Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026
Un informe pericial en sociedad patrimonial permite acreditar, con criterios técnicos, qué gastos de vehículos, inmuebles o viajes responden a la actividad real. También separa los de uso privado del socio. Es la prueba que sostiene la deducibilidad ante la AEAT y cuantifica, a valor de mercado, cualquier aprovechamiento particular.
Qué considera la AEAT una sociedad patrimonial y un gasto privado
La Administración tributaria presta atención a las sociedades que concentran bienes de disfrute personal. Son habituales los vehículos de alta gama, las viviendas vacacionales, las embarcaciones o los gastos de viaje sin conexión clara con los ingresos. La sospecha es que la sociedad paga gastos particulares con dinero societario.
El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026 se aprobó por la Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de la AEAT. Menciona expresamente el uso abusivo de sociedades instrumentales para sufragar gastos personales. Por eso conviene preparar la prueba antes de que llegue el requerimiento.
Conviene distinguir dos planos. El primero es la calificación de la entidad. Una sociedad es patrimonial cuando más de la mitad de su activo se compone de valores o de elementos no afectos a una actividad económica. El segundo es la deducibilidad de cada gasto, que se analiza partida por partida.
Base legal: actividad económica, liberalidades y valor de mercado
El artículo 5 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, define la actividad económica. Es la ordenación por cuenta propia de medios de producción y recursos humanos. En el arrendamiento de inmuebles exige, además, al menos una persona empleada con contrato laboral y jornada completa.
El artículo 15.e) de la misma ley excluye de la deducción los donativos y liberalidades. Un gasto que beneficia al socio sin contraprestación para la sociedad encaja en esa categoría. Si hay uso efectivo del bien, puede tratarse como retribución en especie. El artículo 18 impone valorar las operaciones entre la sociedad y sus socios por su valor de mercado.
En el IVA, el artículo 95 de la Ley 37/1992 limita el derecho a deducir cuando los bienes no están afectos a la actividad. Para los vehículos de turismo existe una presunción de afectación del 50 %, que el contribuyente puede destruir con prueba suficiente. Ahí el informe pericial adquiere un papel decisivo.
Qué analiza el perito en vehículos, inmuebles y viajes
El perito no se limita a defender un resultado. Reconstruye los hechos, cuantifica el uso empresarial y el uso privado, y explica la metodología para que un tercero pueda verificarla. Un informe bien fundado es una opinión técnica que merece la misma consideración que el criterio de la Inspección.
Vehículos
Se revisan los contratos de renting o leasing, los kilómetros, las agendas de visitas, la geolocalización voluntaria y las facturas de combustible. El objetivo es fijar un porcentaje razonado de uso empresarial. También se valora si el vehículo es necesario para la actividad o si su gama resulta desproporcionada.
Inmuebles y viviendas vacacionales
Cuando un socio usa un inmueble social, el perito calcula el precio de mercado de ese uso mediante comparables de alquiler de la zona. Ese importe sirve para regularizar la operación vinculada. Evita además que la Administración imponga una valoración propia sin contraste técnico.
Si la sociedad alquila inmuebles, el informe documenta los medios personales y materiales con los que ordena la actividad. Sobre esta cuestión puede consultarse nuestro análisis del requisito del empleado a jornada completa.
Viajes y gastos de representación
El perito vincula cada viaje con reuniones, contratos o ferias verificables. Se exige coherencia temporal entre el desplazamiento y la actividad, y se separan los días de ocio. Los gastos mixtos se prorratean con un criterio objetivo, documentado y aplicado de forma homogénea cada ejercicio.
Caso práctico ilustrativo
Los datos siguientes son un ejemplo ilustrativo, sin relación con ningún contribuyente real. Una sociedad con actividad de consultoría soporta anualmente gastos de vehículo, de una vivienda y de viajes. La Inspección propone eliminar la totalidad de la deducción. El informe pericial acredita una parte empresarial.
| Concepto | Gasto anual | Propuesta de la Inspección | Conclusión pericial |
|---|---|---|---|
| Vehículo de gama alta | 14.000 € | 0 € deducibles | 60 % empresarial: 8.400 € |
| Vivienda en Palma de Mallorca | 20.000 € | 0 € deducibles | Uso privado: se valora a mercado y se regulariza |
| Viajes | 9.000 € | 0 € deducibles | 70 % acreditado con agenda y contratos: 6.300 € |
La diferencia entre ambas posiciones es relevante. El informe permite discutir con datos qué parte es deducible y evita la eliminación global de las partidas. Siempre queda una parte privada que debe tratarse correctamente para no incurrir en infracción.
