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  • Informe pericial licencia VTC Palma de Mallorca: valor y venta

    Informe pericial licencia VTC Palma de Mallorca: valor y venta

    Un informe pericial licencia VTC Palma de Mallorca fija el valor de mercado de una autorización de arrendamiento de vehículos con conductor domiciliada en Baleares y razona cada hipótesis. Es la prueba técnica que respalda un precio de venta, una aportación a sociedad o una defensa frente a Hacienda, en un mercado marcado por la estacionalidad turística y por una regulación cambiante.

    Marco regulatorio de las licencias VTC en Palma de Mallorca y Baleares

    En Baleares, el valor de una autorización VTC no puede entenderse sin la evolución normativa reciente. La Ley 1/2024, de 16 de febrero, suspendió la concesión de nuevas autorizaciones. El Decreto ley 2/2025, de 21 de febrero, prorrogó esa suspensión hasta aprobar el nuevo desarrollo reglamentario. Según la información de la Dirección General de Transportes del Govern balear, el Decreto 6/2026, de 20 de febrero, regula ahora el taxi y el arrendamiento de vehículos con conductor y levanta la suspensión.

    Ese cambio importa por una razón económica simple. Mientras no se podían conceder nuevas autorizaciones, las existentes tenían un valor de escasez. Al reanudarse la tramitación de solicitudes, el perito debe analizar si esa escasez se mantiene, se reduce o se compensa con nuevas exigencias.

    A nivel estatal, el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, adaptó la legislación a la sentencia del TJUE de 8 de junio de 2023 (C-50/21). Puede consultarse en el BOE. Ese texto abrió la puerta a que las comunidades autónomas fijen criterios de gestión del transporte, el tráfico y el espacio público.

    Qué factores mueven el valor de una autorización VTC en Palma

    El mercado balear tiene rasgos propios. El informe pericial debe medirlos y no importar precios de otras ciudades.

    • Estacionalidad. Los ingresos se concentran en los meses de más turismo. El modelo debe trabajar con meses, no con medias anuales.
    • Régimen de nuevas autorizaciones. El levantamiento de la suspensión y los criterios del Decreto 6/2026 condicionan la escasez futura.
    • Demanda de aeropuerto, hoteles y cruceros. La relación con operadores turísticos aporta estabilidad, pero también dependencia.
    • Vehículos adscritos. Los requisitos técnicos y medioambientales determinan la inversión de renovación.
    • Contratos con plataformas y empresas. La concentración en un solo cliente reduce el valor.
    • Antigüedad y cumplimiento. Un historial sin sanciones facilita la transmisión.

    Métodos para la valoración de la licencia

    El perito suele aplicar tres métodos y los contrasta. Su peso cambia según el caso. En Palma, la incertidumbre regulatoria aconseja trabajar con escenarios.

    EnfoqueAplicación en Baleares
    MercadoCompraventas comparables de autorizaciones del archipiélago, ajustadas por estacionalidad, vehículos y contratos.
    RentabilidadFlujos incrementales por escenarios, con y sin entrada de nuevas autorizaciones, ponderados por probabilidad.
    CosteReferencia máxima si cualquier operador puede obtener una autorización nueva en plazos y costes razonables.

    El método por escenarios es especialmente defendible. Reconoce que el futuro regulatorio no es seguro y evita cifras únicas que luego no se puedan justificar.

    Documentación y procedimiento del informe

    El encargo se inicia con una reunión para definir la finalidad: venta, aportación, herencia o conflicto con la Administración. Después, el perito solicita:

    • Resolución de la autorización y datos del vehículo adscrito.
    • Cuentas, declaraciones y facturación mensual de los últimos ejercicios.
    • Contratos con plataformas, hoteles y agencias de viajes.
    • Expedientes sancionadores o requerimientos de la Dirección General de Transportes.
    • Ofertas de compra, precontratos y comunicaciones con el comprador.

    El plazo habitual va de dos a cuatro semanas. En operaciones con fecha de cierre, conviene encargarlo antes de firmar el precio. Rehacerlo después, bajo la presión de un requerimiento, es mucho más caro.

    Caso práctico ilustrativo con escenarios

    Una sociedad de Palma vende una autorización a uno de sus socios. Con cifras ilustrativas, el perito proyecta un excedente anual de 12.000 euros durante seis años y una tasa del 11 %. En el escenario de escasez estable, el valor actual es de unos 50.800 euros.

    En un segundo escenario, la concesión de nuevas autorizaciones reduce el excedente a 6.000 euros desde el tercer año. El valor baja a unos 35.700 euros. Si el perito asigna un 60 % al primer escenario y un 40 % al segundo, el valor ponderado ronda los 44.700 euros.

    La cifra no es una predicción, sino una forma ordenada de reflejar el riesgo. Si la venta se hiciera por mucho menos, Hacienda podría considerar que existe una liberalidad o un ajuste de valor.

    Riesgos fiscales y comprobación de valores

    Entre partes vinculadas, la operación debe valorarse a precio de mercado, conforme al artículo 18 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades. Si la transmisión la realiza una persona física, el valor condiciona la ganancia patrimonial del IRPF. En ambos casos, la Administración puede comprobar el valor según el artículo 57 de la Ley General Tributaria.

    Frente a una valoración administrativa, el contribuyente puede aportar su propio informe y pedir la tasación pericial contradictoria del artículo 135. Resulta útil repasar el artículo sobre el peritaje en la comprobación de valores de Hacienda y el análisis de la valoración pericial del fondo de comercio, porque algunas operaciones transmiten la autorización junto con un negocio en funcionamiento.

    Criterios y jurisprudencia relevantes

    La sentencia del TJUE de 8 de junio de 2023 (C-50/21) exige que las restricciones al número de autorizaciones VTC se justifiquen con criterios idóneos y proporcionados. El Tribunal Supremo la aplicó en su sentencia 41/2024, de 15 de enero (recurso 3380/2021), al anular denegaciones basadas en la ratio de una autorización por cada 30 licencias de taxi.

    En materia de comprobación, el Tribunal Supremo, en su sentencia 942/2018, de 5 de junio (recurso 1881/2017), exigió métodos singularizados y motivados en el ITP. Su aplicación a autorizaciones VTC no es automática, pero refuerza el argumento de que la Administración no puede sustituir un análisis específico por coeficientes generales. No consta doctrina del TEAC específica sobre autorizaciones VTC en Baleares.

    Conclusión

    En Palma, un informe pericial sobre una licencia VTC debe integrar la estacionalidad, el calendario regulatorio balear y el riesgo de nuevas autorizaciones. Cuanto más claro sea el razonamiento por escenarios, más sólido será el precio frente a un comprador o a una inspección. Para operaciones con componente fiscal, puede resultar útil revisar el enfoque de fiscalidad especial en Baleares antes de cerrar la transmisión.

    Autor: Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal.

    Nota: este contenido es meramente informativo y no constituye asesoramiento personalizado. La regulación balear de VTC es reciente y debe verificarse en su texto vigente.

    ¿Cuánto vale una licencia VTC en Palma de Mallorca?

    No existe un precio oficial. El valor depende de la rentabilidad estacional de la autorización, del régimen de nuevas autorizaciones y de las operaciones comparables. Un informe pericial lo calcula con escenarios y documenta las hipótesis, algo imprescindible ante Hacienda.

    ¿Sigue suspendida la concesión de nuevas autorizaciones VTC en Baleares?

    Según la información del Govern balear, la suspensión establecida por la Ley 1/2024 y prorrogada por el Decreto ley 2/2025 fue levantada por el Decreto 6/2026, de 20 de febrero. Conviene verificar siempre el texto vigente antes de decidir una compraventa.

    ¿Cuándo necesito un informe pericial para vender una licencia VTC?

    Lo necesita cuando compradora y vendedora están vinculadas, cuando la operación pueda ser comprobada por Hacienda o cuando exista desacuerdo sobre el precio. También es recomendable en herencias, divorcios y aportaciones a sociedades, donde el valor de mercado tiene efectos fiscales.

    ¿Qué ocurre si vendo la licencia VTC por debajo de su valor de mercado?

    Si hay vinculación, Hacienda puede ajustar la operación a valor de mercado en el Impuesto sobre Sociedades o en el IRPF y exigir intereses y sanciones. Con un informe pericial previo, usted documenta por qué el precio pactado era razonable.

  • Peritaje fiscal hotelero: IVA, reformas e impuesto turístico

    Peritaje fiscal hotelero: IVA, reformas e impuesto turístico

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El peritaje fiscal hotelero permite acreditar ante la Administración cómo tributan los ingresos, las reformas y los impuestos turísticos de un establecimiento. Se apoya en documentos, contratos y cálculos verificables, no en meras alegaciones, y resulta útil cuando la AEAT cuestiona la calificación de una operación.

    Un hotel combina ingresos de varias fuentes: clientes directos, touroperadores, agencias y plataformas de reserva. Cada canal tiene un tratamiento distinto en el IVA, en las retenciones y en el momento del devengo. Además, las obras de reforma plantean la duda clásica entre gasto y activo. Un informe pericial bien fundado ordena todo ello como prueba reconocida, que merece la misma consideración que cualquier otra aportada al procedimiento.

    La Administración es una parte más en el procedimiento. Su criterio no goza de una presunción de acierto que desplace a la prueba del contribuyente. Cuando el contribuyente documenta su posición con rigor técnico, el órgano que resuelve debe valorarla de forma motivada y en igualdad de condiciones.

    Por qué el sector turístico concentra las contingencias

    El sector turístico reúne operaciones de alto volumen, facturación a través de intermediarios y fuertes estacionalidades. Esa combinación genera diferencias entre lo facturado, lo cobrado y lo declarado. Los cruces de información entre plataformas, entidades de pago y Administración hacen que esas diferencias afloren con facilidad.

