perito puede demostrar que la sociedad no estaba en causa de disolución en el momento en que el administrador supuestamente debía haberla promovido, aportando un análisis del balance de la empresa y de su situación financiera en esa fecha. En la responsabilidad por colaboración en infracciones del obligado principal (artículo 42.1.a) LGT), el perito puede demostrar que las operaciones concretas que se atribuyen al administrador tenían una justificación técnica que excluye la colaboración consciente en la infracción.

    El informe pericial como prueba en el TEAR y el contencioso

    Los expedientes de derivación de responsabilidad tributaria tienen tasas de éxito muy elevadas en el TEAR y en el contencioso-administrativo cuando se acompañan de un informe pericial técnicamente sólido. El TEAR puede estimar la reclamación tanto por razones jurídicas (defecto de procedimiento, falta de motivación) como por razones técnicas (cuota principal incorrectamente calculada). En LRB Tax & Legal, defendemos a administradores ante derivaciones de responsabilidad tributaria con el apoyo del informe pericial de ValiTax. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Informe pericial en la estimación indirecta de bases imponibles: cómo combatirla con el perito

    Cuándo aplica la estimación indirecta

    La estimación indirecta (artículo 53 LGT) es el método subsidiario que utiliza la AEAT para determinar las bases imponibles cuando el contribuyente no ha presentado declaración, ha incumplido sus obligaciones contables y registrales o ha destruido u ocultado la documentación contable. La AEAT puede aplicar entonces cualquier metodología que estime razonable: series históricas de la actividad, ratios del sector, datos de actividades similares, facturación estimada por consumos de electricidad o materias primas. Esta metodología, por su naturaleza indirecta, con frecuencia sobreestima significativamente los ingresos reales y la cuota a ingresar. El informe pericial tributario es la herramienta esencial para contradecirla técnicamente.

    Cómo actúa el perito ante una estimación indirecta

    El perito analiza en primer lugar si concurren los presupuestos habilitantes de la estimación indirecta: si el contribuyente realmente incumplió sus obligaciones contables o si simplemente hubo errores formales que no justifican un método tan gravoso. Si los presupuestos concurren, el perito propone una metodología alternativa más ajustada a la realidad económica del contribuyente: análisis de los consumos reales de materias primas, reconstrucción de la facturación a partir de los pagos de los clientes identificables, comparación con empresas del mismo sector y tamaño. El informe pericial también cuantifica la diferencia entre la base estimada por la AEAT y la que resulta de la metodología alternativa, demostrando el exceso de la regularización.

    El informe pericial como prueba en el contencioso-administrativo

    Las estimaciones indirectas son frecuentemente recurridas hasta el contencioso-administrativo. Los Tribunales Superiores de Justicia han anulado en numerosas ocasiones estimaciones indirectas que no justificaban suficientemente la metodología empleada o que partían de premisas erróneas sobre la actividad del contribuyente. El perito ratifica el informe ante el tribunal y responde a las preguntas del juez y de la representación de la AEAT, demostrando la solidez técnica de la metodología alternativa. En LRB Tax & Legal gestionamos la defensa jurídica en procedimientos de estimación indirecta con el apoyo del informe pericial de ValiTax. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Informe pericial contable forense: reconstrucción de contabilidad en fraudes empresariales e insolvencias

    Informe pericial contable forense: reconstrucción de contabilidad en fraudes empresariales e insolvencias

    Qué es la contabilidad forense y cuándo se necesita

    La contabilidad forense o forensic accounting es la rama del peritaje que aplica técnicas contables y financieras al análisis de conductas irregulares con relevancia judicial: fraudes empresariales, administración desleal, apropiación indebida, falsificación de cuentas, blanqueo de capitales, insolvencias punibles y delito fiscal. El perito contable forense analiza los registros contables, bancarios y documentales disponibles para reconstruir los flujos de dinero, identificar las operaciones irregulares y cuantificar el perjuicio económico causado a los perjudicados (socios, acreedores, Hacienda).