El informe pericial en sociedad patrimonial: Madrid, Barcelona y Palma
Los criterios de la AEAT son los mismos en todo el territorio, pero la práctica cambia según la plaza. En Madrid y Barcelona se concentran las sociedades de servicios con vehículos y viajes frecuentes. En Palma de Mallorca, Ibiza, Málaga y Marbella destacan las viviendas vacacionales y las embarcaciones de recreo vinculadas a sociedades.
La vía de recurso también depende del territorio. La reclamación se presenta ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional correspondiente. Pueden serlo el de Madrid, el de Cataluña, el de las Illes Balears o el de la Comunidad Valenciana. Después cabe acudir al Tribunal Superior de Justicia competente. ValiTax elabora informes periciales con cobertura en toda España.
Procedimiento, plazos y sanciones
Las actuaciones inspectoras tienen una duración máxima de 18 meses, ampliable a 27 en los supuestos previstos en el artículo 150 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. El derecho a liquidar prescribe a los cuatro años, según los artículos 66 y siguientes de esa ley.
El perito debe intervenir cuanto antes. Un informe preventivo ordena la documentación, fija el porcentaje de uso y permite regularizar voluntariamente con recargos reducidos. Si la regularización llega tras el requerimiento, la multa por dejar de ingresar oscila entre el 50 % y el 150 % de la cuota, según la gravedad.
Las consultas de la Dirección General de Tributos sirven como apoyo, aunque no sustituyen a la prueba del caso concreto. La existencia de una interpretación razonable de la norma excluye la culpabilidad, conforme al artículo 179 de la Ley General Tributaria.
Valor del informe pericial ante el TEAR y los tribunales
La Administración es una parte más del procedimiento. El contribuyente tiene derecho a probar los hechos que alega, y la carga de la prueba se reparte según quién sostiene cada afirmación. Un informe pericial riguroso es prueba reconocida y debe valorarse con el mismo rigor que la propuesta de la Inspección.
La doctrina del TEAC y la jurisprudencia del Tribunal Supremo exigen que las regularizaciones por gastos no deducibles se motiven de forma individualizada. Una eliminación global, sin analizar la afectación real de cada bien, resulta difícil de sostener cuando existe un informe que cuantifica el uso empresarial.
Conclusión: preparar la prueba antes de la comprobación
La mejor defensa de una sociedad con gastos mixtos es una documentación coherente y un informe pericial en sociedad patrimonial que cuantifique el uso privado. Si la sociedad ya recibe un requerimiento, conviene revisar la estrategia con un perito judicial y un asesor fiscal antes de contestar.
Desde el asesoramiento, puede leerse el análisis de LRB Tax & Legal sobre el uso privado de inmuebles por el socio único en el IVA. Los casos de simulación se examinan en nuestro artículo sobre la realidad económica ante la AEAT.
Preguntas frecuentes
Es la sociedad en la que más de la mitad del activo está formado por valores o por elementos no afectos a una actividad económica. Esa calificación no impide deducir gastos, pero obliga a acreditar con mayor rigor la afectación de cada bien y la realidad de la actividad que se desarrolla.
Solo en la parte que se acredite como afecta a la actividad. En el IVA rige una presunción del 50 % para turismos que admite prueba en contrario. El uso privado debe tratarse como retribución en especie o como operación vinculada valorada a precio de mercado.
Necesita contratos, facturas, extractos bancarios, agendas, correspondencia comercial y registros de uso de los bienes. Cuanto más contemporánea sea la documentación a los hechos, mayor valor probatorio tiene. El perito también puede entrevistar a los responsables de la sociedad para completar los datos.
Si se deja de ingresar cuota por deducir gastos no deducibles, la infracción puede sancionarse con una multa proporcional a la cuota, según su gravedad y la ocultación apreciada. Una regularización voluntaria previa al requerimiento evita la sanción y solo genera recargos e intereses reducidos.
Sí, el informe se puede aportar en el recurso de reposición, en la reclamación económico-administrativa y en el contencioso-administrativo. Su utilidad es mayor si se acompaña de la documentación de soporte y si critica de forma concreta la valoración o el porcentaje aplicado por la Inspección.
Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.