    Los puntos más sensibles suelen ser cuatro. El primero es el IVA repercutido en la contratación con touroperadores. El segundo es el tratamiento de las comisiones de las plataformas de reserva. El tercero es la activación de las obras de reforma. El cuarto es el impuesto turístico autonómico, donde el hotelero actúa como obligado en nombre del cliente.

    IVA y retenciones en la contratación con touroperadores

    El hotelero que cede plazas a un touroperador suele pactar un cupo de habitaciones o un precio neto. Lo primero es identificar quién presta el servicio de hospedaje al cliente final y quién actúa como intermediario. De esa calificación depende la factura, el IVA repercutido y la deducibilidad de las cuotas soportadas.

    Las agencias de viajes que actúan en nombre propio aplican un régimen especial, regulado en los artículos 141 a 147 de la Ley del IVA. Para verlo desde la óptica de la agencia, puede leer el análisis del régimen de IVA de agencias de viajes de LRB Tax & Legal.

    En cuanto a las retenciones, los pagos del touroperador al hotel por servicios de hospedaje no suelen estar sometidos a retención. Distinto es el caso de los arrendamientos de inmuebles entre sociedades vinculadas, donde la explotadora paga una renta a la propietaria. Ahí debe revisarse si procede retención y si la renta responde a condiciones de mercado.

    Qué revisa el perito en esta operativa

    • Contratos con touroperadores: cupos, precios netos, comisiones y condiciones de cancelación.
    • Facturación: sujeto que factura, base imponible, tipo aplicado y fecha de devengo.
    • Deducibilidad de las cuotas soportadas vinculadas a cada ingreso.
    • Rentas pagadas entre sociedades vinculadas y su valor de mercado.

    Ingresos de plataformas de reserva en línea

    Las plataformas de reserva cobran una comisión al establecimiento y, en muchos casos, liquidan el importe neto. El hotelero debe reconocer el ingreso íntegro y registrar la comisión como gasto. Contabilizar solo el neto distorsiona la cifra de negocios y complica el cruce con la información que recibe la Administración.

    Si la plataforma está establecida en otro Estado, el servicio de intermediación se localiza en el lugar donde está establecido el destinatario empresario. Para el hotel español, esto suele implicar una inversión del sujeto pasivo y su declaración en los modelos que correspondan. Conviene comprobar cada factura, porque los errores en este punto son frecuentes. El mismo cruce de datos afecta al informe pericial de alquiler turístico.

    También debe fijarse el momento del devengo. El ingreso se imputa cuando se presta el servicio, no cuando la plataforma abona el importe. Las reservas con estancia en un ejercicio y cobro en otro exigen una periodificación coherente. El informe pericial puede reconstruirla con los extractos y los registros de ocupación.

    Activación y amortización de reformas hoteleras

    Las reformas son una fuente habitual de discusión. La regla general distingue entre reparación y conservación, que se deducen como gasto del ejercicio, y ampliación o mejora, que se activan y se amortizan. La diferencia está en si la obra aumenta la capacidad, la productividad o la vida útil del elemento.

    En un hotel, una renovación integral de habitaciones puede combinar ambos conceptos. Sustituir mobiliario deteriorado se acerca a la reposición. Reconfigurar habitaciones para ganar categoría o aumentar plazas se acerca a la mejora. Separar cada partida exige facturas detalladas, memorias técnicas y un criterio contable homogéneo.

    La amortización se calcula con las tablas oficiales del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aplicadas al valor activado. Cuando la AEAT recalifica una obra como activo, regulariza el exceso de gasto deducido. El perito reconstruye el expediente y expone la naturaleza de cada partida, con soporte documental.

    Partida (ejemplo ilustrativo)Tratamiento a analizarPrueba habitual
    Pintura y reposición de mobiliarioGasto del ejercicio por conservaciónFacturas y fotografías previas
    Reconfiguración de habitacionesMejora que se activa y se amortizaProyecto técnico y licencia
    Instalación de climatización nuevaActivo con su propio plan de amortizaciónFacturas y ficha de instalación

    Cuadro meramente ilustrativo; la calificación de cada obra depende de sus circunstancias concretas.

    Peritaje fiscal hotelero en Baleares, Canarias y Cataluña

    El impuesto turístico varía según el territorio, por lo que el hotelero debe identificar la norma aplicable en cada establecimiento. En las Illes Balears rige la Ley 2/2016, de 30 de marzo. El contribuyente es la persona que se aloja, y el sustituto es el titular de la empresa que explota el establecimiento.

    En Baleares, el sustituto exige el impuesto al cliente y presenta las autoliquidaciones, con los modelos 700, 790 y 702 según el método. La Agencia Tributaria de las Illes Balears publica un manual informativo con los plazos y las obligaciones formales.

    En Cataluña, el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos figura en el capítulo VI de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Sus artículos 29 y 30 regulan al contribuyente y al sustituto. Un hotel de Barcelona o de la Costa Brava debe aplicar esa regulación y sus desarrollos.

    Canarias, por el contrario, no cuenta con un impuesto autonómico general equivalente a fecha de redacción de este artículo. Los hoteleros de Tenerife o Gran Canaria deben analizar, caso por caso, cualquier exacción local que se les plantee antes de repercutirla o abonarla.

    Un establecimiento en Palma de Mallorca y otro en Madrid tributan de forma distinta por este concepto, aunque pertenezcan al mismo grupo. ValiTax actúa en todo el territorio nacional y adapta el informe pericial a la normativa autonómica de cada establecimiento.

    Cuándo conviene encargar un informe pericial

    Un informe pericial resulta especialmente útil en tres momentos. El primero es la fase de comprobación, cuando la AEAT requiere documentación sobre ingresos y gastos. El segundo es la reclamación económico-administrativa o el recurso contencioso, donde la prueba técnica sirve para acreditar hechos complejos. El tercero es la planificación previa de una reforma importante.

    El informe debe explicar la metodología, citar la documentación utilizada y limitar sus conclusiones a lo que los datos permiten afirmar. No promete resultados. Ofrece al órgano revisor una valoración técnica independiente, que debe ser considerada con el mismo rigor que los informes de la propia Administración.

    Un buen expediente incluye contratos, facturas, extractos de las plataformas, libros registro, licencias y declaraciones tributarias. Cuanto antes se ordene ese material, más sólido será el informe y menor la necesidad de reconstruir hechos a posteriori.

    Conclusión

    El peritaje fiscal hotelero traduce operaciones complejas en un relato técnico verificable. Abarca el IVA con touroperadores, las plataformas de reserva, la naturaleza de las reformas y el impuesto turístico de cada territorio. Si necesita una valoración pericial independiente, puede acudir a ValiTax, firma especializada en informes periciales tributarios.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un peritaje fiscal hotelero?

    Es un informe técnico que analiza el tratamiento tributario de los ingresos, gastos e inversiones de un establecimiento hotelero. Se elabora con la documentación del hotel y se presenta como prueba en una comprobación, en una reclamación o en un procedimiento judicial.

    ¿Quién paga el impuesto turístico en Baleares?

    El contribuyente es la persona que se aloja. El sustituto es el titular de la empresa que explota el establecimiento, que debe exigir el impuesto al cliente y presentar las autoliquidaciones periódicas ante la administración tributaria autonómica. Así lo establece la Ley 2/2016, de 30 de marzo, de las Illes Balears.

    ¿Una reforma hotelera es gasto o activo?

    Depende de su naturaleza. La reparación y conservación se deducen como gasto del ejercicio. La ampliación o mejora, que aumenta la capacidad, la productividad o la vida útil, se activa y se amortiza. Cada partida debe analizarse con sus facturas, su memoria técnica y el criterio contable que el hotel aplique de forma homogénea.

    ¿Cómo se tratan las comisiones de plataformas de reserva?

    El hotel debe registrar el ingreso íntegro y la comisión como gasto. Si la plataforma está establecida en otro Estado, suele aplicarse la inversión del sujeto pasivo en el IVA. Conviene revisar factura por factura y conciliar los abonos con los extractos bancarios, porque los errores de calificación son frecuentes.

    ¿Cuándo conviene contratar un informe pericial?

    Es recomendable cuando la AEAT inicia una comprobación, ante una reclamación o un recurso, o antes de acometer una reforma de calado. Un informe previo ordena la documentación, identifica los puntos débiles y permite defender con rigor la calificación fiscal elegida, sin prometer un resultado concreto.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Prueba pericial en empresa familiar: actividad y cargos

    Prueba pericial en empresa familiar: actividad y cargos

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    La prueba pericial en empresa familiar sirve para acreditar los dos puntos que más discute la Administración al aplicar la exención en Patrimonio y la reducción del 95 % en Sucesiones y Donaciones: que la sociedad realiza una actividad económica real y que quien dirige percibe una retribución acorde con sus funciones y con el porcentaje que exige la ley.

    Qué se discute cuando se cuestiona una empresa familiar

    La exención del artículo 4.Ocho de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, y la reducción del artículo 20 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, dependen de requisitos que son, ante todo, de hecho. Una sociedad no es empresa familiar a estos efectos por su nombre o su estructura, sino por lo que hace y por quién la dirige.

    Los requisitos de la exención en Patrimonio son, en esencia, los siguientes:

    • La entidad no puede tener como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Se entiende que lo es cuando, durante más de 90 días del ejercicio, más de la mitad del activo son valores o bienes no afectos a actividades económicas.
    • El sujeto pasivo debe poseer al menos el 5 % del capital de forma individual, o el 20 % junto con su cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado.
    • Debe ejercer efectivamente funciones de dirección, y la remuneración por ellas debe superar el 50 % de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal.

