Categoría: Valoración de Empresas

Métodos de valoración pericial de empresas y participaciones societarias

  • Valoración pericial de cartera de participaciones para el ISD: metodología y descuento por cartera

    Valoración pericial de cartera de participaciones para el ISD: metodología y descuento por cartera

    El Impuesto sobre Sucesiones y la empresa en proceso de venta

    Cuando el causante fallece mientras está en proceso de vender su empresa, los herederos se encuentran en una situación compleja: deben declarar el ISD sobre el valor de las participaciones en el momento del fallecimiento, pero el precio de la venta pendiente puede diferir de ese valor. Si la venta se completa después del fallecimiento al mismo precio que se negoció en vida, ese precio es el mejor indicador del valor de mercado en la fecha del fallecimiento. Si la venta fracasa o se completa a un precio diferente, la valoración es más incierta. El informe pericial determina el valor técnico en la fecha del fallecimiento considerando el estado de las negociaciones y la probabilidad de cierre.

    Valoración de carteras de participaciones diversificadas

    Cuando el causante tenía participaciones en múltiples sociedades no cotizadas de distintos sectores, el informe pericial debe valorar cada participación individualmente con el método más apropiado para cada negocio. Una cartera que incluye una empresa industrial (valorada por DCF), una promotora inmobiliaria (valorada por activos netos ajustados), una empresa de servicios profesionales (valorada por múltiplos de EBITDA) y una empresa agrícola (valorada por capitalización de rentas) requiere cuatro análisis de valoración distintos con metodologías radicalmente diferentes. El perito coordina todos estos análisis en un informe integrado que presenta el valor total de la cartera y la metodología de cada componente.

    El descuento por cartera: cuándo aplicarlo

    Cuando un inversor tiene participaciones minoritarias en varias empresas, puede aplicar un descuento por cartera sobre el valor agregado: la venta simultánea de todas las participaciones en el mercado generaría una presión vendedora que reduciría el precio real obtenido por debajo de la suma de los valores individuales. Este descuento, reconocido por la doctrina financiera internacional, puede aplicarse técnicamente cuando el tamaño de las participaciones es relevante en relación con el volumen del mercado. La AEAT suele resistirse a aceptar el descuento por cartera, por lo que su aplicación requiere fundamentación pericial especialmente sólida.

    La coordinación con la planificación sucesoria previa al fallecimiento

    La valoración para el ISD es mucho más eficiente cuando se ha planificado con antelación: si el causante ha donado en vida parte de las participaciones aplicando la reducción del 95%, el informe pericial de esa donación fija un precedente de valoración que la Administración tendrá dificultades para cuestionar en la sucesión posterior. Esta coherencia de valoraciones entre la donación en vida y la herencia posterior es un elemento de planificación sucesoria que los peritos de ValiTax trabajan conjuntamente con LRB Tax & Legal en la planificación sucesoria de empresa familiar. Contacto: ValiTax / Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Informe pericial de contingencias fiscales en due diligence M&A: qué valora el perito

    Informe pericial de contingencias fiscales en due diligence M&A: qué valora el perito

    La valoración pericial en la due diligence fiscal

    En una operación de compraventa de empresa, la due diligence fiscal identifica las contingencias tributarias del target que el comprador podría heredar: liquidaciones tributarias impugnadas, inspecciones en curso, BINs cuya deducibilidad puede ser cuestionada, precios de transferencia sin documentación, y operaciones de reestructuración pasadas que podrían ser objeto de regularización futura. La cuantificación de estas contingencias requiere un análisis pericial técnico que va más allá del análisis jurídico: el perito tributario evalúa la solidez técnica de las posiciones fiscales del target y estima la probabilidad de éxito de cada argumento de defensa.

