Etiqueta: mermas

  • Informe pericial de conciliación litro a litro en gasolineras y estaciones de servicio

    Informe pericial de conciliación litro a litro en gasolineras y estaciones de servicio

    Una gasolinera mueve grandes importes con un margen unitario pequeño, de modo que un error de pocos céntimos por litro, repetido durante años, se convierte en una regularización de seis cifras. Las comprobaciones parten de una pregunta sencilla: ¿cuadran los litros comprados, los litros vendidos y los ingresos declarados? Responderla con documentación técnica es la función del informe pericial. El contexto tributario lo tiene en nuestra guía de fiscalidad de gasolineras e inspecciones; este artículo se centra en la prueba.

    La conciliación que decide la inspección

    El núcleo técnico de una comprobación es la conciliación de existencias. Se parte de las existencias iniciales, se suman las compras y se restan las existencias finales para obtener las ventas teóricas, que se comparan con las lecturas de los totalizadores de los surtidores y con las ventas contabilizadas. Cualquier diferencia, positiva o negativa, exige una explicación, y las diferencias de inventario no explicadas son el principal argumento de la Administración para acudir a la estimación indirecta del artículo 53 de la Ley General Tributaria.

    Foco de controlQué concilia el informe pericial
    Compras de carburanteLitros facturados por el proveedor frente a litros recibidos, con la medición en recepción
    SurtidoresLecturas de contadores frente a ventas contabilizadas
    TanquesExistencias teóricas frente a existencias medidas
    Cobros con tarjetaImportes comunicados por las entidades frente a ventas declaradas
    Tienda y serviciosIngresos y bases por actividad, con el tipo de IVA de cada producto

    El perito reconstruye esta conciliación litro a litro, por producto y por periodo, y deja constancia de las fuentes de cada dato. El resultado es un cuadro que la Inspección puede contrastar con el suyo, y en el que cada diferencia aparece con su explicación o, si no la tiene, con su cuantificación exacta.

    Mermas: prueba técnica, no cifras genéricas

    Las mermas pueden ser reales: variaciones de temperatura, evaporación, errores de medición o calibración de los equipos. Lo que no basta es alegarlas sin respaldo. No existe un porcentaje legal único verificado para la estación minorista, por lo que la defensa se apoya en la prueba técnica concreta y en la comparación con parámetros razonables del sector. Sin prueba técnica, la alegación genérica de mermas suele rechazarse.

    • Mediciones periódicas de cada tanque y registro de las diferencias.
    • Informes del sistema de control de inventario y de los surtidores, conservados por fecha.
    • Registro de calibraciones, revisiones y averías de los equipos de despacho.
    • Albaranes de entrega con la medición en recepción y acta de cualquier discrepancia.
    • Procedimiento escrito de cierre diario y de arqueo de caja.

    El perito ordena esa documentación, estima la merma técnicamente atribuible a cada causa y separa la parte que sí queda justificada de la que permanece sin explicar. Con esa separación, la discusión pasa de una diferencia global a una diferencia concreta y acotada.

    Tarjetas de flota, efectivo y cobros

    Las entidades que gestionan los cobros informan a la AEAT de lo cobrado por cada comercio, así que una diferencia entre los cobros por tarjeta y las ventas declaradas es una de las señales de riesgo más claras. Las operaciones con alguna parte empresaria o profesional no pueden pagarse en efectivo por importes de 1.000 euros o más, con una sanción del 25 % de lo pagado y responsabilidad solidaria de pagador y receptor.

    Las tarjetas de flota añaden una capa más: el repostaje lo realiza un conductor, pero la factura se emite a la empresa titular o al emisor de la tarjeta según el contrato. Los desajustes entre lo repostado, lo facturado y lo cobrado al emisor generan diferencias que la inspección interpreta como ventas no declaradas si no se explican. El informe pericial concilia mensualmente TPV, caja, emisor de flotas y contabilidad, y demuestra que cada euro cobrado tiene su venta.

    Comisión o compraventa: calificación económica del contrato

    En la compraventa con abanderamiento, la estación compra el carburante, asume el riesgo y vende en nombre propio: su ingreso es el precio de venta y su margen, la diferencia con el coste. En la comisión, el gestor actúa por cuenta del operador, que sigue siendo titular del producto, y el ingreso es la comisión. La Administración atiende a la realidad económica, no a la denominación: si el contrato dice comisión pero la estación asume el riesgo de las existencias, o al revés, la calificación puede discutirse.