    En la práctica, la Administración suele atacar la actividad económica, la efectividad de la dirección o la proporción de la retribución. En los tres casos, la discusión se resuelve con documentación y con cifras ordenadas, y ahí es donde cobra sentido la prueba pericial en empresa familiar.

    Cómo se acredita la actividad económica con un perito

    Cuando la sociedad arrienda inmuebles o gestiona participaciones, la cuestión central es si hay una actividad económica y no una mera gestión patrimonial. El perito analiza los medios materiales y personales de la sociedad, la afectación real de los activos y la composición del balance durante los 90 días relevantes. También examina el organigrama, los contratos laborales y la facturación para determinar si la estructura es la propia de una actividad empresarial.

    En los grupos con holding, el análisis incorpora a las filiales y comprueba que la entidad cabecera realiza funciones de dirección y gestión sobre ellas, con reglas específicas que conviene revisar caso a caso. El informe no sustituye la calificación jurídica, pero ordena los datos sobre los que esa calificación se apoya.

    Retribución y funciones de dirección: lo que mide la pericia

    El requisito de la retribución tiene dos vertientes: que las funciones de dirección sean efectivas, y que la remuneración supere el 50 % de los rendimientos de actividades y trabajo del sujeto. Un informe pericial bien construido incluye:

    1. El cálculo de la proporción entre la remuneración por dirección y el total de rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.
    2. La verificación de que la retribución consta en estatutos, acuerdos o contratos y se ha pagado y tributado correctamente.
    3. El contraste con la remuneración de mercado para funciones comparables, para evitar que se cuestione por insuficiente o por excesiva.
    4. La acreditación de la dedicación efectiva: agenda, firma de operaciones, reuniones, decisiones documentadas.

    Cuando la participación se posee con familiares, las funciones de dirección y la remuneración deben cumplirse, al menos, en una persona del grupo de parentesco. Por eso es frecuente que el informe examine qué miembro de la familia reúne los requisitos y cómo se distribuye el control.

    Reducción del 95 %: el papel de la valoración y del mantenimiento

    En las sucesiones, el artículo 20.2.c de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones prevé una reducción del 95 % para cónyuge, descendientes o adoptados cuando la empresa o las participaciones están exentas en Patrimonio, con la obligación de mantener la adquisición durante diez años desde el fallecimiento. En las donaciones, el artículo 20.6 exige además que el donante tenga 65 años o más, o una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, y que deje de ejercer funciones de dirección y de percibir remuneración por ellas.

    Si el valor declarado se cuestiona, la prueba pericial en empresa familiar incluye la valoración de las participaciones con un método explícito y contrastable. Puedes ver cómo se aborda en nuestro artículo sobre la valoración pericial de cartera de participaciones para el ISD.

    Prueba pericial en empresa familiar: Madrid, Barcelona, Palma y otras comunidades

    El Impuesto sobre el Patrimonio y el de Sucesiones y Donaciones son tributos cedidos, y cada comunidad autónoma puede regular reducciones y bonificaciones propias. Por eso el coste fiscal de una misma transmisión varía entre Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla o Palma de Mallorca, y conviene comprobar la norma autonómica aplicable en cada caso. Canarias y los territorios forales de País Vasco y Navarra tienen además regímenes propios, que afectan tanto al fondo como al procedimiento.

    Las comprobaciones se tramitan ante la oficina competente de la comunidad o del territorio foral y, si hay reclamación, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional que corresponda, con posterior recurso ante el Tribunal Superior de Justicia. El requisito del 50 % se refiere a rendimientos personales y se verifica con la declaración del IRPF, por lo que el informe debe coordinar ambas fuentes. ValiTax elabora informes periciales para empresas familiares de todo el territorio nacional.

    Caso práctico ilustrativo

    Supongamos, con cifras ilustrativas, una empresa familiar de distribución en la que un padre de 68 años posee el 60 % y su hijo dirige la compañía. El hijo percibe 90.000 euros como director general y obtiene 25.000 euros de alquileres personales. Su remuneración por dirección representa el 78 % de sus rendimientos de actividad y trabajo, por lo que supera el umbral. La Administración, sin embargo, alega que parte de su retribución es un reparto encubierto de beneficios.

    El informe pericial compara la remuneración con la de directivos de funciones y tamaño similares, acredita la dedicación efectiva y verifica que el contrato, la nómina y las retenciones son coherentes. Con ello no se garantiza el resultado, pero se sitúa el debate en un terreno medible: ¿es razonable esa retribución para esas funciones? Es un supuesto hipotético, pero ilustra cómo se construye la prueba.

    Riesgos, sanciones y plazos

    CuestiónReferenciaConsecuencia práctica
    Incumplimiento del mantenimientoArt. 20 Ley ISDPago del impuesto no ingresado más intereses de demora
    PrescripciónArts. 66 a 70 LGTCuatro años para determinar la deuda
    Duración de la inspecciónArt. 150 LGT18 meses, ampliables a 27 en los casos previstos
    InfraccionesArts. 191 a 206 LGTSanciones graduadas según la conducta
    Regularización voluntariaArt. 27 LGTRecargos del 1 al 15 % según el retraso

    La Administración es una parte más del procedimiento, y su criterio merece respeto, pero un informe pericial bien fundado es prueba reconocida y su valor como opinión técnica debe recibir la misma consideración ante el Tribunal Económico-Administrativo o el juez. El artículo 105 de la Ley General Tributaria reparte la carga de probar los hechos, y la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el dictamen pericial como medio de prueba.

    Cuándo conviene encargar la prueba pericial

    Lo ideal es hacerlo antes de la donación o del fallecimiento, cuando aún se pueden corregir la estructura, la retribución o la documentación. También es útil al recibir una comprobación, para ordenar los hechos. Para ampliar el planteamiento general, puedes leer el artículo sobre cuándo encargar un informe pericial tributario y el de valoración de empresas en pérdidas para el ISD.

    Si además necesitas planificación y defensa, LRB Tax & Legal explica el funcionamiento del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que remite en lo esencial a las exenciones del Impuesto sobre el Patrimonio. Para contrastar las normas, consulta la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    Conclusión

    La exención y la reducción de la empresa familiar se ganan o se pierden con hechos: actividad real, dirección efectiva y retribución acreditada. La prueba pericial en empresa familiar convierte esos hechos en un análisis verificable y permite que la discusión se resuelva con datos. Si estás preparando una transmisión o afrontas una comprobación, puedes plantear tu caso y valorar con rigor qué puede acreditarse.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es la prueba pericial en una empresa familiar?

    Es un dictamen técnico que acredita la actividad económica de la sociedad, la dirección efectiva y la proporción de la retribución exigida por la ley. Se aporta ante la Administración tributaria o los tribunales para sostener la exención y la reducción.

    ¿Qué porcentaje de participación exige la exención en Patrimonio?

    Al menos el 5 % del capital de forma individual, o el 20 % computado conjuntamente con cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado. Además, quien aplique la exención debe ejercer funciones de dirección y percibir la remuneración exigida.

    ¿Cuánto debe cobrar quien dirige la empresa familiar?

    La remuneración por funciones de dirección debe superar el 50 % del total de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal. No existe una cifra fija: se mide en proporción y debe ser razonable para las funciones desempeñadas.

    ¿Cuánto tiempo hay que mantener la empresa tras heredar o recibir una donación?

    Diez años: desde el fallecimiento en las sucesiones y desde la escritura de donación en las donaciones, salvo que el beneficiario fallezca antes. Si se incumple, debe pagarse el impuesto no ingresado más los intereses de demora.

    ¿Puede una sociedad patrimonial ser empresa familiar?

    Solo si no se limita a gestionar un patrimonio. Si durante más de 90 días del ejercicio más de la mitad del activo son valores o bienes no afectos a actividades económicas, la exención no resulta aplicable, sin perjuicio de las reglas específicas para holdings.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Informe pericial de pérdidas recurrentes ante la AEAT

    Informe pericial de pérdidas recurrentes ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    Un informe pericial de pérdidas recurrentes demuestra, con datos contables y económicos, que una empresa con resultados negativos y saldos elevados de IVA a devolver desarrolla una actividad real. El perito reconstruye el modelo de negocio, concilia las cifras y aporta a la AEAT, al TEAR o al juez una explicación técnica contrastable.

    Por qué las pérdidas continuadas activan una comprobación

    El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2026, aprobado por Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de la AEAT, indica que se intensificarán las actuaciones para evitar la devolución del IVA a contribuyentes que fingen una actividad económica. También se refiere a las sociedades que declaran pérdidas de modo continuo, por resultar difícilmente compatibles con la lógica económica.

    Las pérdidas reiteradas no son ilícitas. Muchas empresas las sufren en la fase de arranque, en proyectos de larga maduración o por estacionalidad. El riesgo está en que los sistemas de análisis de riesgos las combinen con saldos a favor de IVA y abran una comprobación. En ese momento es esencial poder explicar el porqué con prueba.

    Qué analiza la AEAT en devoluciones de IVA elevadas

    La Ley 37/1992 regula las devoluciones del Impuesto sobre el Valor Añadido en sus artículos 115 y siguientes. Puede consultarse la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Cuando la cuota soportada supera a la repercutida, el empresario puede solicitar la devolución al final del ejercicio o, si cumple los requisitos, de forma mensual.

    La Administración suele comprobar cuatro elementos:

    • La condición de empresario o profesional y la realidad de la actividad.
    • La vinculación de los gastos con la actividad y su afectación.
    • La efectividad de las operaciones, su cobro o pago y la existencia de medios.
    • La coherencia entre ventas, existencias, gastos de personal y saldo de IVA.