    Informe pericial de contingencias fiscales para el vendedor

    El vendedor también necesita un informe pericial de contingencias fiscales, aunque con un enfoque diferente al del comprador. El vendedor quiere maximizar el precio de venta demostrando que las posiciones fiscales del target son sólidas y que las contingencias identificadas son menores o inexistentes. El informe pericial elaborado para el vendedor analiza las mismas contingencias que el comprador va a revisar, con el objetivo de anticipar los argumentos que el comprador utilizará para reducir el precio e identificar qué posiciones fiscales son genuinamente sólidas y cuáles requieren corrección antes de la venta.

    Valoración de activos en el contexto M&A

    En las operaciones de M&A, el informe pericial de valoración sirve múltiples propósitos: (1) sustentar el precio de compraventa desde el punto de vista fiscal (para evitar que la AEAT lo cuestione como una transacción entre partes vinculadas); (2) determinar el valor de cada activo del target para la asignación del precio de compra (purchase price allocation) que determina las amortizaciones futuras del comprador; (3) valorar los activos intangibles identificados en la compraventa (cartera de clientes, marca, tecnología) que el comprador puede activar y amortizar; y (4) establecer el valor de referencia para las cláusulas de ajuste de precio post-cierre.

    Las garantías fiscales en el contrato de compraventa

    El informe pericial de contingencias fiscales es el fundamento técnico de las cláusulas de representaciones y garantías (R&W) del contrato de compraventa. El comprador utilizará el informe para negociar retenciones en el precio (escrow) por las contingencias identificadas, plazos de garantía específicos para cada tipo de contingencia fiscal, y límites de responsabilidad del vendedor por contingencias fiscales materializadas después del cierre. En ValiTax elaboramos informes periciales de contingencias fiscales en operaciones M&A coordinados con LRB Tax & Legal, especialistas en due diligence fiscal M&A. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • El método DCF en la valoración de empresas para la AEAT: cómo el perito fundamenta las hipótesis

    El método DCF en la valoración de empresas para la AEAT: cómo el perito fundamenta las hipótesis

    El método DCF en la valoración de empresas para el IS

    El método de descuento de flujos de caja (DCF) es el método de valoración de empresas más reconocido por la doctrina financiera y aceptado por la AEAT y los tribunales cuando está correctamente aplicado. Descuenta los flujos de caja libres futuros esperados a una tasa de descuento (WACC) que refleja el riesgo del negocio y la estructura de capital. Su principal ventaja es que refleja el valor intrínseco del negocio independientemente de las fluctuaciones del mercado. Su principal limitación es la sensibilidad a las hipótesis utilizadas: pequeños cambios en la tasa de crecimiento terminal o en el WACC pueden producir variaciones significativas en el valor resultante.

    Cómo el perito fundamenta las hipótesis del DCF

    La solidez de un informe pericial de valoración por DCF depende de la calidad de la fundamentación de las hipótesis. El perito debe acreditar: (1) que las proyecciones de ingresos y márgenes están basadas en datos históricos de la propia empresa y en proyecciones sectoriales auditables; (2) que el WACC se ha calculado correctamente según el modelo CAPM para el coste de los fondos propios, con una beta sectorialmente apropiada y una prima de riesgo de mercado basada en fuentes reconocidas (Damodaran, Fernández); (3) que la tasa de crecimiento terminal es coherente con las perspectivas de largo plazo del sector y la economía; y (4) que se han considerado los ajustes necesarios por activos y pasivos no operativos, deuda neta y participaciones minoritarias.

    El DCF vs los múltiplos de mercado: cuándo usar cada método

    Los múltiplos de mercado (EV/EBITDA, PER, EV/Ventas) son el método complementario más habitual al DCF. Los múltiplos son más simples y directamente observables en el mercado (empresas cotizadas comparables, transacciones de M&A similares), pero dependen de la disponibilidad de comparables adecuados y de que las condiciones de mercado en el momento de la valoración sean representativas del valor a largo plazo. El perito selecciona el método o la combinación de métodos más apropiada para cada empresa y cada contexto, justificando técnicamente la elección y el peso asignado a cada método en la valoración final.