    Un informe pericial analiza quién asume realmente el riesgo, quién fija el precio, quién es titular del inventario y cómo se retribuye cada flujo, incluidas ayudas, descuentos por volumen, anticipos y cánones por abanderamiento, y calcula el efecto económico de cada calificación posible. Con ello, la estación puede prever el impacto antes de que lo plantee la Inspección o defender la calificación aplicada.

    Márgenes en un año de tarifas cambiantes

    En 2026 las tarifas del Impuesto sobre Hidrocarburos se han movido con rebajas temporales y renovaciones periódicas. Para el minorista, esto significa que las existencias compradas con una tarifa se venden con otra, y el margen del mes puede parecer anómalo sin contexto. El perito reconstruye el margen con las fechas de recepción, los albaranes y los listados de precios, y explica la evolución mes a mes, que es lo que se necesita si la inspección lo cuestiona.

    Procedimiento y estrategia

    Las actuaciones de inspección tienen un plazo general de 18 meses, ampliable a 27 en determinados supuestos, y la prescripción general es de cuatro años. Una defensa eficaz sigue un orden: ordenar la documentación de compras, cierres y cobros; reconstruir la conciliación litro a litro y justificar técnicamente las mermas; y valorar si procede aceptar parte de la propuesta, con las reducciones de sanción por conformidad y pronto pago, o impugnar la liquidación y la sanción en vía económico-administrativa. Conviene evitar manifestaciones sobre diferencias de inventario antes de conocer el análisis técnico.

    Respecto a Verifactu, el calendario legal vigente es el del Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 para las sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 un aplazamiento a octubre de 2028, que todavía no está formalizado, así que conviene tomarlo como previsión y no como norma.

    Asesoramiento fiscal y defensa con LRB Tax & Legal

    LRB Tax & Legal es el despacho experto en asesoramiento fiscal a estaciones de servicio y en la defensa en inspecciones fiscales. ValiTax elabora la conciliación y la prueba técnica de mermas, y el despacho las incorpora a la defensa desde el primer requerimiento.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué incluye una conciliación pericial de una gasolinera?

    Compras, existencias medidas en tanques, lecturas de surtidores, ventas contabilizadas y cobros por TPV, efectivo y tarjetas de flota, por producto y periodo, con las fuentes de cada dato.

    ¿Cómo se justifican las mermas de una estación de servicio?

    Con prueba técnica concreta: mediciones periódicas de los tanques, calibraciones, registros de incidencias y mediciones en recepción. No hay un porcentaje legal único verificado, por lo que una alegación genérica suele rechazarse.

    ¿Puede un informe pericial cuestionar una estimación indirecta?

    Sí. Si hay datos suficientes para una determinación directa, la reconstrucción pericial muestra que no era necesario estimar y cuantifica con precisión las diferencias que sí existen.

    Si su estación de servicio necesita respaldar sus ventas y mermas ante Hacienda, solicite un informe pericial a ValiTax y consulte con LRB Tax & Legal la estrategia de defensa. Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento personalizado.

  • Prueba pericial de existencias, mermas y precios en operadores petrolíferos

    Prueba pericial de existencias, mermas y precios en operadores petrolíferos

    En el sector petrolífero, la mayoría de las discusiones con la Administración no son sobre qué dice la norma, sino sobre qué ocurrió con el producto: cuánto entró, cuánto salió, cuánto se perdió y a qué precio se vendió. Son preguntas cuantitativas que se contestan con registros, mediciones y valoración. Para el marco normativo puede consultar nuestro análisis de la fiscalidad de operadores petrolíferos; este artículo describe qué puede probar un informe pericial.

    Existencias y mermas en el depósito fiscal

    El Impuesto sobre Hidrocarburos se devenga, con carácter general, en la salida de fábrica o del depósito fiscal, salvo que el producto salga en régimen suspensivo hacia otro establecimiento autorizado. La Ley 38/1992 excluye de tributación las pérdidas parciales inherentes a la naturaleza del producto mientras se encuentra en suspensión y la destrucción por fuerza mayor. Una diferencia de inventario no justificada es una de las regularizaciones más habituales, porque se interpreta como producto salido a consumo sin haber pagado el impuesto.

    El informe pericial separa lo que es pérdida inherente al producto de lo que es una diferencia sin explicar. Para ello concilia, por producto y periodo, las existencias iniciales, las entradas, las salidas y las existencias medidas, y analiza cada diferencia con registros contemporáneos. Se apoya en mediciones periódicas de los tanques, calibraciones de los equipos, registros de incidencias y albaranes de entrega con la medición en recepción.