    El principio de neutralidad del IVA, reconocido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ampara el derecho a deducir las cuotas soportadas en la fase preparatoria de una actividad, siempre que se acredite la intención de ejercerla. Esa acreditación es una cuestión de prueba.

    Qué aporta un informe pericial de pérdidas recurrentes

    La carga de la prueba corresponde a quien afirma un hecho constitutivo de su derecho (artículo 105 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria). El artículo 106 admite todos los medios de prueba, incluido el pericial. Un informe bien fundado es prueba reconocida y su valor como opinión técnica es equiparable al del criterio de la Inspección.

    Contenido habitual del informe

    • Modelo de negocio: plan inicial, hitos cumplidos, inversión realizada y calendario de maduración.
    • Análisis de márgenes: margen bruto, estructura de costes, rotación y plazos de cobro y pago.
    • Conciliación del IVA: cruce entre libros, modelos 303, declaraciones informativas y contabilidad.
    • Comparación sectorial: resultados de empresas comparables en el mismo ciclo.
    • Cuantificación alternativa: si la Administración propone una estimación, un cálculo sustentado en los datos reales.

    Este enfoque complementa el que se describe en nuestro artículo sobre el informe pericial tributario en la inspección de IVA. Cuando la discusión afecta a la realidad económica de las operaciones, resulta útil el análisis del informe pericial contable y fiscal en inspecciones.

    Procedimiento, plazos y estimación indirecta

    La Administración puede resolver la solicitud mediante comprobación limitada o inspección. Si abre una inspección, la duración máxima es de 18 meses, ampliable a 27 en los casos legales (artículo 150 LGT). La estimación indirecta (artículo 53 LGT) procede cuando no hay datos fiables. Un informe que reconstruya la contabilidad debilita su aplicación.

    El derecho a solicitar devoluciones prescribe a los cuatro años (artículos 66 a 70 LGT). El contribuyente también tiene derecho a intereses de demora si la Administración no devuelve en plazo, con la regla general de seis meses. Para saber cómo actúa la defensa jurídica en estos casos puede consultarse la guía de LRB sobre devoluciones de IVA, REDEME y defensa ante la inspección.

    Cobertura en Madrid, Barcelona, Valencia y Palma de Mallorca

    La competencia depende del domicilio fiscal. Las Delegaciones Especiales de la AEAT (Madrid, Cataluña, Comunitat Valenciana, Andalucía, Illes Balears y otras) tramitan las comprobaciones. Los TEAR de cada comunidad resuelven las reclamaciones, y los Tribunales Superiores de Justicia conocen del contencioso. Las diferencias territoriales importan:

    • En Canarias, el impuesto indirecto general es el IGIC, no el IVA, por lo que las devoluciones de IVA tienen un alcance distinto.
    • En País Vasco y Navarra, la gestión del IVA corresponde a las Haciendas Forales, con procedimiento propio.
    • En el resto del territorio, incluidas Baleares, el IVA se gestiona por la AEAT y se reclama ante el TEAR competente.

    Una empresa hotelera de Palma, una exportadora de Valencia, una promotora de Marbella o una tecnológica de Barcelona o Bilbao pueden recibir el mismo requerimiento. El perito adapta el análisis al sector y al territorio.

    Caso práctico ilustrativo

    Los importes son un ejemplo ilustrativo y no corresponden a un caso real. Una sociedad exportadora factura 3.000.000 de euros en ventas exentas y soporta 630.000 euros de IVA en compras y gastos. Acumula pérdidas contables de 120.000, 90.000 y 150.000 euros en tres ejercicios y solicita la devolución del saldo.

    IndicadorSituaciónEvidencia del perito
    Realidad de la actividadExportaciones con transporte internacionalContratos, CMR, despachos de aduana, cobros
    Causa de las pérdidasCostes de implantación en nuevos mercadosPlan de negocio y evolución de márgenes
    Saldo de IVA630.000 € a favorConciliación de libros y modelo 303

    Con esa documentación, la discusión se desplaza de la sospecha genérica a hechos verificables. El informe no garantiza el resultado, pero permite a la Administración y, en su caso, al tribunal valorar la explicación con datos.

    Riesgos y sanciones

    Obtener indebidamente una devolución constituye infracción (artículo 193 LGT). La multa es del 50 % de la cantidad devuelta indebidamente si la infracción es leve, del 50 % al 100 % si es grave y del 100 % al 150 % si es muy grave, con incrementos por reincidencia o perjuicio económico. Las reducciones por conformidad y pago en plazo (artículo 188) pueden rebajarla. La discrepancia razonable (artículo 179) puede excluir la sanción.

    Las pérdidas continuadas tienen además consecuencias societarias: si el patrimonio neto cae por debajo de la mitad del capital social, puede concurrir causa de disolución conforme a la Ley de Sociedades de Capital. Documentar su origen protege también a los administradores.

    Conclusión

    Explicar unas pérdidas recurrentes y un saldo elevado de IVA exige método, documentación y una cronología coherente. La Administración es una parte más del procedimiento, y el contribuyente puede acreditar su posición con prueba técnica. ValiTax elabora informes periciales de este tipo en todo el territorio nacional, adaptados al sector y a la Administración competente.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un informe pericial de pérdidas recurrentes?

    Es un dictamen técnico que explica las causas de las pérdidas continuadas de una empresa y acredita la realidad de su actividad. Se apoya en la contabilidad, el IVA y la comparación sectorial, y sirve de prueba ante la AEAT o los tribunales.

    ¿Por qué la AEAT revisa las devoluciones de IVA elevadas?

    Porque combinan un importe significativo con riesgo de fraude. El Plan de Control 2026 prevé evitar devoluciones a quienes fingen una actividad económica, y las pérdidas reiteradas se consideran un indicador que exige explicación documentada.

    ¿Cuánto tarda la AEAT en devolver el IVA?

    La regla general es de seis meses desde el fin del plazo de presentación, con derecho a intereses de demora si se supera. Si se abre una comprobación o inspección, el plazo real puede ampliarse según el procedimiento.

    ¿Pueden sancionarme por solicitar una devolución de IVA?

    Solo si la devolución se obtiene indebidamente (artículo 193 LGT). Si existe discrepancia razonable o error excusable, puede no haber sanción. La calificación leve, grave o muy grave depende de la ocultación y de los medios utilizados.

    ¿Sirve un informe pericial si la Inspección aplica estimación indirecta?

    Sí. Un informe que reconstruya la contabilidad con datos fiables puede demostrar que existen elementos para determinar la base sin estimar. Su valor es el de una opinión técnica fundada, que el órgano revisor debe considerar.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Peritaje de amortización de plantas renovables ante la AEAT

    Peritaje de amortización de plantas renovables ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El peritaje de amortización de plantas renovables fija con criterio técnico la vida útil, el valor de cada componente y el coeficiente fiscal aplicable. Es la prueba con la que el titular defiende ante la AEAT la amortización deducida en el Impuesto sobre Sociedades. Resulta decisivo tras una compraventa, una repotenciación o una inspección.

    Qué se amortiza en una planta renovable y con qué reglas

    Una planta fotovoltaica, eólica o hidráulica reúne activos muy distintos: módulos o aerogeneradores, inversores, estructuras, obra civil, subestación, línea de evacuación, terrenos y derechos. Cada grupo tiene una vida útil diferente y un tratamiento fiscal propio. Los terrenos, por ejemplo, no se amortizan.

    El artículo 12 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, admite la amortización de los activos por la depreciación efectiva. Su tabla de coeficientes recoge para las centrales renovables un coeficiente lineal máximo del 7 % y un periodo máximo de 30 años. El mismo artículo regula los planes especiales y los supuestos de libertad de amortización.

    La libertad de amortización no alcanza a todas las plantas

    El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, mantiene la amortización libre para instalaciones de autoconsumo eléctrico renovable y para instalaciones térmicas renovables que sustituyan a las fósiles. Su artículo 37 la condiciona, entre otros requisitos, a un límite de inversión, al mantenimiento de la plantilla y a la exclusión de los edificios.

    Una planta de generación para la venta de energía queda, en principio, fuera de ese incentivo. Se amortiza con las tablas generales, y ahí la discusión con la Inspección se centra en la vida útil, el desglose y la base amortizable.

    Cuándo es necesario un peritaje de amortización de plantas renovables

    El dictamen aporta valor cuando existe una decisión técnica que la Administración puede discutir. Los supuestos más habituales son los siguientes.

    • Compraventa de una planta o de la sociedad que la explota, con reparto del precio entre terrenos, instalación y derechos.
    • Repotenciación o sustitución de módulos, inversores o aerogeneradores, que obliga a decidir qué se activa y qué se da de baja.
    • Inspección que cuestiona la vida útil, el coeficiente aplicado o el desglose por componentes.
    • Deterioros por cambios regulatorios o de retribución, que deben justificarse con proyecciones razonables.
    • Solicitud de un plan especial de amortización, que requiere una justificación técnica sólida.

    Qué analiza el perito: vida útil, componentes y precio

    Vida útil y desglose por componentes

    El perito documenta la vida útil técnica de cada elemento con datos de fabricantes, garantías, históricos de producción y mantenimiento. La contabilidad exige amortizar por separado las partes con vidas distintas, y el desglose debe ser coherente con la deducción fiscal. Un inversor se renueva antes que una estructura.

    Reparto del precio de adquisición

    En una compraventa, el precio se reparte entre terrenos, activos materiales y, en su caso, intangibles como permisos o derechos de superficie. Asignar de más a elementos amortizables adelanta la deducción y es un foco habitual de regularización. El dictamen soporta el reparto con una valoración independiente, de forma similar a la valoración pericial de activos intangibles.