    El rango de valor y la defensa ante la AEAT

    Un informe pericial riguroso no presenta un único valor puntual sino un rango de valor obtenido mediante análisis de sensibilidad sobre las hipótesis principales. Presentar un rango es técnicamente más honesto y estratégicamente más eficaz: si la AEAT propone un valor que está fuera del rango pericial, la argumentación de que el valor correcto está dentro del rango es más convincente que defender un valor puntual que puede parecer arbitrariamente favorable al contribuyente. En ValiTax elaboramos valoraciones de empresas por DCF y múltiplos coordinados con LRB Tax & Legal en operaciones de reestructuración y transmisión. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Informe pericial en el Modelo 720: cuantificación de rendimientos y regularización de bienes en el extranjero

    Informe pericial en el Modelo 720: cuantificación de rendimientos y regularización de bienes en el extranjero

    El Modelo 720 y las consecuencias fiscales de no declarar bienes en el extranjero

    Tras la sentencia del TJUE de 2022 que declaró desproporcionado el régimen sancionador original del Modelo 720, España reformó la normativa eliminando la prescripción indefinida y las sanciones del 150%. Sin embargo, la obligación de declarar los bienes en el extranjero permanece vigente: el contribuyente que tiene cuentas bancarias, carteras de inversión o inmuebles en el extranjero por más de 50.000 euros por categoría y no los declara en el Modelo 720 puede recibir sanciones formales del régimen ordinario de la LGT. Si además la AEAT descubre que esos activos generaron rendimientos no declarados en el IRPF, la cuota omitida más los intereses y sanciones pueden ser muy relevantes.

    Cuándo se necesita el informe pericial en Modelo 720

    El informe pericial interviene principalmente en dos situaciones relacionadas con el Modelo 720. La primera es la cuantificación de los rendimientos no declarados: cuando el contribuyente quiere regularizar años anteriores de rendimientos generados por los activos en el extranjero (intereses bancarios, dividendos, plusvalías por venta de valores, alquileres de inmuebles), el perito calcula con precisión el rendimiento declarable en cada ejercicio aplicando la normativa española del IRPF y los CDIs aplicables, optimizando la regularización para minimizar el coste total.

    Regularización voluntaria de carteras en el extranjero

    La regularización de carteras de inversión mantenidas en entidades financieras suizas, luxemburguesas o de otros países requiere reconstruir el histórico completo de compras, ventas, dividendos, intereses y suscripciones de derechos desde el inicio de la tenencia. El método FIFO para las acciones y el método de coste medio ponderado para los fondos de inversión producen cálculos de ganancia o pérdida muy diferentes, y la elección del método correcto puede tener impacto significativo. El perito reconstruye el histórico completo, aplica la metodología correcta y calcula la regularización más eficiente fiscalmente.

    Responsabilidad patrimonial del Estado por el Modelo 720 original

    Los contribuyentes que pagaron sanciones bajo el régimen original del Modelo 720 (declarado contrario al Derecho de la UE por el TJUE en 2022) tienen derecho a reclamar su devolución mediante responsabilidad patrimonial del Estado legislador. El informe pericial cuantifica el importe exacto pagado indebidamente (sanción más intereses de demora) y los intereses legales devengados desde el pago hasta la devolución. En ValiTax elaboramos informes periciales de cuantificación del Modelo 720 coordinados con LRB Tax & Legal, expertos en regularizaciones de bienes en el extranjero. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Valoración pericial de empresa familiar para el ISD: cómo minimizar la base imponible con la reducción del 95%

    Valoración pericial de empresa familiar para el ISD: cómo minimizar la base imponible con la reducción del 95%

    El reto de valorar una empresa familiar en el contexto del ISD

    La transmisión de una empresa familiar por herencia o donación activa el ISD con la posibilidad de aplicar la reducción del 95% sobre el valor de las participaciones cuando se cumplen los requisitos de la exención de empresa familiar. Sin embargo, determinar el valor sobre el que aplica esa reducción es ya de por sí complejo: la normativa del ISD establece que las participaciones en entidades no cotizadas se valoran por el mayor de tres valores —el valor nominal, el valor teórico según el último balance aprobado, y el valor resultante de capitalizar al tipo del 20% el promedio de beneficios de los últimos tres ejercicios— pero la Administración autonómica puede cuestionar estos valores si considera que el balance no refleja el valor real de los activos de la sociedad.