    Conciliación de DAE y contabilidad de existencias

    Los productos en régimen suspensivo circulan amparados por un documento administrativo electrónico (DAE), que se cierra con el informe de recepción cuando el producto llega a destino. Los errores más frecuentes son el cierre fuera de plazo, las diferencias entre lo expedido y lo recibido, los cambios de destino sin actualizar el documento y las expediciones sin DAE válido; cada uno puede dar lugar a un expediente por circulación irregular.

    • Cuadro mensual de DAE emitidos y recibidos frente a la contabilidad de existencias.
    • Análisis de cada diferencia entre lo expedido y lo recibido, con su causa documentada.
    • Cronología de cierres de DAE y justificación de los retrasos.
    • Coherencia entre cantidades, fechas y sujetos del producto importado, almacenado, expedido y facturado.

    Esa coherencia importa porque las mismas operaciones se comprueban desde la óptica del IVA, de los impuestos especiales y, si procede, de la normativa aduanera. Una reconstrucción pericial con una única base de datos, validada contra los tres enfoques, evita que cada procedimiento maneje cifras distintas.

    Precio de mercado y precio anómalo

    Subsiste el artículo 87.5 de la Ley del IVA: responde subsidiariamente el destinatario que debía presumir razonablemente que el impuesto no se ingresaría, lo que se presume cuando paga un precio notoriamente anómalo. Además, tras la reforma de la Ley 7/2024, una factura o documento de circulación no acredita el pago del Impuesto sobre Hidrocarburos si se detectan en el carburante productos distintos de los marcadores y trazadores autorizados, o si se compró a operadores que no figuran en el listado de la CNMC.

    En este contexto, la pregunta pericial es si el precio pagado era razonable. El informe descompone el precio de adquisición en sus componentes, compara con las cotizaciones de referencia del momento y con otras compras de la propia empresa, y explica las diferencias por calidad, volumen, plazo o logística. Un precio bajo explicado con datos objetivos es una defensa distinta a un precio bajo sin explicación.

    Diligencia en la compra

    El perito complementa el análisis de precio con la prueba de la diligencia del adquirente: contratos, facturas, albaranes, DAE, justificantes de pago y comprobaciones del proveedor, incluida su inclusión en el listado de operadores. Esa documentación, ordenada cronológicamente, ayuda a mostrar que la empresa actuó con la prudencia exigible.

    IVA del último depositante y garantías

    La Ley 7/2024 modificó el artículo 19.5.º de la Ley del IVA: la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero se entiende realizada por el último depositante del producto extraído del depósito fiscal, que debe liquidar el IVA de la operación asimilada a una importación y constituir una garantía del IVA de las entregas posteriores, salvo los operadores económicos autorizados y los operadores confiables. Quien permite la salida sin la acreditación debida puede responder solidariamente de la deuda posterior.

    El perito puede cuantificar la exposición: el IVA de las entregas posteriores, el importe de la garantía necesaria según el volumen real de operaciones y la evolución de las existencias del depósito. Es un cálculo relevante tanto para dimensionar la garantía como para discutir una liquidación basada en importes que no reflejan el movimiento real del producto.

    La prueba pericial en el procedimiento

    La prescripción general es de cuatro años, la inspección dura con carácter general 18 meses, ampliables a 27 en los supuestos previstos, y la reclamación económico-administrativa se interpone en el plazo de un mes desde la notificación. Cuando el debate es cuantitativo, como una merma, un precio o un margen, un informe pericial independiente aporta una base objetiva que el tribunal económico-administrativo o el juez pueden contrastar.

    Si la cuota supera el umbral penal del artículo 305 del Código Penal, fijado en 120.000 euros, la estrategia debe diseñarse desde el primer día para no perjudicar la posición posterior. El informe pericial debe elaborarse con ese horizonte: metodología trazable, datos verificables y conclusiones que resistan un contraste.

    Asesoramiento fiscal y defensa con LRB Tax & Legal

    LRB Tax & Legal es el despacho experto en asesoramiento fiscal a operadores petrolíferos y en la defensa en inspecciones fiscales. ValiTax prepara la conciliación y la valoración pericial, y el despacho las integra en la defensa en el procedimiento inspector, en la vía económico-administrativa y en la contenciosa.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo se justifica una diferencia de existencias en un depósito fiscal?