    Ayudas, subvenciones e IVPEE

    Las subvenciones de capital se imputan a resultados conforme a la norma de registro y valoración 18.ª del Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, al ritmo de la amortización del activo financiado. Por eso, el criterio de amortización condiciona también la tributación de la ayuda.

    El perito puede intervenir además en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica. Según la Ley 15/2012, la base incluye el importe total de la producción incorporada al sistema, también la retribución regulada. Para 2026 el Real Decreto-ley 18/2026 aplica minoraciones trimestrales, y la AEAT explica las medidas extraordinarias del IVPEE y los pagos fraccionados correspondientes.

    Valor del informe ante la AEAT, el TEAR y los tribunales

    El artículo 105 de la Ley General Tributaria reparte la carga de la prueba: cada parte debe probar los hechos que sustentan su posición. El artículo 106 remite a las normas probatorias del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuyo artículo 348 manda valorar los dictámenes periciales según la sana crítica.

    La Inspección ofrece su criterio técnico, y el contribuyente puede oponer el suyo. Un informe pericial bien fundado es una prueba reconocida y debe recibir la misma consideración que el criterio de la Inspección, tanto en el TEAR y el TEAC como ante el juez. No se trata de confrontar, sino de aportar datos verificables.

    Si el desacuerdo es razonable, el artículo 179.2.d) de la LGT excluye la responsabilidad por infracción cuando el obligado se amparó en una interpretación razonable de la norma. Sobre la defensa en general puede consultarse el análisis del perito tributario en inspecciones.

    Ejemplo numérico ilustrativo

    Una sociedad adquiere un parque fotovoltaico por 10.000.000 de euros. Amortiza el precio completo al 7 %, es decir, 700.000 euros anuales. La Inspección sostiene que 1.000.000 corresponden al terreno y 500.000 a derechos no amortizables al mismo ritmo.

    Si la base amortizable correcta es de 8.500.000 euros, la deducción máxima al 7 % sería de 595.000 euros. El exceso de 105.000 euros anuales, al tipo general del 25 %, supone una cuota de 26.250 euros por ejercicio. Las cifras son ilustrativas y parten de supuestos simplificados.

    El informe pericial permite discutir esa asignación con una valoración fundada de terreno, instalación y derechos, en lugar de aceptar el criterio por defecto.

    Peritaje en Madrid, Palma, Canarias y el resto de España

    Las particularidades territoriales afectan al análisis. En Canarias rigen el IGIC y el Régimen Económico y Fiscal, con la Reserva para Inversiones de la Ley 19/1994. En Illes Balears existe la Reserva para Inversiones de la disposición adicional septuagésima de la Ley 31/2022, que contempla inversiones de protección y mejora del medio ambiente con sus requisitos.

    En Navarra, el Decreto Foral Legislativo 2/2026, de 29 de julio, publicado en el BOE de 17 de agosto de 2026, regula el IVPEE con el mismo calendario de tipos. Las empresas con domicilio en Madrid, Barcelona, Valencia o Palma de Mallorca reclaman ante el TEAR de su comunidad autónoma. ValiTax elabora informes periciales para toda España.

    Conclusión

    La amortización de una planta renovable es una decisión técnica con efecto fiscal directo. Cuando la Inspección la discute, la mejor defensa es una prueba pericial que demuestre la vida útil, el desglose y el reparto del precio con método y documentación. Para el enfoque jurídico y de planificación, puede consultarse el análisis del IS de los parques fotovoltaicos.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuál es el coeficiente máximo de amortización de una planta renovable?

    La tabla del artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades fija para las centrales renovables un coeficiente lineal máximo del 7 % y un periodo máximo de 30 años. Aplica sobre la base amortizable, que excluye los terrenos.

    ¿Tiene libertad de amortización un parque solar que vende energía?

    En principio no. La libertad de amortización regulada para 2026 se dirige al autoconsumo eléctrico renovable y a las instalaciones térmicas renovables, con límites y requisitos. Una planta de venta de energía se amortiza con las tablas generales.

    ¿Cuándo debo encargar un peritaje de amortización?

    Conviene encargarlo al comprar una planta, al repotenciarla o cuando la Inspección cuestione la vida útil o el desglose. Preparar el dictamen antes de contestar al requerimiento permite ordenar la prueba con más margen.

    ¿Qué efecto tiene una subvención sobre la amortización?

    La subvención de capital se imputa a resultados al ritmo de amortización del activo financiado, conforme a la norma 18.ª del Plan General de Contabilidad. Por ello, un cambio en la vida útil altera también el ritmo de tributación de la ayuda.

    ¿Un informe pericial vincula a la Inspección?

    No la vincula, pero es una prueba que debe valorarse según la sana crítica y merece la misma consideración que el criterio de la Inspección. Su fuerza depende del método, de los datos y de la coherencia con los hechos.

  • Informe pericial de alquiler turístico: prueba ante la AEAT

    Informe pericial de alquiler turístico: prueba ante la AEAT

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El informe pericial de alquiler turístico cuantifica los rendimientos reales de una vivienda explotada en plataformas como Airbnb o Booking, separa los gastos deducibles y acredita la calificación fiscal de la actividad. Sirve de prueba cuando la AEAT cruza los datos de las plataformas y propone una regularización del IRPF o del IVA.

    Qué cuestiones se discuten en el alquiler turístico

    La Inspección suele plantear tres discrepancias. La primera es la calificación de la renta. En el IRPF, la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, considera rendimientos del capital inmobiliario los del arrendamiento. Solo habrá actividad económica si se dispone de un local exclusivo y una persona empleada con contrato laboral a jornada completa.

    La segunda es el IVA. El arrendamiento de viviendas está, en general, exento en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Esa exención no cubre los arrendamientos que incluyen servicios propios de la hostelería. Determinar si los servicios prestados, como limpieza periódica, recepción o comidas, alcanzan esa intensidad es una cuestión de hecho que se prueba con documentos.

    La tercera es la cuantificación. Hay que fijar los ingresos reales, los días de alquiler y los gastos deducibles. Esta última discusión es la más habitual y donde el informe pericial aporta más valor.

    Cómo llega la AEAT a los datos de Airbnb y Booking

    Las plataformas comunican anualmente información sobre los propietarios que operan en ellas. La obligación procede de la Directiva (UE) 2021/514 (DAC7) y se incorporó al ordenamiento español mediante el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero. La información se presenta en el modelo 238 de la Agencia Tributaria, aprobado por la Orden HAC/72/2024, de 1 de febrero.

    Con esos datos, la Administración puede comparar lo que la plataforma ha abonado a cada propietario con lo declarado en el IRPF. Una diferencia no implica por sí sola una infracción. Puede deberse a comisiones, a cancelaciones, a cobros de varios inmuebles o a periodos de uso personal. El informe pericial permite explicarlo con documentos.

    Qué contiene un informe pericial de alquiler turístico

    Un informe útil reconstruye la actividad de forma comprensible para un tercero. Sus apartados esenciales son estos:

    1. Conciliación de ingresos: liquidaciones de la plataforma, extractos bancarios, facturas y cobros directos, con explicación de las diferencias.
    2. Calendario de ocupación: días alquilados, días de uso personal y días a disposición, con sus fuentes.
    3. Calificación de la actividad: análisis del local, del personal y de los servicios prestados, para IRPF e IVA.
    4. Gastos deducibles: comisiones, intereses, tributos, suministros, comunidad, seguros y amortización, con el criterio de imputación proporcional aplicado.
    5. Cálculo del rendimiento neto: con hipótesis visibles y rangos cuando procede.

    El perito judicial debe indicar sus fuentes, sus límites y su independencia. Un informe que se limita a recalcular sin explicar el criterio no convence. Uno que muestra cada paso permite a la Inspección discrepar con argumentos concretos.

    Caso práctico ilustrativo

    Los datos son un ejemplo ilustrativo, no un caso real. Un propietario alquila un apartamento en Palma de Mallorca durante 120 días al año a través de una plataforma. Declara 12.000 euros de ingresos. La plataforma comunica 24.000 euros. La Inspección propone un rendimiento neto de 21.000 euros, al admitir solo 3.000 euros de gastos. El informe pericial concilia los ingresos y acredita los gastos.

    ConceptoPropuesta de la Inspección (euros)Informe pericial (euros)
    Ingresos íntegros conciliados24.00024.000
    Gastos admitidos3.00010.200
    Rendimiento neto21.00013.800
    Diferencia entre ambas posiciones7.200 euros de rendimiento

    La diferencia depende de la documentación disponible. Facturas de suministros, comunidad, seguros, tributos locales, intereses y comisiones, imputados por días de alquiler, sostienen los gastos del informe.

    Informe pericial en Madrid, Barcelona, Palma y Canarias

    La normativa autonómica y local condiciona la actividad. La habilitación administrativa y las restricciones a las viviendas de uso turístico varían entre Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga, Palma de Mallorca, Ibiza y otros municipios. A escala estatal, el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, creó un registro único de arrendamientos con un número de registro para anunciar alquileres de corta duración. El Tribunal Supremo ha anulado varios de sus artículos en 2026, por lo que conviene verificar el texto vigente.

    Hay además tributos propios. Baleares y Cataluña gravan las estancias turísticas con impuestos autonómicos, y Canarias aplica el IGIC en lugar del IVA. El informe debe separar cada figura y no mezclar los cálculos. Si la reclamación llega a la vía económico-administrativa, será competente el TEAR del domicilio fiscal y, después, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia correspondiente. ValiTax elabora informes periciales con cobertura en toda España.

    Recargos, sanciones y regularización voluntaria

    Si el propietario detecta el error antes de cualquier requerimiento, puede presentar declaraciones complementarias. Según la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el recargo es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses si han pasado doce meses. Pagar en plazo permite reducir el recargo un 25 %.

