Deber de lealtad de los administradores: obligaciones básicas y conflictos de interés

Si la diligencia mide cómo gestiona un administrador, el deber de lealtad mide para quién lo hace. La ley exige al administrador desempeñar su cargo con la lealtad de un fiel representante, obrando de buena fe y en el mejor interés de la sociedad. Es un deber exigente, de carácter imperativo y de consecuencias severas: su infracción no solo obliga a indemnizar los daños, sino también a devolver a la sociedad el enriquecimiento injusto obtenido.

Respuesta directa: el deber de lealtad obliga al administrador a no usar sus facultades con fines distintos de aquellos para los que las recibió, a guardar secreto, a abstenerse de actuar en situaciones de conflicto de interés, a ejercer su cargo con independencia y a evitar situaciones de conflicto con el interés social. Su régimen es imperativo, aunque la junta puede dispensar ciertas conductas concretas.

El mandato legal: lealtad de un fiel representante

La Ley de Sociedades de Capital impone a los administradores el deber de desempeñar el cargo con la lealtad de un fiel representante, obrando de buena fe y en el mejor interés de la sociedad. Esta formulación se concreta en un listado de obligaciones básicas y en una serie de deberes de evitar conflictos de interés. Dos rasgos distinguen este deber del de diligencia:

  • Su régimen es imperativo: ni los estatutos ni la junta pueden eliminarlo o reducirlo con carácter general, aunque sí autorizar conductas puntuales en los casos que la ley permite.
  • Su infracción no exige daño para que exista incumplimiento: puede bastar el enriquecimiento del administrador o la creación de una situación de conflicto, y la consecuencia incluye la devolución del beneficio obtenido.

Las obligaciones básicas derivadas del deber de lealtad

  1. No ejercitar las facultades con fines distintos de aquellos para los que se han concedido (desviación de poder).
  2. Guardar secreto sobre informaciones, datos, informes o antecedentes a los que se haya tenido acceso en el cargo, incluso tras cesar. Ver confidencialidad y secreto de los administradores.
  3. Abstenerse de participar en la deliberación y votación de acuerdos en los que él o una persona vinculada tenga un conflicto de intereses, directo o indirecto.
  4. Desempeñar sus funciones con responsabilidad personal, libertad de criterio e independencia respecto de instrucciones y vinculaciones de terceros.
  5. Adoptar las medidas necesarias para evitar incurrir en situaciones en las que sus intereses, por cuenta propia o ajena, puedan entrar en conflicto con el interés social.

Las conductas que el administrador debe evitar

La ley concreta, además, qué situaciones de conflicto debe evitar el administrador. En términos generales, no puede:

  • Realizar transacciones con la sociedad, salvo que sean operaciones ordinarias, hechas en condiciones estándar para los clientes y de escasa relevancia.
  • Utilizar el nombre de la sociedad o invocar su condición de administrador para influir indebidamente en operaciones privadas.
  • Hacer uso de los activos sociales con fines privados.
  • Aprovechar en beneficio propio una oportunidad de negocio de la sociedad.
  • Obtener ventajas o remuneraciones de terceros asociadas al desempeño del cargo, salvo atenciones de mera cortesía.
  • Desarrollar actividades por cuenta propia o ajena que entrañen competencia efectiva con la sociedad.

Este listado se amplía a las personas vinculadas al administrador (cónyuge, familiares próximos, sociedades que controla), de modo que no se puede eludir el deber a través de terceros. Desarrollamos esta cuestión en el artículo sobre el conflicto de interés del administrador y en el dedicado a las operaciones vinculadas con administradores.

La dispensa: cuándo se puede autorizar una conducta

La sociedad puede dispensar, en casos concretos, determinadas conductas incompatibles con el deber de lealtad, siempre con transparencia y garantías. La autorización se concede, en general, por el órgano de administración cuando la operación es de escasa relevancia y no afecta a la sociedad, y por la junta general cuando la ventaja o remuneración tiene un valor elevado, la operación supera cierto umbral económico respecto de los activos de la sociedad, o se trata de autorizar la competencia. Quien se beneficia no puede votar la dispensa que le favorece. Además, la dispensa debe poder revocarse y no ampara actuaciones contrarias al interés social, y la sociedad debe acreditar que la operación es equitativa.

El papel de la valoración independiente

Cuando la autorización exige garantizar que la operación es equitativa (una compra a un administrador, un alquiler a una sociedad vinculada, un préstamo), el medio más sólido para acreditarlo es un informe de valoración independiente. Ese informe demuestra que el precio es de mercado, que no hay perjuicio para la sociedad y que la autorización se basó en información objetiva. Es una de las aplicaciones más importantes del peritaje en el ámbito del gobierno corporativo.