    Cuándo la Administración cuestionará el valor declarado

    Las haciendas autonómicas comprueban especialmente el valor de las participaciones cuando: la empresa tiene inmuebles en el activo valorados a coste histórico muy inferior al de mercado (lo que hace que el valor teórico contable subestime enormemente el valor real), cuando los beneficios de los últimos años son excepcionalmente bajos o negativos por circunstancias extraordinarias que no reflejan la capacidad generadora de beneficios del negocio, o cuando existe una discrepancia notable entre el precio que el mercado pagaría por la empresa y el valor declarado para el ISD. Cuando la Administración comprueba el valor y propone una liquidación complementaria, el contribuyente dispone de la tasación pericial contradictoria como herramienta de defensa.

    El informe pericial en la transmisión de empresa familiar

    El informe pericial de valoración de empresa familiar para el ISD tiene una doble función: (1) como valoración previa a la transmisión, para determinar el valor de referencia que servirá de base y evitar sorpresas en la comprobación posterior; y (2) como prueba en la tasación pericial contradictoria si la Administración cuestiona el valor declarado. El perito analiza la empresa con los métodos de valoración reconocidos (DCF, múltiplos de mercado, valor teórico ajustado) y determina cuál produce la valoración más baja que es técnicamente defensible, minimizando la base del ISD sin incurrir en riesgo de simulación.

    La interacción con el IP y la reducción del 95%

    Un aspecto crítico en la transmisión de empresa familiar es que el valor sobre el que aplica la reducción del 95% en el ISD debe ser consistente con el valor declarado en el IP por el causante. Si existe discrepancia —el causante declaraba un valor bajo en el IP y el heredero declara un valor alto en el ISD para maximizar la reducción absoluta—, la Administración puede cuestionarla. El perito coordina ambas valoraciones para que sean técnicamente coherentes y maximicen la eficiencia fiscal del conjunto. En ValiTax elaboramos informes de valoración de empresa familiar para el ISD e IP con LRB Tax & Legal, especialistas en planificación sucesoria de empresa familiar. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Valoración pericial de inmuebles para el ISD: cómo reducir la base imponible del impuesto de sucesiones

    Valoración pericial de inmuebles para el ISD: cómo reducir la base imponible del impuesto de sucesiones

    El valor de referencia catastral como nueva base del ISD

    Desde la Ley 11/2021, el valor de referencia catastral actúa como base mínima imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) para los bienes inmuebles. Si el valor declarado por el heredero es inferior al valor de referencia, la Administración autonómica practica automáticamente una liquidación complementaria sobre la diferencia. El contribuyente puede impugnar el valor de referencia si considera que no refleja el valor real del inmueble, pero la carga de la prueba está invertida: es el heredero quien debe demostrar que el valor de referencia catastral es superior al valor de mercado real.

    Cuándo el valor de referencia catastral puede impugnarse

    El valor de referencia catastral se calcula mediante modelos estadísticos aplicados a zonas catastrales homogéneas. Este enfoque estadístico tiene limitaciones importantes: no refleja las características específicas del inmueble concreto (estado de conservación, distribución, iluminación, vistas, plantas concretas en edificios), no actualiza las circunstancias del mercado local con la agilidad suficiente (en zonas con mercado inmobiliario en declive puede estar muy por encima del valor real), y no tiene en cuenta cargas o limitaciones específicas del inmueble (servidumbres, litigios pendientes, arrendatarios con rentas antiguas). Cuando concurren estas circunstancias, el informe pericial puede demostrar que el valor real es inferior al de referencia.