    Conciliando existencias iniciales, entradas, salidas y mediciones por producto y periodo, con registros contemporáneos de calibraciones, incidencias y recepciones. El informe pericial distingue la pérdida inherente al producto de la diferencia sin explicar.

    ¿Qué papel tiene el informe pericial ante un precio de compra muy bajo?

    Analiza si el precio era razonable comparándolo con cotizaciones de referencia y con otras compras de la empresa, y documenta la diligencia del adquirente, de modo que un precio bajo pueda explicarse con datos objetivos.

    ¿Puede cuantificar el perito la garantía del IVA del último depositante?

    Sí. Calcula el IVA de las entregas posteriores y la garantía necesaria según el volumen real de operaciones y la evolución de las existencias del depósito.

    Si su empresa necesita respaldar existencias, mermas o precios de carburantes ante la Administración, solicite un informe pericial a ValiTax y consulte con LRB Tax & Legal la estrategia de defensa. Contenido informativo y orientativo; no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto.

  • Informe pericial de rendimientos de materias primas en heladerías y hostelería estacional

    Informe pericial de rendimientos de materias primas en heladerías y hostelería estacional

    Las actas a heladerías y a otros negocios de hostelería estacional se deciden casi siempre en un mismo punto: el rendimiento de las materias primas. El inspector parte de lo comprado, aplica un rendimiento teórico por kilo o litro y deduce cuántos helados podrían haberse vendido. Si el resultado supera las ventas declaradas, la diferencia se considera ingreso no declarado. Un informe pericial contesta con datos propios del negocio. En nuestro análisis de la fiscalidad de heladerías y hostelería estacional encontrará el contexto tributario; aquí nos centramos en cómo se prueba el rendimiento real.

    El método de la Inspección: compras por rendimiento

    El inspector parte de las compras de leche, nata, azúcar, pasta, fruta, cucuruchos y tarrinas, y las convierte en unidades vendidas mediante un coeficiente. La debilidad del método es evidente: depende de un rendimiento teórico que no tiene por qué coincidir con el de la heladería concreta. Una merma sin soporte no suele aceptarse, pero una merma documentada permite combatir ese rendimiento teórico.

    Cuando la contabilidad no permite determinar las ventas con exactitud, la Administración puede acudir a la estimación indirecta, que debe estar motivada. Y si concluye que hay ventas ocultas, regulariza IVA e IRPF o Impuesto sobre Sociedades, cobra intereses de demora y propone una sanción que, con ocultación, puede situarse entre el 50 % y el 150 % de la cuota. La diferencia entre un rendimiento teórico y uno real se traduce, por tanto, directamente en euros.

    Qué documenta el informe pericial

    El perito necesita tres elementos para reconstruir el rendimiento real, y los tres deben proceder del propio negocio:

    • Recetas y rendimientos reales: cuántas unidades de cada tamaño salen de un kilo o un litro de cada base, por sabor y por formato de venta.
    • Inventario inicial y final de cada temporada, valorado y conservado con las facturas de compra.
    • Registro de mermas con su causa: producto caducado, roturas de frío, degustaciones, devoluciones y regalos de promoción.

    Con ellos, el informe calcula las unidades vendibles a partir de las compras reales, descuenta las mermas acreditadas y compara el resultado con las ventas contabilizadas y con los cobros por TPV. Cuando el rendimiento real es inferior al teórico de la Inspección, la diferencia queda cuantificada y explicada.

    Mezcla de productos y tipos de IVA

    El helado suele tributar al 10 %, tanto si se toma en la terraza como si se vende para llevar, mientras que las bebidas alcohólicas vendidas como producto o el merchandising pueden tributar al 21 %. Si el negocio vende productos con tipos distintos, el programa de caja debe desglosar cada tipo en el ticket y en el cierre diario. El perito reconstruye la mezcla de ventas para comprobar que el IVA repercutido es coherente con ella, algo que también afecta al rendimiento de las materias primas, porque no todo lo comprado se convierte en helado.

    Obrador propio o producto elaborado por terceros

    Una heladería con obrador propio fabrica el helado y compra materias primas; otra que revende producto de un proveedor compra producto terminado. Fiscalmente la diferencia es relevante: cambia el tipo de existencias, los rendimientos esperables, los gastos deducibles y el epígrafe de actividad. Si el obrador está en un local distinto del punto de venta, o abastece a varios locales o a terceros, hay que documentar los traslados de mercancía entre ambos.