    Tipos de procedimientos más frecuentes que requieren contabilidad forense

    Los procedimientos más frecuentes son: (1) administración desleal (artículo 252 CP), donde el administrador desvía fondos sociales para su propio beneficio —el perito cuantifica el importe desviado y rastrea el destino de los fondos—; (2) insolvencia punible (alzamiento de bienes, quiebra fraudulenta), donde el deudor oculta o distrae bienes antes de declarar el concurso para perjudicar a los acreedores —el perito reconstruye el patrimonio real y el artificial post-alzamiento—; (3) falsificación de cuentas, donde las cuentas anuales presentadas a los socios o al banco no reflejan la imagen fiel de la empresa —el perito identifica las discrepancias entre la contabilidad oficial y la realidad económica—; y (4) fraude fiscal, donde el perito cuantifica la cuota defraudada con metodología técnicamente rigurosa.

    Los peritos judiciales tributarios y contables de ValiTax, acreditados por ASPEJURE y el Ministerio de Justicia, actuamos en procedimientos penales económicos ante los Juzgados de Instrucción, los Juzgados de lo Penal y la Audiencia Nacional. En LRB Tax & Legal coordinamos la defensa legal con el análisis pericial forense. Contacto: info@valitax.es / +34 684 234 831.

  • Informe de motivos económicos válidos: qué es, qué debe acreditar y cuándo lo exige la AEAT

    Informe de motivos económicos válidos: qué es, qué debe acreditar y cuándo lo exige la AEAT

    La cláusula antiabuso en las reestructuraciones FEAC

    El régimen de neutralidad fiscal FEAC (fusiones, escisiones, aportaciones y canje de valores, artículos 76-89 LIS) permite ejecutar reestructuraciones empresariales sin coste fiscal inmediato. Sin embargo, el artículo 89.2 LIS establece la cláusula antiabuso: el régimen no se aplica cuando la principal finalidad de la operación es conseguir ventajas fiscales y no existe un motivo económico válido. Cuando la AEAT considera que una reestructuración carece de sustancia económica real y solo persigue el ahorro fiscal, puede denegar la neutralidad y exigir la tributación de todas las plusvalías latentes de los activos involucrados como si la operación hubiera sido una transmisión a precio de mercado.

    Qué es y qué acredita el informe de motivos económicos válidos

    El informe de motivos económicos válidos (MEV) es un documento técnico que elabora el perito o el asesor especializado antes de ejecutar la reestructuración, con el objetivo de documentar la racionalidad empresarial de la operación de forma preventiva. El informe debe acreditar: (1) cuál es el motivo económico que justifica la reestructuración (separación de riesgos, preparación para entrada de socio inversor, simplificación del grupo, transmisión generacional, integración de negocios); (2) que ese motivo hubiera llevado a partes independientes a realizar la misma operación aunque no existiera el beneficio fiscal; y (3) que la reestructuración tiene consecuencias económicas reales más allá del ahorro fiscal (cambios en la estructura de gobierno, en la gestión de los activos, en las relaciones contractuales del grupo). La elaboración del informe MEV antes de ejecutar la operación y su presentación a la AEAT en una consulta tributaria o en la comunicación de la operación refuerza significativamente la seguridad jurídica.

    En LRB Tax & Legal, especialistas en reestructuraciones empresariales bajo el FEAC, identificamos y documentamos los motivos económicos válidos de cada operación. Los peritos de ValiTax elaboramos el informe técnico de MEV que acredita la sustancia económica ante la AEAT y los tribunales. Contacto: info@valitax.es / +34 684 234 831.

  • Informe pericial tributario en la inspección de IVA: qué puede demostrar el perito ante la AEAT

    Por qué el IVA genera tantas regularizaciones susceptibles de informe pericial

    El IVA es el impuesto con mayor volumen de actuaciones inspectoras en España. Las regularizaciones más frecuentes —IVA deducido en activos de uso mixto, prorrata incorrectamente calculada, IVA intracomunitario sin verificación VIES, facturas sin operación real y errores en la inversión del sujeto pasivo— tienen siempre una dimensión técnica que va más allá del análisis jurídico puro. En estas situaciones, el informe pericial tributario puede demostrar ante la AEAT, el TEAR o los tribunales que el contribuyente aplicó el IVA de forma correcta o que la regularización propuesta está cuantificada en exceso.