    El informe pericial para la tasación pericial contradictoria en el ISD

    El procedimiento para impugnar la liquidación complementaria del ISD basada en el valor de referencia es la tasación pericial contradictoria. El heredero solicita la TPC y designa un perito propio que emite una valoración técnica del inmueble. Si la diferencia entre la valoración de la Hacienda autonómica y la del perito del contribuyente supera el 10%, se designa un perito tercero cuya valoración es vinculante. El informe pericial del perito del contribuyente es la pieza central del procedimiento: debe estar técnicamente fundamentado con el método de valoración apropiado (comparación de testigos de mercado, método residual para solares, capitalización de rentas para inmuebles en alquiler) y con documentación suficiente de los comparables utilizados.

    Beneficio económico del informe pericial en el ISD

    En comunidades con tipos efectivos del ISD del 7-10% para herederos directos, una reducción del valor del inmueble de 100.000 euros puede traducirse en un ahorro de 7.000-10.000 euros en la cuota del ISD. Para patrimonios inmobiliarios significativos heredados por varios inmuebles, el impacto acumulado puede ser muy relevante. En ValiTax elaboramos informes periciales de valoración de inmuebles para impugnar el valor de referencia catastral en el ISD. Coordinamos con LRB Tax & Legal, expertos en planificación sucesoria y fiscalidad del ISD. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Valoración pericial de participaciones con pacto de socios: cláusulas de valoración y su aplicación en litigios

    Las cláusulas de valoración en los pactos de socios

    Los pactos de socios de empresas medianas y startups habitualmente incluyen cláusulas que determinan cómo se calculará el precio de las participaciones en distintos supuestos: derecho de compra del socio mayoritario sobre las participaciones del minoritario (call option), derecho de venta del minoritario al mayoritario (put option), mecanismos de valoración para la salida de socios fundadores, y fórmulas de precio para el ejercicio de derechos de arrastre (drag-along) o de acompañamiento (tag-along). Cuando estas cláusulas se activan, el perito tributario puede ser llamado a aplicar la metodología de valoración pactada, a resolver disputas sobre su interpretación, o a acreditar ante la AEAT que el precio resultante es el de mercado.

    El perito como árbitro de valoración

    Muchos pactos de socios designan al perito como árbitro de valoración (expert determination) en caso de disputa sobre el precio: cuando las partes no se ponen de acuerdo, el perito designado determina el valor de forma vinculante. Esta función es distinta a la del perito judicial: el perito árbitro de valoración actúa como experto independiente, no como testigo técnico de ninguna de las partes, y su conclusión vincula a ambos socios. Los peritos de ValiTax tienen experiencia como árbitros de valoración en pactos de socios de empresas españolas e internacionales.

    La dimensión fiscal del precio pactado

    Cuando el precio resultante de aplicar la cláusula del pacto de socios difiere significativamente del valor de mercado según la AEAT, puede generarse una contingencia fiscal: la AEAT puede regularizar en el IRPF del socio vendedor la diferencia entre el precio pactado y el valor de mercado, considerando que existe una liberalidad o una operación vinculada no valorada a precio de mercado. El informe pericial demuestra que el precio resultante de aplicar la cláusula es equivalente al valor de mercado de las participaciones, eliminando la contingencia fiscal. En LRB Tax & Legal asesoramos sobre la fiscalidad de las cláusulas de valoración en pactos de socios. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Peritaje tributario en SOCIMI: valoración de la cartera inmobiliaria y cumplimiento del régimen especial

    Las SOCIMIs y su régimen fiscal especial

    Las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (SOCIMIs) tienen en España un régimen fiscal especial: el IS al 0% sobre las rentas derivadas de los arrendamientos y plusvalías en la transmisión de inmuebles afectos, con la condición de que el 80% de sus activos sean inmuebles en arrendamiento, que el 80% de sus rentas procedan de alquileres y plusvalías de transmisión, y que distribuyan el 80% de los beneficios como dividendo. La AEAT inspecciona el cumplimiento de estos requisitos revisando la valoración de los activos de la SOCIMI: si los inmuebles están correctamente clasificados como arrendados, si los ingresos por arrendamiento representan el 80% exigido y si el porcentaje de distribución de dividendos es correcto.