    El informe pericial distingue los flujos de cada actividad y evita que el rendimiento de un obrador que surte a varios puntos se aplique de forma indebida a uno solo. Cuando la estructura genera operaciones entre partes vinculadas, el informe puede además soportar que los precios internos son de mercado.

    Estacionalidad, personal y caja

    La Inspección contrasta las altas en Seguridad Social con el volumen de ventas y las horas abiertas, y en una visita puede comparar la numeración de los tickets, observar presencialmente a los clientes y cotejar esos datos con la caja declarada. Si hay mucha actividad y pocos trabajadores dados de alta, puede presumir trabajo sin declarar. El perito integra esas variables: calendario de apertura, turnos, capacidad de producción y ventas, para mostrar que el nivel de actividad declarado es compatible con los medios y el personal reales.

    Un análisis de este tipo también puede ser el punto de partida para elegir bien el régimen de tributación. La estimación objetiva (módulos) sigue vigente para actividades que cumplan los límites de su orden anual, pero no tiene en cuenta el resultado real; la estimación directa lo refleja. Conviene simular ambas opciones con datos reales antes de decidir.

    Cuándo y cómo se aporta

    Lo ideal es preparar el expediente antes de que llegue el requerimiento: recetas medidas, inventarios de apertura y cierre de temporada y un registro de mermas. Si la actuación ya ha empezado, el informe se incorpora en la fase de alegaciones y se mantiene después en el recurso económico-administrativo y, si procede, en la vía judicial. En cualquier caso, conviene responder dentro de plazo, aportar solo lo solicitado y no manifestar cifras de producción antes de tener el análisis técnico.

    Asesoramiento fiscal y defensa con LRB Tax & Legal

    LRB Tax & Legal es el despacho experto en asesoramiento fiscal a heladerías y negocios de hostelería, también en Baleares, y en la defensa en inspecciones fiscales. ValiTax elabora el informe de rendimientos y mermas, que el despacho incorpora a la defensa desde el primer requerimiento.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo se rebate el rendimiento teórico que aplica la Inspección a una heladería?

    Con recetas y rendimientos reales medidos, inventarios de inicio y fin de temporada y un registro documentado de mermas. El informe pericial convierte esos datos en un cálculo alternativo de unidades vendibles.

    ¿Qué mermas acepta Hacienda en una heladería?

    Las que están documentadas con su causa: producto caducado, roturas de frío, degustaciones, devoluciones o regalos de promoción. Una merma sin soporte no suele aceptarse.

    ¿Puede un informe pericial ayudar a elegir entre módulos y estimación directa?

    Sí. Permite simular ambas opciones con los datos reales del negocio y comparar el resultado antes de renunciar a los módulos o de aplicarlos, siempre que se cumplan los límites de cada ejercicio.

    Si su heladería o negocio de temporada afronta una estimación de ventas, solicite un informe pericial a ValiTax y consulte con LRB Tax & Legal la estrategia de defensa. Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento personalizado.

  • Peritaje de existencias de papel y maquinaria en imprentas y artes gráficas

    Peritaje de existencias de papel y maquinaria en imprentas y artes gráficas

    En una imprenta, el inventario de papel, tintas y planchas es una de las partidas con más peso en el resultado del ejercicio, y la maquinaria es el mayor activo del balance. Las dos cosas se pueden medir, y por eso la Inspección las revisa con lupa. Cuando hay desacuerdo, un informe pericial aporta lo que falta en muchos expedientes: método, trazabilidad y cifras verificables. El marco tributario del sector está en nuestro análisis de la fiscalidad de imprentas y artes gráficas; aquí veremos cómo se prueba cada punto.

    Existencias de papel: qué examina la Inspección

    El papel, las tintas, las planchas y los productos en curso constituyen las existencias. Su valoración influye directamente en el resultado, por lo que la Inspección examina el inventario final, los costes de producción imputados y las diferencias entre el stock contable y el físico. Un pequeño desperdicio en el arranque de máquina o en el corte es normal, pero una merma excesiva o sin justificar puede interpretarse como ventas no declaradas o como gasto no deducible.

    El perito aborda la discusión desde los datos de producción. Compara el consumo teórico de papel de cada trabajo con el consumo real, calcula la merma por tipo de encargo y la contrasta con los partes de producción y con las regularizaciones de inventario. El resultado es un porcentaje de merma documentado, en lugar de una afirmación general.