    El peritaje de la prorrata: el caso más habitual

    Las empresas con actividades mixtas —sujetas y exentas de IVA simultáneamente— deben aplicar la regla de prorrata para limitar el IVA deducible. La AEAT discute con frecuencia el porcentaje de prorrata aplicado, la correcta exclusión de operaciones no habituales del denominador y la procedencia de la regla de prorrata especial frente a la general. El perito tributario elabora un análisis detallado de los ingresos del período, clasifica cada operación según su naturaleza a efectos de IVA y recalcula la prorrata con la metodología correcta. Cuando la AEAT ha aplicado una prorrata superior a la que realmente corresponde, el informe pericial puede reducir significativamente la cuota regularizada.

    Realidad de las operaciones: el informe frente al fraude carrusel

    Cuando la AEAT deniega la deducción de IVA alegando que el contribuyente participó, conscientemente o no, en una cadena de fraude tipo carrusel, el informe pericial puede demostrar que el contribuyente adoptó todas las medidas de diligencia razonables: verificación del VIES, obtención de documentación del proveedor, control de la cadena de transporte. La jurisprudencia del TJUE establece que la denegación de la deducción solo procede cuando el contribuyente sabía o debía razonablemente haber sabido que participaba en un fraude. El perito analiza los indicios disponibles y acredita que no concurría ese conocimiento ni esa negligencia.

    Cuándo solicitar el informe pericial en una inspección de IVA

    El momento óptimo es antes de firmar el acta de disconformidad: si el contribuyente ya dispone de un informe pericial sólido en el momento de las alegaciones al acta, puede influir en la liquidación definitiva del inspector jefe y evitar la vía económico-administrativa. Si el informe se obtiene después, su impacto máximo es en el TEAR y en el contencioso-administrativo. En LRB Tax & Legal, especialistas en defensa ante inspecciones de IVA, coordinamos el informe pericial de ValiTax con la estrategia de defensa jurídica desde el primer requerimiento. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Informe pericial tributario en la deducción por I+D+i del IS: cuantificación y acreditación ante la AEAT

    Informe pericial tributario en la deducción por I+D+i del IS: cuantificación y acreditación ante la AEAT

    Por qué la AEAT inspecciona las deducciones por I+D+i

    La deducción por actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (artículo 35 LIS) permite reducir la cuota del IS en importes muy significativos: hasta el 42% de los gastos en I+D y el 12% en innovación tecnológica. Este impacto fiscal tan relevante convierte a las deducciones por I+D+i en uno de los focos principales del Plan de Control Tributario de la AEAT, que desde hace años ha intensificado las inspecciones sobre empresas que aplican estas deducciones sin disponer del informe motivado vinculante del Ministerio de Economía. La AEAT puede cuestionar tanto la calificación de las actividades (si realmente son I+D o solo mejoras incrementales) como el importe de los gastos imputados (si los gastos imputados al proyecto corresponden realmente a actividades de I+D o incluyen costes operativos ordinarios).

  • Informe pericial en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: impugnar la comprobación de valores

    Informe pericial en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: impugnar la comprobación de valores

    La comprobación de valores en el ITP: cómo actúa la hacienda autonómica

    El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la compraventa de inmuebles de segunda mano es gestionado por las haciendas autonómicas, que tienen facultad para revisar el valor declarado en la escritura de compraventa cuando consideran que es inferior al valor real de mercado. Desde la reforma de 2021, el valor de referencia catastral actúa como suelo mínimo de la base imponible: si el precio declarado es inferior al valor de referencia, la hacienda autonómica practica una liquidación complementaria automáticamente. Para valores superiores al de referencia, la hacienda puede seguir practicando comprobaciones de valores utilizando sus propios métodos (dictamen pericial del técnico de la administración, método de estimación por referencia a valores de mercado comparables, o capitalización de rentas).