    Si media requerimiento, la infracción por dejar de ingresar tiene una sanción mínima del 50 % de la cuota. El artículo 188 prevé reducciones del 30 % por conformidad y del 40 % adicional por pago en plazo, siempre que no se recurra. Aportar un informe antes de la propuesta puede reducir la base sobre la que se calculan recargos y sanciones.

    Valor de la prueba pericial ante la Inspección y el TEAR

    La Administración es una parte más del procedimiento, y la carga de la prueba se reparte. A la Inspección le corresponde sustentar sus datos y sus conclusiones, y al contribuyente, probar los gastos y las circunstancias que invoca. Un informe pericial bien fundado es una prueba reconocida. Su valor como opinión técnica es equiparable al del criterio de la Inspección y debe recibir la misma consideración en el TEAR, en el TEAC o ante el juez.

    Conclusión

    Un alquiler turístico bien documentado soporta una comprobación. Cuando faltan datos, el informe pericial reconstruye ingresos, días y gastos de forma verificable. Si ha recibido una comunicación de la AEAT, conviene reunir las liquidaciones de la plataforma y consultar el caso antes de contestar. Puede ampliar esta información con el análisis del peritaje en el alquiler vacacional, con la guía sobre el arrendamiento como actividad económica y con el artículo de LRB Tax & Legal sobre las obligaciones de información DAC7 de los tenedores de vivienda turística.

    Preguntas frecuentes

    ¿Para qué sirve un informe pericial en el alquiler turístico?

    Sirve para acreditar con método los ingresos reales, los días de alquiler y los gastos deducibles de la vivienda. También ayuda a justificar la calificación fiscal de la actividad. Es especialmente útil cuando la AEAT compara lo declarado con los datos de las plataformas y propone una regularización.

    ¿Cómo sabe la AEAT lo que cobro por Airbnb o Booking?

    Lo sabe porque las plataformas comunican anualmente la información de sus vendedores, en aplicación de la Directiva DAC7. En España se presenta en el modelo 238, aprobado por la Orden HAC/72/2024. La Agencia Tributaria puede cruzar esos datos con el IRPF del propietario.

    ¿El alquiler turístico lleva IVA?

    Depende de los servicios que se presten. El arrendamiento de vivienda está, en general, exento de IVA, pero la exención no alcanza a los arrendamientos con servicios propios de la hostelería. Canarias aplica el IGIC en lugar del IVA. Conviene analizar los servicios reales antes de decidir cómo facturar.

    ¿Qué gastos puedo deducir en el alquiler turístico?

    Puede deducir los gastos necesarios para obtener los ingresos, como comisiones, intereses, tributos, suministros, comunidad, seguros y amortización, en proporción a los días en que el inmueble estuvo alquilado. Cada gasto debe estar justificado con documentos, y la imputación por días debe poder explicarse.

    ¿Qué pasa si regularizo antes de recibir un requerimiento?

    Si presenta declaraciones complementarias antes de cualquier requerimiento, no se impone sanción y se aplica un recargo. Es del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, y del 15 % más intereses a partir de doce meses. Pagar en plazo reduce el recargo un 25 %.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Regularización FEAC: informe pericial ante la ventaja fiscal

    Regularización FEAC: informe pericial ante la ventaja fiscal

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    La regularización FEAC se produce cuando la AEAT considera que una fusión, escisión o aportación persiguió una ventaja fiscal y no un motivo económico válido. Un informe pericial acredita la realidad económica de la reestructuración y cuantifica la ventaja que, en su caso, podría eliminarse.

    Cuándo la AEAT regulariza una reestructuración acogida al FEAC

    El régimen especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores se regula en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. Permite diferir la tributación de las rentas generadas, siempre que la operación sea real y esté motivada.

    El artículo 89 de esa ley excluye el régimen cuando la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal. Así ocurre, en particular, si no se realiza por motivos económicos válidos, como la reestructuración o la racionalización de las actividades, y sí con la mera finalidad de obtener una ventaja fiscal.

    El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026, aprobado por la Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de la AEAT, hace referencia a las reestructuraciones empresariales y al régimen de fusiones y escisiones. Conviene, pues, preparar la prueba antes de la comprobación.

    Qué debe probar la reestructuración y cómo ayuda el perito

    La carga de la prueba se reparte. La Administración debe motivar por qué entiende que la operación persigue una ventaja fiscal. El contribuyente puede acreditar los motivos económicos con documentos, planes de negocio y un informe técnico que los cuantifique. Un informe pericial bien fundado es prueba reconocida.

    El perito no sustituye al abogado. Aporta lo que el expediente suele omitir: números contrastables. Analiza la situación del grupo antes y después de la operación, la racionalización de costes, la separación de riesgos y el acceso a financiación o a nuevos socios.

    Contenido habitual del informe pericial

    • Descripción de la estructura previa y posterior a la operación, con organigramas y flujos económicos.
    • Motivos económicos documentados: sinergias, eficiencias, entrada de inversores o separación de actividades.
    • Valoración de los elementos transmitidos y análisis de la rama de actividad, cuando proceda.
    • Cuantificación de la renta diferida y de la ventaja fiscal que la Inspección atribuye a la operación.
    • Comparación con alternativas razonables que no habrían producido el mismo resultado fiscal.

    Regularización parcial: el principio de proporcionalidad

    Una de las cuestiones más relevantes es el alcance de la regularización. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reconocido que la Administración debe limitar su actuación a la ventaja fiscal indebida. No puede eliminar de forma automática todo el diferimiento si parte de la operación responde a motivos económicos.

    Ahí el informe pericial resulta decisivo, porque separa los efectos económicos reales de los efectos puramente fiscales. Desde el asesoramiento jurídico puede ampliarse esta cuestión en el análisis de LRB Tax & Legal sobre el diferimiento fiscal y la proporcionalidad en el FEAC.

    Caso práctico ilustrativo

    Los datos siguientes son un ejemplo ilustrativo, sin relación con ningún contribuyente real. Una sociedad familiar segrega mediante escisión parcial su división inmobiliaria para incorporar un socio financiero. La Inspección sostiene que el único fin fue evitar la tributación de las plusvalías latentes.

    ConceptoPosición de la InspecciónConclusión pericial
    Valor de mercado de la rama segregada4.000.000 €4.000.000 €
    Valor contable1.000.000 €1.000.000 €
    Plusvalía latente3.000.000 € tributables3.000.000 € diferidos, con rama autónoma acreditada
    Cuota al 25 % reclamada750.000 €0 € si se aprecia motivo económico

    En el ejemplo, el informe documenta que la rama contaba con medios propios, ingresos diferenciados y un plan de financiación que exigía separar la actividad. Ese conjunto probatorio desplaza la tesis de la mera ventaja fiscal y permite discutir la liquidación de forma técnica.

    La regularización FEAC en Madrid, Barcelona, Palma y el resto de España

    Las reglas de fondo son estatales, pero la práctica varía según el territorio. En Madrid y Barcelona se concentran las reorganizaciones de grupos con varias sociedades. En Palma de Mallorca e Ibiza son habituales las reestructuraciones de grupos familiares con actividad turística e inmobiliaria.

    En el País Vasco y en Navarra existen regímenes forales propios, con órganos de revisión también propios, como el Tribunal Administrativo de Navarra. En el resto del territorio la reclamación se presenta ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional que corresponda y, después, ante el Tribunal Superior de Justicia. ValiTax emite informes periciales para toda España.

    Procedimiento, plazos y sanciones en la regularización

    Las actuaciones inspectoras duran 18 meses, ampliables a 27, conforme al artículo 150 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. El derecho a liquidar prescribe a los cuatro años. La operación debe haberse comunicado a la Administración en el plazo que fija el artículo 89 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

    Si la Administración acude al conflicto en la aplicación de la norma, regulado en el artículo 15 de la Ley General Tributaria, exige un informe previo favorable de la Comisión consultiva. En ese supuesto no se imponen sanciones y se exigen intereses de demora. Cuando se invoca la simulación del artículo 16, la discusión probatoria es todavía más intensa.

    La doctrina administrativa de la Dirección General de Tributos, accesible en su base de consultas tributarias, ayuda a contrastar criterios. Aun así, cada reestructuración exige prueba propia y un análisis individualizado de sus motivos.

    El valor del informe pericial ante el TEAR y los tribunales

    La Administración es una parte más del procedimiento. Debe motivar su propuesta y justificar que la operación carece de razón económica. Frente a ello, un informe pericial riguroso merece la misma consideración que el criterio de la Inspección y debe valorarse con arreglo a las reglas de la sana crítica.

    La doctrina del TEAC y la jurisprudencia del Tribunal Supremo exigen una motivación concreta, que no se limite a describir el ahorro fiscal. Si el contribuyente acredita razones económicas verificables, la presunción de abuso pierde fuerza. Cuanto antes se elabore el informe, mayor es su utilidad estratégica.

    Conclusión: probar la razón económica antes de la comprobación

    La regularización FEAC se discute con hechos, cifras y coherencia temporal. El mejor momento para reunir esa prueba es antes de la operación, o en cuanto se recibe el primer requerimiento. Un perito judicial y un asesor fiscal pueden coordinar una defensa completa y bien documentada.

    Si se desea completar el análisis con la acreditación de la rama de actividad, puede consultarse nuestro artículo sobre la cláusula antiabuso del FEAC. Para estudiar la prueba de la verdadera naturaleza de los negocios jurídicos, véase el análisis de la aplicación del artículo 15 de la LGT.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es la regularización de una operación FEAC?

    Es la liquidación mediante la cual la AEAT deja sin efecto, total o parcialmente, el régimen de neutralidad fiscal de una fusión, escisión o aportación porque entiende que persiguió una ventaja fiscal. El contribuyente puede recurrirla y aportar prueba de los motivos económicos.