    Papel del cliente y existencias obsoletas

    Hay que separar el papel que entrega el cliente para imprimir del papel propio. Si el primero aparece en el balance como existencia, se infla el inventario y se altera la base imponible. Tampoco todo el papel en desuso permite deducir un deterioro: solo cuando se acredita la pérdida de valor. Un informe pericial identifica el papel ajeno, estima el valor neto realizable de los formatos descatalogados y sostiene, con comparables y ventas posteriores, la dotación que sea defendible.

    Maquinaria: amortización y valor de los activos

    En el Impuesto sobre Sociedades, la amortización es deducible si es efectiva y se contabiliza, conforme al artículo 12 de la Ley 27/2014 y a las tablas oficiales de coeficientes. Las empresas de reducida dimensión, con menos de 10 millones de euros de cifra de negocios el ejercicio anterior, pueden aplicar la amortización acelerada y multiplicar por dos el coeficiente lineal máximo, siempre que cumplan los requisitos. Aquí el análisis pericial responde a preguntas concretas:

    • ¿Es una reparación o una mejora que alarga la vida útil de una prensa o de una línea de acabado?
    • ¿Sigue en uso una máquina que continúa amortizándose, o está parada o vendida?
    • ¿Cuál es la vida útil efectiva de cada equipo, según su uso real y su estado?
    • ¿Qué valor razonable tiene un equipo adquirido en el extranjero, con su instalación y transporte?

    Un registro de inmovilizado con fecha de puesta en funcionamiento, coste, vida útil y bajas es la base. El perito lo completa con una inspección de los equipos y un informe de valoración cuando se discute el coste de adquisición, una aportación a una sociedad o una venta.

    Prestación única, tipos de IVA y subcontratación

    El tipo superreducido del 4 % alcanza a libros, periódicos y revistas que no sean fundamentalmente publicitarios; folletos, catálogos, etiquetas o papelería corporativa tributan, con carácter general, al 21 %. En la consulta vinculante V1431-22, de 16 de junio de 2022, la DGT entendió que diseño, maquetación, impresión y encuadernación de unos libros de ordenanzas formaban una operación única que sigue el tipo de la operación principal, y excluyó del tipo del 4 % los libros de actas.

    Cuando la factura desglosa conceptos con tipos distintos sin justificación, Hacienda puede unificar el tipo. El perito no sustituye al abogado en la calificación jurídica, pero sí reconstruye el contenido económico de cada encargo, separa lo que es un único servicio de lo que son prestaciones independientes y cuantifica el efecto de cada alternativa. En la subcontratación, además, sirve para acreditar que la prestación fue real y que el precio guarda proporción con el trabajo realizado, que es el foco habitual de las regularizaciones.

    Cómo se usa el informe en la inspección

    En una imprenta, la trazabilidad entre el encargo, el consumo de papel y la factura es la mejor prueba. El informe pericial la ordena: partiendo de pedidos, albaranes, partes de producción, facturas y extractos, construye un expediente que la Inspección puede contrastar. Se aporta con las alegaciones razonadas y, si la liquidación se confirma, sirve de base en la reclamación económico-administrativa y en la vía contenciosa.

    Conviene tener preparado el informe antes del requerimiento. Un cálculo de mermas por tipo de trabajo, un inventario valorado a cierre y un registro actualizado de inmovilizado cambian el tono de la comprobación, porque la empresa llega con sus números explicados.

    Asesoramiento fiscal y defensa con LRB Tax & Legal

    LRB Tax & Legal es el despacho experto en asesoramiento fiscal a imprentas y empresas industriales y en la defensa en inspecciones fiscales. ValiTax elabora la valoración y la reconstrucción técnica; el despacho la integra en la defensa ante la Agencia Tributaria.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo se justifica la merma de papel de una imprenta?

    Comparando el consumo teórico de cada trabajo con el real, con partes de producción y regularizaciones de inventario. Un informe pericial documenta el porcentaje de merma por tipo de encargo.

    ¿Cuándo es deducible el deterioro de papel obsoleto?

    Solo cuando se acredita la pérdida de valor. El informe pericial estima el valor neto realizable con comparables y ventas posteriores y respalda la dotación defendible.

    ¿Puede un perito valorar la maquinaria de una imprenta?

    Sí. Valora los equipos, comprueba su uso y vida útil efectiva y respalda la amortización o el precio en una aportación, cesión o venta.

    Si su imprenta necesita respaldar sus existencias, mermas o maquinaria ante Hacienda, solicite un informe pericial a ValiTax y consulte con LRB Tax & Legal la estrategia de defensa. Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento personalizado.