    Valoración pericial de la cartera inmobiliaria de la SOCIMI

    El informe pericial de valoración de la cartera inmobiliaria de una SOCIMI es esencial tanto para el cumplimiento de los requisitos del régimen especial como para la presentación de la información a los inversores y a la CNMV. El perito valora cada inmueble de la cartera mediante el método de capitalización de rentas (RICS/IVSC) —que aplica una yield de mercado a las rentas netas de operación del inmueble— y el método de ventas comparables. Esta valoración acredita que el valor de la cartera refleja los precios de mercado y que la distribución entre activos arrendados y otros activos cumple el umbral del 80% exigido por el régimen especial.

    El perito ante comprobaciones de la AEAT sobre el régimen SOCIMI

    Cuando la AEAT comprueba el régimen especial de la SOCIMI y concluye que no se cumplen los requisitos —lo que implica que la SOCIMI debe tributar en el IS al 25% en lugar del 0%— el impacto económico es extraordinariamente elevado. El informe pericial puede demostrar que los requisitos sí se cumplían, aportando la valoración técnica de la cartera y el análisis de los ingresos desglosados por categoría. En LRB Tax & Legal asesoramos a SOCIMIs y vehículos de inversión inmobiliaria sobre su régimen fiscal con el apoyo del informe pericial de ValiTax. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

  • Valoración pericial para la Ley de Segunda Oportunidad: cómo acreditar el patrimonio del deudor

    La Ley de Segunda Oportunidad y la importancia de la valoración patrimonial

    La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, profundamente reformada por la Ley 16/2022) permite a personas físicas —tanto empresarios como particulares— acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) cuando se encuentran en situación de insolvencia y han actuado de buena fe. El procedimiento se tramita ante el juzgado mercantil y exige que el deudor acredite exhaustivamente su situación patrimonial: bienes, derechos, deudas y cargas.

    La valoración del patrimonio del deudor es la pieza central del procedimiento. Si el deudor tiene participaciones en sociedades, derechos sobre negocios, bienes inmuebles con plusvalías tácitas o situaciones fiscales complejas, esa valoración no puede realizarse de forma aproximada: requiere un informe pericial riguroso elaborado por un especialista en valoración de empresas y derecho tributario.

    Por qué la valoración patrimonial es compleja en la Segunda Oportunidad

    Participaciones societarias

    El deudor que es socio de una o varias sociedades debe incluir en el inventario de su patrimonio el valor de esas participaciones. Pero ese valor no es el valor nominal ni el valor contable: es el valor de mercado real de los activos subyacentes de la sociedad, descontados los pasivos y las contingencias fiscales. Determinarlo correctamente exige el análisis de los balances de la sociedad, la valoración de sus activos (incluidos los intangibles y los inmuebles) y la cuantificación de las contingencias fiscales latentes.

    Inmuebles con plusvalías tácitas

    Un inmueble adquirido hace años puede tener un valor de mercado actual muy superior al precio de adquisición. Esa plusvalía tácita es relevante para la masa activa del procedimiento, pero también genera una consecuencia fiscal: si el inmueble se transmite para satisfacer a los acreedores, se genera una ganancia patrimonial en el IRPF del deudor. El valor neto disponible para los acreedores no es el valor bruto del inmueble sino el valor bruto menos el IRPF de la plusvalía. El perito tributario es el único que puede calcular este impacto con precisión.