    ¿Qué se entiende por motivo económico válido?

    Es una razón empresarial real, distinta del ahorro fiscal, como la reestructuración o la racionalización de las actividades. Puede ser la entrada de un inversor, la separación de riesgos o la reducción de costes. Debe poder demostrarse con documentación y cifras verificables.

    ¿Puede el perito acreditar el motivo económico de una reestructuración?

    Sí, al analizar con datos la situación previa y posterior, el ahorro de costes, la financiación obtenida y la autonomía de la actividad transmitida. El informe no vincula a la Administración, pero constituye una prueba técnica que debe valorarse con rigor ante el TEAR o el juez.

    ¿Se imponen sanciones si se regulariza por ventaja fiscal?

    Depende del fundamento. Si la Administración aplica el conflicto en la aplicación de la norma, no se imponen sanciones y se exigen intereses. Si invoca simulación u otra infracción, puede abrir un procedimiento sancionador, que debe motivarse de forma específica y permite alegar interpretación razonable.

    ¿Cuándo conviene encargar el informe pericial?

    Conviene encargarlo antes de ejecutar la operación o, como tarde, al recibir el primer requerimiento. Así se documentan los motivos con datos contemporáneos y se evita reconstruirlos años después, cuando la prueba es más difícil de obtener y la Inspección ya ha fijado su tesis.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

  • Informe pericial en operaciones con paraísos fiscales

    Informe pericial en operaciones con paraísos fiscales

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    El informe pericial en operaciones con paraísos fiscales es la prueba técnica de que la operación existe y se pactó a precio de mercado. Sin ella, la AEAT puede negar la deducción del gasto y regularizar la cuota del Impuesto sobre Sociedades. La ley habla hoy de jurisdicciones no cooperativas.

    De paraíso fiscal a jurisdicción no cooperativa: qué lista se aplica

    Desde la Ley 11/2021, de 9 de julio, el concepto legal ya no es «paraíso fiscal», sino jurisdicción no cooperativa. Los criterios figuran en la disposición adicional primera de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal. Atienden a la falta de intercambio efectivo de información, a la existencia de vehículos extraterritoriales y a una tributación nula o considerablemente inferior a la española.

    La relación de países la fija la Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero. La Orden HAC/649/2026, de 21 de junio, publicada en el BOE de 27 de junio de 2026, la modificó. Excluyó a Barbados, Dominica, Gibraltar, Seychelles y Trinidad y Tobago, y al régimen offshore de Samoa. Añadió el régimen de sociedades holding internacionales de la Federación Rusa, con efectos seis meses después.

    Por eso el primer trabajo del perito consiste en fijar qué versión de la lista regía en el periodo impositivo revisado. Puede consultarse la relación vigente de jurisdicciones no cooperativas en la sede de la AEAT.

    Cuándo conviene un informe pericial en operaciones con paraísos fiscales

    No toda operación con una jurisdicción de la lista exige un dictamen. Resulta aconsejable cuando la Administración cuestiona la realidad económica del pago o la sustancia de la contraparte. También cuando existe vinculación entre las partes y debe justificarse el precio.

    • Pagos por servicios (gestión, intermediación, consultoría o comisiones) a entidades situadas en la jurisdicción.
    • Operaciones de compraventa, financiación o cesión de activos con sociedades vinculadas.
    • Requerimientos de la Inspección sobre contratos, entregables y trazabilidad bancaria.
    • Propuestas de regularización que rechazan el gasto o ajustan el precio de la operación.
    • Reclamaciones ante el TEAR o el TEAC y recursos contencioso-administrativos.

    El gasto de servicios y el artículo 15 de la LIS: quién debe probar

    El artículo 15, letra g), de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, no admite como deducibles los gastos de servicios correspondientes a operaciones realizadas con residentes en estas jurisdicciones. La norma incluye una salida: el contribuyente puede probar que el gasto responde a una operación efectivamente realizada.

    La carga de esa prueba recae en quien la invoca. Así lo establece el artículo 105 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 106 remite a las normas del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El informe pericial ordena y documenta esa prueba con un método verificable.

    Qué analiza el perito: realidad, sustancia y valor de mercado

    Realidad de la operación

    El perito reconstruye la operación desde el contrato hasta el pago. Examina entregables, comunicaciones, horas dedicadas, facturas y movimientos bancarios. La coherencia entre estos elementos es lo que convierte un gasto discutido en un gasto acreditado.

    Sustancia y capacidad de la contraparte

    La Inspección suele preguntarse si la entidad extranjera podía prestar realmente el servicio. El informe valora sus medios personales y materiales, su experiencia y su dependencia del grupo. Una sociedad sin estructura difícilmente justifica honorarios elevados.

    Valor de mercado

    Si las partes están vinculadas, el artículo 18 de la LIS exige valorar la operación por su valor normal de mercado. El perito selecciona el método adecuado, como el precio libre comparable o el coste incrementado, y documenta los comparables empleados.

    Cuestión que plantea la AEATQué aporta el informe pericialSoporte habitual
    ¿Se prestó el servicio?Reconstrucción cronológica y análisis de entregablesContratos, correos, informes, registros de horas
    ¿Era necesario para la actividad?Vinculación del servicio con los ingresos y la estrategiaPlan de negocio, memorias, actas
    ¿Podía prestarlo la contraparte?Análisis de medios y sustanciaCuentas anuales, plantilla, registros mercantiles
    ¿El precio es de mercado?Estudio de comparables y método de valoraciónBases de datos, ofertas de terceros
    ¿Se pagó realmente?Trazabilidad bancaria y conciliación contableExtractos, asientos, justificantes de pago

    Valor probatorio del informe ante la AEAT, el TEAR y los tribunales

    El dictamen de peritos está previsto en los artículos 335 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El artículo 348 dispone que se valora según las reglas de la sana crítica. No es un trámite accesorio, sino una opinión técnica motivada.

    La Administración es una parte más del procedimiento y su criterio también es una opinión técnica. Un informe bien fundado merece la misma consideración que los informes de la Inspección, tanto ante el TEAR y el TEAC como ante el juez. Lo decisivo es su método, su documentación y su coherencia con los hechos.

    El informe también ayuda a defender la ausencia de culpabilidad. El artículo 179.2.d) de la LGT excluye la responsabilidad cuando el obligado actuó amparándose en una interpretación razonable de la norma. Sobre este punto puede ampliarse en nuestro análisis del informe pericial para impugnar sanciones.

    Ejemplo numérico ilustrativo

    Una sociedad con domicilio en Madrid contrata servicios de intermediación comercial con una entidad radicada en una jurisdicción incluida en la lista. Paga 120.000 euros al año. La Inspección rechaza el gasto por falta de prueba de la operación.

    Al tipo general del 25 %, la cuota regularizada sería de 30.000 euros, más intereses de demora. Si se apreciara infracción, la sanción mínima del artículo 191 de la LGT rondaría el 50 % de la cuota, es decir, 15.000 euros. Las reducciones del artículo 188 pueden rebajarla. Estas cifras son ilustrativas y no sustituyen el análisis de un caso real.

    Con un informe pericial que acredite los entregables, la capacidad del prestador y el precio de mercado, la defensa deja de basarse en afirmaciones. Pasa a apoyarse en una prueba contrastable que el órgano revisor puede ponderar.

    Informe pericial en Madrid, Barcelona, Palma y el resto de España

    El órgano competente depende del domicilio fiscal del contribuyente. Una empresa de Madrid, Barcelona, Valencia o Palma de Mallorca reclamará ante el TEAR de su comunidad autónoma. El recurso contencioso-administrativo corresponde después a la Sala del Tribunal Superior de Justicia que proceda, o a la Audiencia Nacional si el acto procede de órganos centrales.

    Hay particularidades territoriales. En el Campo de Gibraltar, en la provincia de Cádiz, la salida de Gibraltar de la lista desde el 28 de junio de 2026 modifica el análisis de los periodos posteriores. En el País Vasco y Navarra, las Haciendas Forales aplican su propia normativa, por lo que el estudio debe adaptarse.

    Los informes periciales de ValiTax se elaboran para clientes de toda España, con independencia de dónde esté situada la contraparte extranjera.

    Conclusión

    Operar con una jurisdicción no cooperativa no es ilícito, pero traslada al contribuyente la carga de demostrar que la operación es real, necesaria y se pactó en condiciones de mercado. Un informe pericial riguroso convierte esa carga en un expediente ordenado y verificable. Para completar el análisis jurídico, puede consultarse el artículo sobre las consecuencias fiscales de las jurisdicciones no cooperativas. También resulta útil el estudio del perito tributario en inspecciones.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.

    Preguntas frecuentes

    ¿Siguen existiendo los paraísos fiscales en la normativa española?

    Desde la Ley 11/2021, la normativa utiliza el concepto de jurisdicción no cooperativa. Las referencias antiguas a paraísos fiscales se entienden hechas a esta definición, que se concreta en una lista aprobada por orden ministerial.

    ¿Qué gasto no es deducible por operar con una jurisdicción no cooperativa?

    El artículo 15.g) de la LIS excluye los gastos de servicios correspondientes a operaciones con residentes en estas jurisdicciones. El contribuyente conserva la posibilidad de deducirlos si prueba que corresponden a una operación efectivamente realizada.

    ¿Quién debe probar que la operación fue real?

    Corresponde al contribuyente, conforme al artículo 105 de la Ley General Tributaria. La Administración puede comprobar y cuestionar la prueba, pero quien invoca el derecho a deducir debe acreditar los hechos que lo sustentan.