Consecuencias de infringir el deber de lealtad

La infracción del deber de lealtad determina la obligación de indemnizar el daño causado al patrimonio social y de devolver a la sociedad el enriquecimiento injusto obtenido por el administrador. Además, la ley atribuye a la sociedad acciones específicas:

  • La acción de responsabilidad (social e individual).
  • La acción de cesación de los actos concretos que persistan al tiempo de interponer la demanda.
  • La remoción de los efectos de los actos, que puede llegar a la anulación de contratos suscritos por el administrador con infracción del deber.
  • La restitución del enriquecimiento injusto.

Estas acciones son compatibles con la separación del administrador y con la responsabilidad penal en los supuestos más graves, como la administración desleal. Más sobre ello en el artículo sobre responsabilidad penal de los administradores y delitos societarios.

Caso práctico: la oportunidad de negocio desviada

El administrador de una empresa de logística recibe una oferta para gestionar un nuevo almacén. En lugar de proponerlo a su sociedad, la acepta a través de otra compañía de la que es socio. Aunque la sociedad no sufre una pérdida directa, ha perdido una oportunidad de negocio que le correspondía. La infracción del deber de lealtad es clara y la sociedad puede reclamar el beneficio que obtuvo el administrador. El cálculo de ese enriquecimiento, que exige reconstruir márgenes, costes y rentabilidad, es un trabajo típico de un perito.

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Para cualquier directivo, la mejor forma de cumplir el deber de lealtad es la transparencia respaldada con datos. En ValiTax elaboramos informes periciales que acreditan el valor de mercado en operaciones con administradores y personas vinculadas, cuantifican el enriquecimiento obtenido en caso de infracción y apoyan tanto a la sociedad que reclama como al administrador que se defiende. Nuestro servicio de informes de responsabilidad profesional y nuestro respaldo a decisiones directivas nacen precisamente de esta necesidad.

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Señales de alerta y buenas prácticas de lealtad

El deber de lealtad se vulnera con frecuencia sin mala fe, simplemente porque nadie se detuvo a analizar si una situación era problemática. Estas son las situaciones que conviene revisar de forma sistemática:

  • Contratos entre la sociedad y el administrador o sus familiares: arrendamientos, préstamos, servicios de consultoría o suministros. Deben ajustarse a precios de mercado y seguir el procedimiento de autorización que corresponda.
  • Actividades paralelas: participar en otra empresa del mismo sector, o prestar servicios a competidores, requiere autorización expresa.
  • Oportunidades de negocio: si el administrador conoce una oportunidad por razón de su cargo, no puede aprovecharla para sí sin que la sociedad haya tenido ocasión de decidir.
  • Uso de activos e información: vehículos, inmuebles, bases de datos o información confidencial de la compañía no pueden emplearse con fines privados.
  • Retribuciones y ventajas: cualquier remuneración debe ajustarse a lo previsto en estatutos y acuerdos de la junta.

Protocolo mínimo recomendable

Una sociedad bien gobernada, aunque sea pequeña, debería contar con un registro actualizado de intereses de los administradores, un procedimiento de comunicación de conflictos al órgano y un criterio escrito para autorizar operaciones vinculadas. Son medidas de bajo coste que, llegado el conflicto, marcan la diferencia entre una operación defendible y una condena por deslealtad.

Recuerda además que los efectos de la infracción son especialmente severos: además de la indemnización del daño, la ley prevé la restitución a la sociedad del enriquecimiento injusto obtenido por el administrador. Por eso la prevención documental es siempre la inversión más rentable.

Preguntas frecuentes

¿Puede la junta dispensar al administrador del deber de lealtad?

Solo en supuestos concretos y con garantías. La ley permite autorizar conductas puntuales, pero el régimen del deber de lealtad es imperativo y no puede eliminarse con carácter general.

¿Qué ocurre si el administrador se beneficia de una operación con la sociedad?

Debe indemnizar el daño y devolver el enriquecimiento obtenido. Además, la sociedad puede ejercitar acciones para anular los actos y contratos suscritos con infracción del deber.

¿Afecta el deber de lealtad a los familiares del administrador?

Sí. Las prohibiciones se extienden a las personas vinculadas al administrador, como cónyuge, familiares próximos y sociedades que controla.

Este artículo tiene carácter divulgativo y no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.