    Deudas tributarias en el pasivo

    Las deudas con la AEAT y la Seguridad Social tienen un tratamiento específico en la Segunda Oportunidad: algunas son exonerables y otras no (deudas tributarias con privilegio general hasta determinados límites). El perito tributario puede analizar el origen y la cuantía exacta de cada deuda tributaria, verificar si alguna ha prescrito y determinar qué parte es exonerable en el procedimiento.

    Operaciones previas entre el deudor y sus sociedades

    Si el deudor ha realizado operaciones con sus sociedades en los años previos a la insolvencia —retribuciones como administrador, préstamos, cesión de activos— el juzgado puede cuestionar si esas operaciones se realizaron a precio de mercado o si constituyeron una salida irregular de activos en perjuicio de los acreedores. El perito tributario puede acreditar que las operaciones se realizaron a valor de mercado, reforzando la acreditación de la buena fe del deudor.

    Contenido del informe pericial para la Segunda Oportunidad

    • Inventario detallado del patrimonio activo: bienes inmuebles con tasación actualizada, participaciones societarias con valoración a valor de mercado, vehículos, cuentas bancarias, derechos de crédito, activos intangibles.
    • Análisis de las implicaciones fiscales de la liquidación: cálculo del IRPF por ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión forzosa de activos; impacto en el IVA de la transmisión de activos empresariales.
    • Análisis del pasivo tributario: verificación de la cuantía, origen y posible prescripción de cada deuda tributaria; clasificación entre deudas exonerables y no exonerables.
    • Verificación de la corrección de las operaciones previas: análisis de las transacciones entre el deudor y sus sociedades en los últimos años, con verificación de que se realizaron a precio de mercado.
    • Valor neto del patrimonio disponible para los acreedores, una vez descontado el impacto fiscal de la liquidación.

    ValiTax: valoración pericial para la Ley de Segunda Oportunidad

    En ValiTax elaboramos informes periciales de valoración patrimonial para procedimientos de Segunda Oportunidad, con especial atención a las implicaciones fiscales de la situación patrimonial del deudor. Nuestros peritos están acreditados por ASPEJURE y el Ministerio de Justicia, con capacidad de ratificación ante el juzgado mercantil competente.

    Si se encuentra en situación de insolvencia y está planteando acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, contáctenos en Contacto@LRB.es o en el +34 684 234 831. Analizamos su situación patrimonial y fiscal sin compromiso.

    Conclusión

    La valoración patrimonial en la Ley de Segunda Oportunidad es mucho más que un inventario de bienes: es un análisis técnico que debe capturar el valor real de los activos, las implicaciones fiscales de su liquidación y la situación exacta del pasivo tributario. Un informe pericial riguroso protege al deudor, garantiza la equidad del procedimiento para los acreedores y refuerza la acreditación de la buena fe ante el juzgado.

  • Valoración pericial de participaciones en separación y exclusión de socios

    La separación y exclusión de socios en el derecho societario español

    El derecho de separación y la exclusión de socios son dos mecanismos del derecho societario español que permiten, respectivamente, al socio salir de la sociedad cuando concurren determinadas causas legales o estatutarias, y a la sociedad expulsar a un socio que ha incurrido en conductas que la ley considera incompatibles con la permanencia en la empresa.

    En ambos casos, el socio que sale o es expulsado tiene derecho a recibir el valor razonable de sus participaciones en el momento de la separación o exclusión. La determinación de ese valor razonable es, con frecuencia, la cuestión más conflictiva del proceso: si las partes no se ponen de acuerdo, el juzgado mercantil debe resolverlo con la ayuda de un experto independiente.