    El valor de referencia catastral: cuándo el informe pericial lo puede impugnar

    El valor de referencia catastral no es inatacable. El contribuyente que considera que el valor de referencia supera el valor real de mercado del inmueble puede impugnarlo con un informe pericial que demuestre la diferencia. Las situaciones más frecuentes en que el valor de referencia es excesivo son: inmuebles en zonas donde los precios han caído respecto al momento de cálculo del valor de referencia (mercados inmobiliarios rurales o en decadencia), inmuebles con defectos físicos o jurídicos que reducen su valor (humedades, amianto, cargas urbanísticas, servidumbres), locales comerciales en zonas con alta tasa de vacancia, e inmuebles con características específicas que los alejan de los comparables utilizados en el cálculo del valor de referencia.

    La tasación pericial contradictoria en el ITP: procedimiento y plazos

    Cuando la hacienda autonómica emite una liquidación complementaria del ITP basada en una comprobación de valores, el contribuyente tiene un plazo de un mes desde la notificación para solicitar la tasación pericial contradictoria (TPC). La TPC suspende automáticamente el plazo de ingreso de la liquidación y el devengo de intereses de demora durante su tramitación. El perito del contribuyente valora el inmueble con criterios de mercado, la administración mantiene su valoración inicial, y si la diferencia entre ambas es superior al 20% del valor mayor, se designa un perito tercero dirimente cuya valoración es definitiva. Los peritos judiciales de ValiTax, acreditados por ASPEJURE, somos peritos de parte habituales en tasaciones periciales contradictorias del ITP ante haciendas autonómicas de toda España. En LRB Tax & Legal gestionamos las reclamaciones del ITP y el ISD ante las haciendas autonómicas. Contacto: info@valitax.es / +34 684 234 831.

  • Informe pericial en ISD: cómo reducir la base imponible del Impuesto de Sucesiones con valoración pericial

    Informe pericial en ISD: cómo reducir la base imponible del Impuesto de Sucesiones con valoración pericial

    El valor de referencia catastral como base mínima del ISD desde 2022

    Desde la reforma de la Ley 11/2021, el valor de referencia catastral actúa como base mínima imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) para los bienes inmuebles. Cuando el valor declarado en la escritura de herencia o donación es inferior al valor de referencia catastral, la administración autonómica practica una liquidación complementaria automáticamente, sin necesidad de abrir un procedimiento de comprobación de valores. El heredero o donatario solo puede combatir esta liquidación complementaria si puede acreditar que el valor de referencia catastral es superior al valor de mercado real del inmueble en el momento de la transmisión.

    Cuándo el informe pericial puede reducir la base del ISD en inmuebles

    El valor de referencia catastral no siempre refleja el valor de mercado real del inmueble. Hay situaciones en que la diferencia puede ser significativa: inmuebles con cargas o servidumbres que reducen su valor (hipotecas en los que el valor de la carga no se descuenta del valor de referencia), inmuebles con problemas urbanísticos o de licencias que afectan a su comerciabilidad, inmuebles en estado de deterioro que requieren inversión significativa para ser habitables, locales comerciales en zonas con alto nivel de desocupación, o inmuebles en zonas rurales donde los valores de referencia se han actualizado al alza sin reflejar la realidad del mercado local. En todos estos casos, el informe pericial puede demostrar con comparables reales que el valor de mercado es inferior al valor de referencia catastral.