    ¿Tiene el informe pericial el mismo valor que el criterio de la Inspección?

    Es una opinión técnica motivada que debe valorarse según la sana crítica y merece la misma consideración que el criterio de la Inspección. Su peso depende del método, la documentación y la coherencia con los hechos acreditados.

    ¿Cuándo conviene encargar el informe pericial?

    Conviene encargarlo antes de contestar a un requerimiento o presentar alegaciones, cuando la Inspección cuestiona la realidad del servicio o el precio. Cuanto antes se ordene la prueba, más margen existe para completar la documentación.

  • Informe pericial de residencia fiscal para impatriados

    Informe pericial de residencia fiscal para impatriados

    Por Luis Miguel Larriba, Socio Director de LRB Tax & Legal · Actualizado: octubre de 2026

    Un informe pericial de residencia fiscal permite acreditar con datos objetivos dónde vive realmente una persona y desde cuándo. Para los trabajadores impatriados es la prueba que sostiene el régimen del artículo 93 de la Ley del IRPF cuando la Inspección cuestiona su traslado a España, sus días de estancia o sus vínculos con el país de origen.

    Por qué la residencia efectiva es el centro de la comprobación

    El régimen especial de trabajadores desplazados, conocido como «Ley Beckham», solo está disponible para quien adquiere la residencia fiscal en España como consecuencia de su traslado. El artículo 93 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF exige además no haber sido residente en España durante los cinco períodos impositivos anteriores y que el desplazamiento responda a alguno de los motivos que la norma enumera: contrato de trabajo, cargo de administrador, actividad emprendedora o determinada actividad profesional altamente cualificada.

    Por eso la Administración suele atacar el régimen por dos flancos: negar que el contribuyente fuera no residente en los años previos, o negar que lo sea en España durante los años de aplicación. En ambos casos la cuestión es de hechos y no de interpretación jurídica: días, domicilios, familia, actividad económica y patrimonio. Esa es precisamente la materia sobre la que un perito puede aportar análisis técnico.

    Qué debe acreditar el informe pericial de residencia fiscal

    El artículo 9 de la Ley del IRPF considera residente a quien permanece más de 183 días en el año natural en territorio español, computando las ausencias esporádicas salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país, o a quien tiene en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos. Además, se presume la residencia cuando el cónyuge no separado y los hijos menores dependientes residen habitualmente en España, salvo prueba en contrario.

    El informe pericial de residencia fiscal ordena esos criterios en una cronología verificable. Un informe pericial de residencia fiscal completo incluye:

    • Reconstrucción día a día de la presencia en España y en el extranjero, a partir de billetes, registros de acceso, extractos de tarjetas, consumos de suministros y agendas profesionales.
    • Identificación de la vivienda habitual, su título de ocupación y los gastos asociados en cada país.
    • Análisis de los vínculos familiares y de los centros de intereses económicos: nómina, actividad, inversiones y cuentas.
    • Contraste con los criterios de desempate de los convenios para evitar la doble imposición, que atienden a la vivienda permanente, el centro de intereses vitales, la residencia habitual y la nacionalidad.
    • Verificación de que no existió residencia fiscal en España durante los cinco períodos anteriores al traslado.

    El perito no sustituye al abogado ni califica jurídicamente los hechos. Su función es fijar con método qué ocurrió y qué datos lo respaldan, de forma que el órgano que decide pueda contrastarlo.

    Cómo se valora este informe ante la Administración y los tribunales

    Conforme al artículo 105 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, quien hace valer su derecho debe probar los hechos constitutivos del mismo. El artículo 106 remite, en cuanto a medios y valoración de la prueba, al Código Civil y a la Ley de Enjuiciamiento Civil. En consecuencia, el dictamen pericial es un medio de prueba admisible, que se valora con las reglas de la sana crítica.

    La Inspección es una parte más del procedimiento. Su criterio merece respeto, pero no goza de una presunción reforzada frente a una opinión técnica bien fundada. Un informe que explica su método, cita sus fuentes y deja ver sus límites debe recibir la misma consideración que el criterio de los actuarios cuando el asunto llega al Tribunal Económico-Administrativo Regional o a un juzgado. Lo que se discute entonces es la solidez del razonamiento, no quién lo firma.

    Residencia efectiva en Madrid, Barcelona y Palma de Mallorca

    El régimen se concentra en grandes polos de atracción de talento. En Madrid y Barcelona predominan los directivos de multinacionales y los profesionales tecnológicos. En Valencia, Málaga y Marbella crece el teletrabajo internacional, y en Palma de Mallorca e Ibiza abundan los perfiles que alternan temporadas entre España y otros países. Cada caso exige una lectura distinta de los días y de los vínculos, y el informe pericial de residencia fiscal debe adaptarse a ella.

    Conviene tener presente el reparto de competencias: las actuaciones de comprobación corresponden a la delegación de la AEAT competente por el domicilio fiscal y, si hay reclamación, resuelve el Tribunal Económico-Administrativo Regional del territorio, con posterior recurso ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente. País Vasco y Navarra tienen régimen foral propio, con su normativa específica para trabajadores desplazados. Las Islas Canarias, por su parte, mantienen particularidades en la imposición indirecta, aunque no alteran la residencia a efectos del IRPF. ValiTax elabora informes periciales para casos en todo el territorio nacional.

    Caso práctico ilustrativo

    Supongamos, con cifras meramente ilustrativas, a una directiva que se traslada de Londres a Madrid en marzo y opta por el régimen con una retribución anual de 250.000 euros. Aplicando el 24 % sobre esa base, la cuota sería de 60.000 euros. La Inspección sostiene que mantuvo una vivienda en Londres a su disposición, que pasó allí varias semanas y que su familia no se trasladó hasta el año siguiente.

    Si la Administración concluyera que el régimen no procede y la cuota por la escala general fuera, por ejemplo, de 95.000 euros, la diferencia ascendería a 35.000 euros, más intereses de demora y una posible sanción. El informe pericial de residencia fiscal recompone los días de estancia, documenta la salida definitiva de la vivienda británica, la matrícula escolar de los hijos y el inicio de la nómina en España, y muestra qué datos respaldan la residencia desde la fecha de entrada. Es un ejemplo hipotético, pero refleja el tipo de discusión que se repite.

    Riesgos, plazos y sanciones

    CuestiónReferenciaConsecuencia práctica
    PrescripciónArts. 66 a 70 LGTCuatro años para determinar la deuda
    Duración de la inspecciónArt. 150 LGT18 meses, ampliables a 27 en los casos previstos
    Infracción por dejar de ingresarArt. 191 LGTSanción proporcional a la cuota, graduada según la ocultación
    Discrepancia razonableArt. 179 LGTPosible exclusión de responsabilidad si la interpretación era razonable
    Regularización voluntariaArt. 27 LGTRecargos del 1 al 15 % según el retraso (más intereses pasados 12 meses) y sin sanción

    Una regularización voluntaria con recargos puede ser mejor opción que una liquidación con sanción si el análisis previo confirma que algún requisito no se cumple. Ese análisis es parte del encargo y debe hacerse antes de la comunicación de inicio de actuaciones, no después.

    Cuándo conviene encargar un informe pericial de residencia fiscal

    El momento óptimo es el anterior al requerimiento, cuando aún se conservan billetes, correos y contratos. También es útil al recibir una comunicación de inicio, para ordenar la documentación aportada y detectar incoherencias antes de que lo haga la Inspección. Puedes ampliar este enfoque en nuestro artículo sobre cuándo encargar un informe pericial tributario y en el dedicado al informe pericial preventivo antes de la inspección.

    Si el caso exige además defensa jurídica, el equipo de LRB Tax & Legal explica la aplicación del régimen de impatriados y cómo coordinar a abogado y perito. Para contrastar la norma, consulta el texto consolidado de la Ley 35/2006 del IRPF en el BOE, la Ley General Tributaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    Conclusión

    La residencia efectiva se prueba con hechos ordenados, no con afirmaciones. Un informe pericial de residencia fiscal bien construido convierte una discusión sobre impresiones en un análisis verificable, y eso beneficia tanto al contribuyente como a quien debe resolver. Si afrontas una comprobación o quieres documentar tu situación antes de que llegue, puedes plantear tu caso y valorar con rigor qué se puede acreditar y qué no.

    Preguntas frecuentes

    ¿Qué es un informe pericial de residencia fiscal?

    Es un dictamen técnico que reconstruye y documenta la presencia, los vínculos familiares y los intereses económicos de una persona para acreditar dónde es residente fiscal. Se aporta como prueba en comprobaciones, reclamaciones o recursos.

    ¿Cuántos días hay que estar en España para ser residente fiscal?

    Más de 183 días en el año natural, computando las ausencias esporádicas salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país. También se es residente si el núcleo principal de actividades o intereses económicos está en España.

    ¿Puede la Inspección retirar el régimen de impatriados?

    Puede comprobar si se cumplen los requisitos del artículo 93 de la Ley del IRPF y, si concluye que no, regularizar. El contribuyente puede oponerse con prueba, incluido un informe pericial, y recurrir la liquidación en vía económico-administrativa.

    ¿Qué documentos sirven para probar la residencia?

    Billetes y registros de viaje, contratos de vivienda, suministros, extractos de tarjetas, nóminas, matrículas escolares y certificados de residencia de otros países. Importa la coherencia del conjunto más que cualquier documento aislado.

    ¿El perito sustituye al abogado en la inspección?

    No. El perito aporta el análisis técnico de los hechos y el abogado diseña la defensa jurídica. Ambos trabajan de forma coordinada para que la argumentación y la prueba sean coherentes ante la Administración o el tribunal.

    Contenido informativo y orientativo; no sustituye el asesoramiento profesional sobre un caso concreto.