    Causas legales de separación del socio (LSC)

    La Ley de Sociedades de Capital (LSC) reconoce al socio el derecho de separación en los siguientes supuestos principales:

    • Sustitución o modificación sustancial del objeto social.
    • Prórroga de la sociedad.
    • Reactivación de la sociedad.
    • Creación, modificación o extinción anticipada de la obligación de realizar prestaciones accesorias.
    • Transformación de la sociedad en otro tipo social.
    • Traslado del domicilio social al extranjero.
    • En SL: falta de distribución de dividendos cuando los beneficios son suficientes (artículo 348 bis LSC, tras el umbral mínimo del 25%).

    El concepto de valor razonable y su determinación

    La LSC establece que, en caso de separación o exclusión, el socio tiene derecho al valor razonable de sus participaciones. El artículo 353 LSC establece el procedimiento para su determinación:

    • En primer lugar, las partes intentan acordar el valor en el plazo de dos meses desde el ejercicio del derecho de separación.
    • Si no hay acuerdo, el valor lo determina un auditor de cuentas designado por el Registrador Mercantil, a instancia de cualquiera de las partes.
    • La valoración del auditor puede ser impugnada judicialmente por cualquiera de las partes si consideran que no se ajusta al valor razonable real.

    El valor razonable no equivale al valor contable (valor del patrimonio neto dividido entre el número de participaciones), que habitualmente infravalora el valor real de la empresa. El valor razonable exige una aproximación al valor de mercado real, teniendo en cuenta tanto los activos tangibles como los intangibles, el fondo de comercio y la capacidad generadora de rentas de la empresa.

    Métodos de valoración pericial aplicables

    Descuento de flujos de caja (DCF)

    Es el método más aceptado por los juzgados mercantiles para empresas en funcionamiento. Refleja el valor intrínseco de la empresa basado en su capacidad de generar caja futura. En el contexto de la separación de socios, el perito debe ser especialmente cuidadoso con las hipótesis de crecimiento y márgenes, ya que ambas partes tenderán a proponer proyecciones que favorezcan su posición.

    Múltiplos de comparables

    Aplicación de múltiplos de mercado (EV/EBITDA, PER) de empresas comparables cotizadas o de transacciones comparables recientes. Especialmente útil como método de contraste y validación del DCF.

    Valor de patrimonio neto real

    Más apropiado para empresas patrimoniales o holding. Requiere la valoración individual de cada activo y pasivo a valor de mercado, incluyendo plusvalías tácitas en inmuebles e intangibles.

    Las contingencias fiscales como elemento de ajuste del valor

    Un aspecto frecuentemente olvidado en las valoraciones de separación de socios es el impacto de las contingencias fiscales latentes en el valor de la empresa. Si la sociedad tiene posiciones fiscales agresivas, inspecciones en curso o riesgo de regularización por parte de la AEAT, esas contingencias reducen el valor razonable de las participaciones.

    El perito tributario es el más indicado para cuantificar estas contingencias: analiza las declaraciones fiscales, el historial inspector, las provisiones contabilizadas y las posiciones fiscales más expuestas, y estima el impacto económico de las contingencias identificadas sobre el valor de la empresa.

    ValiTax: valoración pericial de participaciones para separación y exclusión

    En ValiTax elaboramos informes periciales de valoración de participaciones para procedimientos de separación y exclusión de socios, tanto como soporte para la negociación entre las partes como para su presentación ante el juzgado mercantil. Nuestros peritos combinan la formación en valoración de empresas con el conocimiento tributario necesario para cuantificar correctamente las contingencias fiscales que afectan al valor.

    Contáctenos en Contacto@LRB.es o en el +34 684 234 831 para analizar su caso sin compromiso.

    Conclusión

    La valoración de participaciones en la separación y exclusión de socios es una cuestión técnica que frecuentemente acaba en los juzgados mercantiles. Un informe pericial riguroso, con metodología sólida y que incorpore el análisis de las contingencias fiscales latentes, es el instrumento más eficaz para defender el valor razonable real de las participaciones ante el juzgado y frente a la pericial de la parte contraria.