    Valoración pericial de participaciones en el ISD: empresa familiar y holding

    Cuando la herencia incluye participaciones en empresas o en una holding familiar, la base imponible del ISD se calcula según el valor mayor de los tres criterios del IP (valor nominal, valor teórico del balance, valor capitalizado de beneficios). Este valor fiscal puede ser muy diferente del valor de mercado real de las participaciones, especialmente cuando: la empresa tiene activos con plusvalías latentes no reflejadas en el balance (inmuebles adquiridos hace décadas a costes históricos), o cuando la empresa tiene perspectivas de resultados decrecientes que reducen el valor real frente al valor capitalizado de beneficios históricos. El informe pericial puede demostrar que el valor de mercado real de las participaciones es inferior al calculado con la fórmula legal, justificando una liquidación complementaria menor. Con la reducción del 95% de empresa familiar, incluso pequeñas diferencias en el valor de la empresa pueden traducirse en ahorros fiscales de decenas de miles de euros. En LRB Tax & Legal, especialistas en planificación sucesoria y empresa familiar, coordinamos la valoración pericial con la planificación fiscal del ISD. Los peritos judiciales de ValiTax valoramos inmuebles y participaciones para reducir la base del ISD. Contacto: info@valitax.es / +34 684 234 831.

  • Informe pericial tributario de responsabilidad patrimonial del Estado: cómo cuantificar lo que Hacienda debe devolver

    Informe pericial tributario de responsabilidad patrimonial del Estado: cómo cuantificar lo que Hacienda debe devolver

    Qué es la responsabilidad patrimonial del Estado legislador en materia tributaria

    Cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o el Tribunal Constitucional declaran que una norma tributaria española es contraria al Derecho de la UE o a la Constitución, los contribuyentes que pagaron impuestos bajo esa norma tienen derecho a recuperar el importe pagado indebidamente más los intereses legales. Este mecanismo se llama responsabilidad patrimonial del Estado legislador y se ejercita mediante una reclamación ante el Ministerio de Hacienda. Si el Ministerio la deniega, el contribuyente puede recurrir ante la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso-Administrativo).

    Casos más relevantes en España: Modelo 720, plusvalía municipal y otros

    Los casos más relevantes de responsabilidad patrimonial del Estado en materia tributaria en España son: las sanciones del Modelo 720 declaradas contrarias al Derecho de la UE por el TJUE en enero de 2022 (sanciones del 150% sobre bienes no declarados y multas de 10.000 euros por dato); la plusvalía municipal (IIVTNU) en situaciones sin incremento real de valor de suelo, declarada inconstitucional por el TC en noviembre de 2021; el Impuesto sobre el Patrimonio en Extremadura, declarado inconstitucional; y diversas retenciones en la fuente sobre dividendos y plusvalías de no residentes que resultaron contrarias a la libre circulación de capitales europea.

    Por qué el informe pericial es esencial en la reclamación de responsabilidad patrimonial

    La reclamación de responsabilidad patrimonial debe incluir una cuantificación precisa del daño sufrido: el importe del impuesto pagado indebidamente, los intereses legales devengados desde la fecha del pago hasta la resolución de la reclamación, y en algunos casos las costas de los procedimientos previos. Esta cuantificación, que puede ser compleja cuando hay múltiples ejercicios, distintas liquidaciones y tipos de interés variables, requiere un informe pericial que detalle el cálculo con precisión. El Ministerio de Hacienda y los tribunales exigen que el importe reclamado esté justificado documentalmente y calculado con rigor metodológico.

    Plazos para presentar la reclamación

    La reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado debe presentarse en el plazo de un año desde la publicación en el BOE de la sentencia del TJUE o del TC que declara la norma contraria a Derecho. Este plazo es de caducidad y no puede interrumpirse. Para las sentencias del TJUE sobre el Modelo 720 (enero 2022) y del TC sobre la plusvalía municipal (noviembre 2021), los plazos de un año ya han transcurrido para los contribuyentes que no actuaron a tiempo. Sin embargo, para otras normas declaradas inconstitucionales en fechas más recientes, los plazos pueden estar aún abiertos. En LRB Tax & Legal tramitamos reclamaciones de responsabilidad patrimonial del Estado. Los peritos judiciales tributarios de ValiTax cuantificamos el importe exacto a recuperar con sus intereses. Contacto: info@valitax.es / +34 684 234 831.